Norma Legal Oficial del día 02 de Marzo del año 2002 (02/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 118

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2002

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban proyectos sobre trazado, lotizacion y pavimentacion correspondientes a habilitacion MORDAZA nueva de lote de terreno
RESOLUCION Nº 164-2002-RASS Expediente Nº 010080-2001 M-2
MORDAZA de MORDAZA, 20 de febrero de 2002 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El petitorio de Constructora e Inmobiliaria La MORDAZA S.A. C.E.I.L.E.S.A. Contratistas Generales, sobre aprobacion de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico con Construccion Simultanea del Conjunto Residencial Los Tallanes II, del terreno de su propiedad de 6,129.01 m2, constituido por el Lote 1 del ex fundo "Huarapal", con frente a la MORDAZA MORDAZA Scorza s/n, distrito de MORDAZA de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la Subdireccion de Obras Privadas con Informe Nº 253-2001-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 46 a 48) senala que el administrado ha cumplido con adjuntar la documentacion establecida en el MORDAZA, y que mediante inspeccion ocular se ha constatado la condicion de MORDAZA del terreno materia del presente tramite, sin ninguna edificacion; Que, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas emite Dictamen Favorable de fecha 4.9.2001 (fs. 51 a 53); Estando a la normatividad contenida en la Ordenanza Nº 009-99-MSS, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos vigente en el presente procedimiento y facultad expresa prevista en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 Articulo 47º nuneral 6; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 109.01-2001-SDOPRIV-DDU-MSS al 109.04-2001-SDOPRIV-DDU-MSS, los Proyectos referentes a Trazado, Lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras correspondiente a la Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico con Construccion Simultanea del terreno de 6,129.01 m2 para Uso Residencial de Densidad Media R3, constituido por el Lote Nº 1 del ex Fundo Huarapal, con frente a la MORDAZA MORDAZA Scorza s/n, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Autorizar a Constructora e Inmobiliaria La MORDAZA S.A. C.E.I.L.E.S.A. Contratistas Generales para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses las obras de Habilitacion MORDAZA del terreno de 6,129.01 m2 cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firmados y sellados teniendo en cuenta lo siguiente: - DISENO URBANO.- El Cuadro de Areas que se aprueba es el siguiente: Area Bruta Total Area de Vias Area Util de Vivienda 6,129.01 m2 734.20 m2 5,394.81 m2

lote normativo acorde a las necesidades de los Organismos correspondientes. - PAVIMENTOS.- Las caracteristicas de las obras de pavimentacion seran las siguientes: Aceras.- Seran de concreto de calidad de f 'c= 175 kg./ cm2 de 0.10 m., de espesor y construidas sobre un terraplen de material limpio de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado sera con mezcla cemento y MORDAZA fina, preparado en proporcion 1:2 y de un centimetro de espesor, brunado cada 1:00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relacion a la calzada terminada sera de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construira un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.45 m. minimo. Deberan ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad del concreto sera de f 'c = 175 kg./cm2. Bermas.- Las bermas laterales quedaran en tierra de chacra, compactada y niveladas, con arboles cada 12.00 m. en pozas de concreto. Articulo Tercero.- DISPONER quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad de Inmueble de MORDAZA la obligacion de los propietarios de cancelar el deficit de Aportes Reglamentarios, que seran redimidos en dinero, MORDAZA de la Recepcion de Obras y en consecuencia queda como garantia el Lote Unico. En cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC Articulo 29º, los deficits de Aporte para Recreacion Publica de 490.32 m2 y para Otros Fines de 122.58 m2 deben ser valorizados y cancelados en la Municipalidad de MORDAZA de Surco; para Parques Zonales de 122.58 m2 en el Serpar-Lima y para el Ministerio de Educacion de 122.58 m2 en dicho Ministerio. Articulo Cuarto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en MORDAZA certificada a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su ratificacion de acuerdo a Ley. Articulo Quinto.- DISPONER que Constructora e Inmobiliaria La MORDAZA S.A. C.E.I.L.E.S.A. Contratistas Generales efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 5 dias utiles contados a partir del dia siguiente de notificada, sufragando los gastos que irrogue la misma. Articulo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de los articulos precedentes a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Subdireccion de Obras Privadas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 4209

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Amplian plazo de vigencia de beneficio de regularizacion para el pago de deudas tributarias y administrativas otorgada mediante Ordenanza Nº 001-2002-MPC
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000009
Callao, 28 de febrero de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 001-2002-MPC, se procedio a otorgar beneficios extraordinarios para el pago y

Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza Nº 292 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de fecha 17.10.2000 establece los aportes para habilitaciones con fines de Vivienda MORDAZA 3:
Aporte para Recreacion Publica Aporte para Parques Zonales Aporte para Ministerio de Educacion Aporte para Otros Fines 8% 2% 2% 2% 490.32 m2 Redimir en dinero 122.58 m2 Redimir en dinero 122.58 m2 Redimir en dinero 122.58 m2 Redimir en dinero

La recurrente debera redimir en dinero los deficit de Aportes Reglamentarios, debido a que no conforman un

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