Norma Legal Oficial del día 26 de Mayo del año 2002 (26/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 2002

"XVI Reunion del Grupo de Negociacion sobre Subsidios, Antidumping y Derechos Compensatorios", del 27 al 31 de MORDAZA de 2002, en el MORDAZA del MORDAZA de negociaciones del Area de Libre Comercio de las Americas; Que, el Peru ejerce la Presidencia del Grupo de Negociaciones sobre Subsidios, Antidumping y Derechos Compensatorios del MORDAZA, por lo que es necesaria la participacion de un representante del Ministerio para que asista a dichas reuniones; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619, Decreto Ley Nº 25831, Decreto Supremo Nº 048-2001PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora MORDAZA Araoz MORDAZA, Asesora Ad Honorem del Despacho del Viceministro de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, del 27 de MORDAZA al 1 de junio de 2002, con el fin de que participe en las reuniones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ 424.80 US$ 1,000.00 US$ 25.00

048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0532001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Turismo, a la MORDAZA de MORDAZA y a las Islas Galapagos, Republica de Ecuador, del 27 de MORDAZA al 1 de junio de 2002, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales asista y participe en los eventos senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ Viaticos US$ Tarifa CORPAC US$ 249,00 1 000,00 25,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias siguientes a la realizacion del viaje que se autoriza, el funcionario presentara ante el Titular de la Entidad, un Informe sobre su participacion en los eventos a los que asiste. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 9450

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias siguientes a la realizacion del viaje, la funcionaria presentara ante el Titular del Sector un informe sobre su participacion en las reuniones a las que asiste. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 9405

Autorizan e inscriben memorias de solo lectura solicitadas por WMS Gaming Inc. y Bally Gaming Inc.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0570-2002-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2002 Vistos, el Expediente Nº 006373-2002-MITINCI presentado por la empresa WMS GAMING Inc., en el que solicita autorizacion y registro de memorias de solo lectura, y los Informes Tecnico Nº 113-2002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/JYM y Legal Nº 180-2002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el Articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el Articulo 11º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el Articulo 12º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento de fechas 18.9.2001, 17.12.2001, 26.12.2001,

Autorizan viaje del Viceministro de Turismo a Ecuador para participar en evento sobre turismo intrarregional y en la "Cumbre de Ministros de Turismo y de Medio Ambiente"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-2002-ITINCI/DM MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2002 Visto, el Memorandum Nº 204-2002-MITINCI/VMT, del Viceministro de Turismo; CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Ecuador, se llevara a cabo la "XXXIX Reunion de la Comision de la Organizacion Mundial del Turismo para las Americas" y el MORDAZA sobre la Situacion Actual y las Perspectivas del Turismo Intrarregional: "Claves para el Desarrollo", a realizarse del 28 al 29 de MORDAZA de 2002; asi como la "Cumbre de Ministros de Turismo y de Medio Ambiente" que tendra lugar en las Islas Galapagos del 30 al 31 de MORDAZA de 2002, con el proposito de intercambiar experiencias para el desarrollo del Turismo en MORDAZA con el medio ambiente; Que, es conveniente autorizar la participacion del Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales en dichos eventos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº

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