Norma Legal Oficial del día 08 de Marzo del año 2002 (08/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 8 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de equipos de conectividad y de equipos UPS
RESOLUCION Nº 013-2002-P/CR MORDAZA, 6 de marzo de 2002 Visto el Informe Nº 083-2001/DR/GSI/CR del Jefe del Departamento de Redes de la Gerencia de Sistemas de Informacion; el Memorandum Nº GSSGG/2202002/CR del Gerente de Servicios Generales y el Informe Nº 013-2002-AJ/CR/05 del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, en donde se senala la necesidad de declarar en situacion de urgencia, por el plazo de cuatro meses, la adquisicion de equipos de conectividad y de equipos UPS para el Congreso de la Republica; CONSIDERANDO: Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio fiscal 2001 tiene prevista la realizacion de dos procesos de seleccion para la adquisicion de equipos de conectividad y adquisicion de equipos UPS (Uninterrupted Power System); Que, al no haberse ejecutado la adquisicion de equipos de conectividad por haber sido declarado desierto el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 003-2001/CR, por no haberse presentado ningun postor; y, habiendo el Departamento de Redes de la Gerencia de Sistemas de Informacion manifestado la necesidad inmediata de adquirir dichos equipos por cuanto se corre el riesgo de que la red del Congreso de la Republica no soporte una mayor carga de trabajo debido a la obsolescencia tecnica de los actuales equipos, poniendo en riesgo todo el sistema de redes, es necesario declarar en situacion de urgencia la adquisicion de equipos de conectividad; Que, asimismo, es necesario declarar la situacion de urgencia para la adquisicion de equipos UPS (Uninterrupted Power System) para proteger los servidores y computadoras contra cambios de energia o cortes de fluido electrico, manteniendo de esta forma permanentemente operativa la red y evitando la perdida de la informacion que se este procesando en el momento; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 32º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Congreso, en los Articulos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 108º, 113º y 115º de su Reglamento; y, Estando a lo acordado por la Mesa Directiva, segun el Acuerdo Nº 336-2001-2002/MESA-CR; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia, por el plazo de cuatro meses, la adquisicion de equipos de conectividad y de equipos UPS (Uninterrupted Power System) para el Congreso de la Republica. Articulo Segundo.- Autorizar al Comite Especial designado mediante Resolucion de Oficialia Mayor Nº 0622001-OM/CR, para llevar a cabo la adquisicion de los equipos de conectividad y de equipos UPS, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 105º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Disponer que, dentro del plazo legal establecido, el Gerente General envie MORDAZA autenticada de la presente Resolucion y de los Informes Nº 083-2001/ DR/GSI/CR, Memorandum Nº GSSHGG/220-2002/CR e Informe Nº 013-2002-AJ/CR/05 a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica 4570

PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 009-2002 DECRETO DE URGENCIA QUE DICTA MEDIDAS DESTINADAS AL CIERRE DEL ANO FISCAL 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, Decreto Legislativo Nº 909 ha fijado el periodo de regularizacion presupuestaria para el Ano Fiscal 2001, entre el 1 de enero y el 28 de febrero del ano 2002; Que, en tal sentido, con el fin de posibilitar el correcto cierre del ejercicio presupuestario 2001, es necesario adoptar medidas extraordinarias de caracter urgente en materia economico-financiera, que permitan a los Pliegos Presupuestarios concluir oportunamente los respectivos registros presupuestarios y contables y conciliarlos con la informacion que obra en los Sistemas Presupuestario y de Contabilidad, lo cual es indispensable para una correcta elaboracion de la Cuenta General de la Republica; Que, asimismo, las referidas medidas responden al interes nacional, atendiendo a que las mismas adecuan el MORDAZA legal para las operaciones realizadas por los Pliegos Presupuestarios en el Ano Fiscal 2001; Que, el Decreto de Urgencia Nº 095-2001 autorizo una transferencia de partidas del Pliego Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion al Pliego Instituto Nacional de Desarrollo, dispositivo que presenta errores de MORDAZA material que lo hacen inaplicable; y adicionalmente, se ha verificado que el Pliego habilitado ha realizado los gastos materia del citado Decreto de Urgencia con cargo a su MORDAZA presupuestal aprobado, razon por la que es necesario derogar dicho dispositivo; Que, por otro lado, dentro de la Politica de Racionalizacion del Personal dispuesta por los Institutos de las Fuerzas Armadas para el ano 2001, el Ministerio de Defensa considero necesario modificar los montos calendarizados en los meses de enero a junio del ano 2001 para cubrir los gastos operativos sin variar el monto total mensual autorizado, con la finalidad de cumplir con la Mision de la Defensa Nacional; por tanto, resulta necesario autorizar a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico y a la Direccion General del Tesoro Publico a modificar, en via de regularizacion, los Calendarios de Compromisos Mensuales y los registros relacionados a las Autorizaciones de Giro del 2001, respectivamente, del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, con la finalidad de percibir una donacion, la Universidad Nacional de MORDAZA ha efectuado una operacion de endeudamiento interno para cubrir los pasivos que la donacion conlleva; razon por la que es necesario regularizar los calendarios de compromisos por las amortizaciones e intereses generados por la citada deuda; Que, se requiere regularizar la Bonificacion otorgada por Navidad a favor de los Magistrados del Tribunal Constitucional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 192-2001-EF, de fecha 11 de setiembre de 2001, se aprobo la transferencia de partidas destinadas al funcionamiento del Consejo Nacional de Inteligencia excediendose en los plazos senalados en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27479, por lo que es necesario precisar el cumplimiento del mandato establecido en esta MORDAZA Ley; De conformidad con lo establecido por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Calendario de Compromisos y Autorizaciones de Giro del Ministerio de Defensa. Autorizase a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico y a la Direccion General del Tesoro Publico a modi-

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