Norma Legal Oficial del día 02 de Marzo del año 2002 (02/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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porcentales del Reglamento Nacional de Construcciones, correspondiendo los de la Ordenanza Nº 292 vigente al momento de inicio del tramite en la Municipalidad Distrital; Que, la Comision Metropolitana de Habilitacion MORDAZA, mediante Acuerdo Nº 03, tomado en Sesion Nº 0192001, de fecha 24 de setiembre del 2001, recomendo No Ratificar la Resolucion de Alcaldia Nº 1949-2001-AL/ MDSMP, de fecha 13 de agosto del 2001, por lo expuesto en el considerando que antecede; Con el visto MORDAZA de la Direccion de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Tecnico Legal, con lo recomendado por la Direccion de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica Nº 23853, Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 133 y 273 y Edicto Metropolitano Nº 021; RESUELVE: Articulo Primero.- NO RATIFICAR la Resolucion de Alcaldia Nº 1949-2001-AL/MDSMP, de fecha 13 de agosto del 2001; en consecuencia DECLARAR la Nulidad de la habilitacion MORDAZA aprobada por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, por lo expuesto en el MORDAZA y tercer considerando de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONGASE la devolucion de los actuados administrativos correspondientes a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres para la subsanacion de las observaciones formuladas en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para los fines pertinentes. Articulo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la Secretaria General de Concejo, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Comuniquese, registrese, y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 4191

MORDAZA de los vehiculos afectos registrados ante el SAT al 31 de diciembre de 2001. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 4240

Autorizan contratacion de servicios para elaboracion del Proyecto "Plan Maestro de Recuperacion de Mesa Redonda" mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
INVERMET FONDO METROPOLITANO DE INVERSIONES RESOLUCION Nº 035-2002-SGP
MORDAZA, 22 de febrero de 2002 VISTO: El pedido formulado por la Gerencia Tecnica para que se exonere del MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Selectiva, la elaboracion del Proyecto "Plan Maestro de Recuperacion de Mesa Redonda", por estar destinado dicho proyecto a la MORDAZA declarada en emergencia mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-PCM; CONSIDERANDO: Que, con fecha 8.2.2002, se publico en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 008-2002-PCM, MORDAZA que, entre otros aspectos, declara en Estado de Emergencia por el plazo de 60 dias calendario, la MORDAZA de alto riesgo delimitada por los jirones: MORDAZA MORDAZA cuadras 5, 6 y 7; MORDAZA Ucayali cuadras 6 y 7; MORDAZA Paruro cuadras 8, 9 y 10; y MORDAZA MORDAZA cuadras 6 y 7 del Centro Historico de Lima; y exonera durante el mismo plazo, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y otros organismos e instituciones del Estado que intervengan en el Programa Integral de Rehabilitacion y Reconstruccion de la MORDAZA MORDAZA descrita, del requisito de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa; autorizandose la adquisicion de los bienes y servicios que se destinen, exclusivamente a la mencionada MORDAZA y para la implementacion del referido programa, a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia y dentro del MORDAZA de su asignacion presupuestal; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su Articulo 19º, literal c), establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, de acuerdo al Articulo 22º del precitado Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM: "Se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten la defensa nacional ...". Asimismo, el Articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, que aprueba el Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece en su numeral 1, tercer parrafo, que el estado de emergencia se declarara mediante Decreto Supremo, que cuente con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, senalandose las zonas que se encuentran en dicho estado, asi como las Entidades involucradas en la declaratoria segun lo establecido en la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil; Que, el Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, dispone que las contrataciones que se celebren como consecuencia de las exoneraciones a que se refiere el Ar-

Amplian plazo para MORDAZA de la declaracion jurada del impuesto al patrimonio vehicular correspondiente al ejercicio 2002
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 020-2002-SAT-MML
MORDAZA, 28 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el inciso c) del Articulo 34º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada cuando asi lo determine la Administracion Tributaria para la generalidad de contribuyentes; Que, con fecha 19 de enero de 2002 se publico la Resolucion Jefatural Nº 008-2002-SAT-MML estableciendo la obligacion de los propietarios de vehiculos de presentar la declaracion jurada del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2002; Que, resulta necesario ampliar el plazo para la MORDAZA de la referida declaracion para los propietarios de vehiculos registrados ante el SAT al 31 de diciembre de 2001 (Grupo I); De conformidad con el literal d) del Articulo 6º del Estatuto del SAT, aprobado mediante Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar hasta el 30 de MORDAZA de 2002 el plazo para la MORDAZA de la declaracion jurada del Impuesto al Patrimonio Vehicular por parte de los propieta-

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