Norma Legal Oficial del día 28 de Marzo del año 2002 (28/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Nº 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA, Enver MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lucho MORDAZA IRAOLA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARCAVILLACA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA VILLENA MORDAZA, MORDAZA Sivori MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

NORMAS LEGALES
LICENCIA Q-462889/A-I Q-365684/A-I Q-303894/A-I Q-372330/A-I Q-281492/A-I Q-240299/A-I Q-342558/A-I Q-084331/A-I Q-402668/A-I Q-365041/A-I FECHA 10.1.02 2.2.02 22.1.02 7.2.02 28.1.02 4.2.02 16.2.02 27.12.01 23.2.02 4.2.02

MORDAZA, jueves 28 de marzo de 2002

Que, los conductores indicados precedentemente, han infringido lo dispuesto en el literal F-2 del Articulo 296º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, al conducir vehiculos con licencia de conducir cuya clase o categoria no corresponde al vehiculo que conducen; por lo tanto son pasibles a la sancion administrativa establecida en el literal F-2 del Articulo 314º del Reglamento acotado; Que, la Direccion General de Circulacion Terrestre, de conformidad con lo dispuesto en el Titulo VII, Capitulo III, Seccion II del Reglamento Nacional de MORDAZA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, es autoridad competente para sancionar a aquellos titulares de licencias de conducir y conductores que han infringido el Reglamento acotado; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en el Memorandum Nº 3072002-MTC/15.18.05. y de Asesoria Legal en el Informe Nº 257-2002-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de MORDAZA, la Ley N° 27444 y el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion, con la SUSPENSION de sus licencias de conducir por el periodo de un (1) ano, computado a partir de la fecha de la ocurrencia de la infraccion o la fecha de la remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, segun corresponda. Articulo Segundo.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ADRIAZOLA MORDAZA Directora General Direccion General de Circulacion Terrestre 5759

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, portando una Carta Poder legalizada por el Notario MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, con la cual pretendia realizar el tramite para obtener el Certificado Judicial de Antecedentes Penales a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Adriazola; Que, mediante Carta de fecha 27 de febrero de 2002, el senor Notario Dr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, comunica que las firmas y sellos que aparecen en dicha Carta Poder y que aluden a su persona han sido falsificados; Que, los hechos MORDAZA expuestos constituyen presuntos ilicitos penales los cuales deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en consecuencia resulta necesario autorizar a la Sra. Procuradora Publica del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 5805

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Convierten juzgado especializado en lo laboral en el MORDAZA Juzgado Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 030-2002-CE-PJ MORDAZA, 22 de marzo del 2002 VISTO:

PODER JUDICIAL
Autorizan a procuradora iniciar acciones contra presunto responsable de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 073-2002-P-PJ MORDAZA, 26 de marzo del 2002 VISTO: El Memorandum Nº 118-2002-RNC-GSJR-GG/PJ, de la Jefa del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 118-2002-RNC-GSJRGG/PJ, la Jefa del Registro Nacional de Condenas, comunica que el dia 27 de febrero de los corrientes, se acerco a las ventanillas del Registro Nacional de Condenas el Sr.

Los Oficios Nºs. 1275, 1276 y 1277-2002-P-CSJCL/PJ, de la Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Callao, y el Informe Nº 027-2002-SEP-GP-GG de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Callao solicita a este Organo de Gobierno, la Conversion del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Laboral en MORDAZA Juzgado Especializado de Familia en la Corte de su Presidencia; Que, la solicitud efectuada por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia del Callao se fundamenta en la necesidad de contar con un Juzgado mas en la Especialidad de Familia en merito a la sobrecarga procesal existente en los tres Juzgados de Familia, tanto por la cantidad de expedientes y variedad de los mismos; como son la suspension o perdida de la patria potestad, tenencia, regimen de visitas, adopcion, alimentos y proteccion de los intereses difusos e individuales que atanen al MORDAZA y adolescente; Que, en efecto, la Conversion del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Laboral a MORDAZA Juzgado Especializado de Familia del Callao, contribuira a mejorar la eficiencia, eficacia y celeridad en la administracion de justicia,

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