Norma Legal Oficial del día 28 de Marzo del año 2002 (28/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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ORDENANZA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de marzo de 2002

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA El Concejo de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 10º inciso 4) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, senala en forma expresa que las Municipalidades son competentes para crear arbitrios y derechos conforme a Ley; Que, los Articulos 66º y 68º inciso b) de la Ley de Tributacion Municipal, el Decreto Legislativo Nº 776, establece que las Municipalidades podran imponer tasas por servicios administrativos o derechos; Que, el Centro Medico Municipal ha deducido considerablemente la expedicion de carne de sanidad, hace necesario revisar y/o actualizar el Cuadro de Derechos para la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA, en ese aspecto; Que, en ese sentido, de la evaluacion y comparacion de los derechos que se cobran en el rubro de Division de Salud, especificamente en el Codigo Nº 1902, carne de sanidad resulta excesivo comparado con lo que se cobra en distritos colindantes y las Areas de Salud del Ministerio de Salud; Que, por tal motivo, el Centro Medico Municipal solo atiende al 10% de los que laboran en el distrito, teniendo el 90% restante que acudir a los distritos vecinos o a las diferentes areas de salud de MORDAZA Metropolitana; Que, en uso de las facultades que le otorga la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, en los Articulos 36º, 94º, 110º, y la Ley de Tributacion Municipal Decreto Legislativo Nº 776 y de acuerdo a la Ordenanza Nº 09-99/MJM por UNANIMIDAD de sus miembros se aprobo, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar la modificacion en el Cuadro de Derechos por los Servicios Administrativos que presta la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA que a continuacion se detalla: DICE:
CODIGO 1902 DESCRIPCION Carne de Sanidad - Propietarios - Empleados, comercio informal u otros MONTO S/. 24.80 18.60 UIT % 0.80 0.60

Articulo Primero.- Establecer una clasificacion de los predios con construcciones referidas en los considerandos precedentes, a fin de establecer las medidas correctivas, conducentes a la subsanacion de las irregularidades que presentan las mismas. Articulo Segundo.- La clasificacion sera la siguiente: CONSTRUCCION MORDAZA I.- Aquella que se encuentra en areas sobre las cuales esta terminantemente prohibido realizar construcciones de cualquier MORDAZA, debido a que pueden afectar areas y servicios comunes o por alterar los margenes de seguridad de una edificacion, en casos de emergencia o desastres naturales. CONSTRUCCION MORDAZA II.- Aquella que por sus caracteristicas estructurales y los materiales utilizados en su construccion, no se adecuan a las disposiciones del Reglamento Nacional de Construcciones y normas municipales vigentes. CONSTRUCCION MORDAZA III.- Aquella que se construye respetando criterios tecnicos y reglamentarios, pero no se solicito la licencia respectiva a la Municipalidad. Articulo Tercero.- La Direccion de Infraestructura MORDAZA remitira una modificacion a los propietarios de predios con construcciones de MORDAZA I, otorgandoles un plazo de tres (3) meses para que efectuen la demolicion respectiva, sin perjuicio de la aplicacion de la sancion correspondiente, de conformidad con el Regimen de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, vigente. Si vencido el plazo, los propietarios no hubieren realizado la demolicion, la Municipalidad de oficio, procedera a efectuarla, con la consiguiente aplicacion del doble de la sancion impuesta inicialmente. Articulo Cuarto.- Los propietarios de predios con construcciones MORDAZA II, podran presentar un proyecto de reformas estructurales y arquitectonicas en un plazo de sesenta (60) dias e iniciar el tramite regular de obtencion de la licencia respectiva. De no presentar el proyecto o esta de ser denegado, se procedera a aplicar la correspondiente sancion, de conformidad a lo dispuesto en el Regimen de Aplicacion de Sanciones, sin perjuicio de ordenar se efectue la demolicion de acuerdo a Ley. Articulo Quinto.- Otorgar a los propietarios con construcciones MORDAZA III, un plazo de cinco (5) meses contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, a fin que cumplan con subsanar dicha infraccion, beneficiandolos con la exoneracion del pago de la sancion correspondiente, de acuerdo al Regimen de Aplicacion de Sanciones. Si vencido el plazo otorgado, los propietarios no hubieren efectuado la regularizacion correspondiente, la Municipalidad procedera a efectuar la demolicion de lo irregularmente construido, sin perjuicio del cobro del integro de la sancion que les correspondia pagar inicialmente. Articulo Sexto.- Encargar a la Direccion de Infraestructura MORDAZA, la implementacion de una intensa MORDAZA, destinada a dar cumplimiento a la presente Ordenanza, conformando para tal fin un equipo tecnico, que se dedique a realizar las notificaciones correspondientes, y a hacer un estricto seguimiento de los predios ubicados en el distrito de MORDAZA MORDAZA, que se encuentren comprometidos dentro de la clasificacion a que se refiere el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza entrara a vigencia a partir del dia siguiente de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 5772

SE MODIFICA A:
CODIGO 1902 DESCRIPCION Carne de Sanidad - Propietarios - Empleados, comercio informal u otros MONTO S/. 15.50 10.85 UIT % 0.50 0.35

Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Direccion Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 5773

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Prorrogan plazo para pago de primer trimestre de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2002
DECRETO DE ALCALDIA Nº 03 Miraflores, 25 de marzo del 2002

Aprueban modificacion en el Cuadro de Derechos por los Servicios Administrativos que presta la Municipalidad
ORDENANZA Nº 091 MORDAZA MORDAZA, 15 de marzo de 2002

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