Norma Legal Oficial del día 28 de Marzo del año 2002 (28/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 28 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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to Independiente "Vamos Vecino" para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Provincial de Lucanas, para completar el periodo de gobierno municipal 1999-2002, a quien se le otorgara la correspondiente credencial. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 5719

puede ser modificada o derogada por una ley ordinaria, sino por una aprobada con el mismo procedimiento previsto en el Articulo 106º de la Constitucion; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision presentado y, en consecuencia, nulo e insubsistente el Acuerdo de Concejo Nº 0004 - 2002-MDSA, de fecha 25 de febrero de 2002. Articulo Segundo.- Declarar que los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huayre, MORDAZA MORDAZA Munoz Munoz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carazas y MORDAZA Betzabe MORDAZA MORDAZA, continuan en el ejercicio de sus cargos como Regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 5720

Declaran que regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA continuan en el ejercicio de sus cargos
RESOLUCION Nº 100-2002-JNE MORDAZA, 20 de marzo de 2002 Visto; el recurso de revision presentado con fecha 4 de marzo de 2002 por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huayre, MORDAZA MORDAZA Munoz Munoz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carazas y MORDAZA Betzabe MORDAZA MORDAZA, contra el Acuerdo de Concejo Nº 00042002-MDSA de fecha 25 de febrero de 2002, que los suspende de sus cargos de Regidores en el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y oidos los informes orales; CONSIDERANDO: Que como consta del acta de Sesion Ordinaria de fecha 24 de febrero de 2002 y Acuerdo de Concejo Nº 00042002-MDSA del 25 del mismo mes y ano, que obran de fojas 64 a 75 y 113 y 114, respectivamente; se declaro por mayoria -segun se indica- sin que conste en dichos documentos el resultado de la votacion, la suspension automatica en el cargo de Regidor de los recurrentes, por el periodo de un ano a partir del 23 de enero de 2002, por no haber presentado en plazo oportuno sus Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas, correspondientes al ano 2002, de conformidad con la Ley Nº 27482 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM; Que la Ley Nº 27482 no preve sancion alguna para el caso de incumplimiento de sus disposiciones, con excepcion de la referida al titular del pliego, por lo que las previstas en el Articulo 9º del Decreto Supremo Nº 080-2001PCM que lo reglamenta, exceden el MORDAZA legal senalado, mas aun cuando el Articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 dispone que los Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales presentaran declaracion jurada de bienes y rentas dentro de los quince dias de haber sido juramentados y, al cumplir su mandato bajo responsabilidad, obligacion que los Regidores suspendidos han cumplido segun consta de la MORDAZA del boletin oficial que obra a fojas 91; del mismo modo que han presentado la declaracion jurada a que se contrae la Ley Nº 27482 acotada, con carta notarial de fecha 20 de febrero de 2002, de fojas 58; Que el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y se rigen por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 que en su Articulo 29º senala taxativamente como causales de suspension en el cargo de Alcaldes y Regidores; la incapacidad fisica o mental temporal; la licencia autorizada por el Concejo por un periodo MORDAZA de 45 dias naturales y el impedimento legal cuando tiene MORDAZA penal abierto con mandato de detencion que ha quedado firme, y no constituyendo la omision a la MORDAZA de las declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas causal de suspension, el Acuerdo de Concejo impugnado resulta irrito; toda vez que una Ley Organica no

SBS
Autorizan inscripcion de Mapfre Asistencia Compania Internacional de Seguros y Reaseguros S.A. en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 265-2002 San MORDAZA, 20 de marzo de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se autorice la inscripcion de la empresa MAPFRE ASISTENCIA COMPANIA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. de Espana, en el Registro del Sistema de Seguros Libro I De las Empresas de Reaseguros Extranjeras; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de las Empresas de Reaseguros Extranjeras; Que, la citada empresa ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 12-2001-DASIA celebrada el 26 de diciembre de 2001, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Libro I De las Empresas

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