Norma Legal Oficial del día 26 de Mayo del año 2002 (26/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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Los limites maximos permisibles dispuestos por el presente articulo se aplicaran obligatoriamente en toda la Provincia Constitucional del Callao. Articulo Segundo.- ESTABLECIMIENTO DE PRUEBA Establecer en el ambito de la Provincia Constitucional del Callao los procedimientos de prueba y analisis de resultados contenidos en el anexo Nº 2 del Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC y/o las futuras modificaciones a dicha MORDAZA legal. Articulo Tercero.- HOMOLOGACION DE EQUIPOS Los equipos de medicion de emisiones para determinar la observancia de lo dispuesto por esta ordenanza seran obligatoriamente homologados de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Articulo Cuarto.- FISCALIZACION La Municipalidad Provincial del Callao dispondra inopinadamente, directa o indirectamente a traves de terceros, los programas de fiscalizacion y verificacion en la via publica, de las emisiones que produzcan los vehiculos en circulacion. La reglamentacion de dicha fiscalizacion sera establecida mediante Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- SANCIONES Los propietarios y conductores de los vehiculos que emitan gases y particulas en exceso de los limites maximos permisibles son solidariamente responsables del pago de las multas de conformidad con lo establecido en el Reglamento Nacional de Transito. Articulo Sexto.- APOYO DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU La Municipalidad Provincial del Callao coordinara previamente con la Policia Nacional del Peru para los efectos de apoyo a los operativos de intervencion a los vehiculos que deben de someterse a MORDAZA de fiscalizacion, asi como cuando corresponda trasladar dichos vehiculos a los depositos autorizados. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Periodicamente y hasta que se implementen las revisiones tecnicas, los vehiculos particulares y los que presten servicio de transporte publico seran sometidos a mediciones por parte de la Municipalidad Provincial, y con el fin de que certifiquen si cumplen con los limites maximos permisibles. Segunda.- Otorgar un plazo de 6 meses contados a partir de la publicacion de la presente ordenanza, vencido dicho plazo, el Concejo debera someter a ratificacion la presente Ordenanza Municipal, para que los propieta-

El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 18 de MORDAZA de 2002; aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que la Municipalidad Provincial del Callao, organismo competente para normar y controlar las actividades de saneamiento ambiental en su jurisdiccion, considera prioritario en su politica ambiental vigilar la calidad del aire a fin de garantizar un ambiente ecologicamente equilibrado y adecuado tendente a proteger la salud del pueblo chalaco; Que la tasa de infecciones respiratorias agudas en menores de 5 anos en MORDAZA y Callao se ha elevado considerablemente, de conformidad con los MORDAZA estadisticos elaborados por DIGESA; Que el CO disminuye la absorcion del oxigeno por celulas MORDAZA, afecta la percepcion y la calidad de pensar, disminuye reflejos, afecta el crecimiento fetal en mujeres embarazadas y, con otros contaminantes, fomenta la morbilidad de personas con problemas respiratorios y el HC produce irritacion en los ojos, cansancio y tendencia a toser y tiene efectos cancerigenos; Que los vehiculos gasolineros y petroleros deben de recibir un tratamiento de medicion diferenciado, asi como los vehiculos de diferente antiguedad; De conformidad con lo previsto por el inciso 22) del Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, inciso 4) del Articulo 1º y Articulo 3º del Codigo de Medio Ambiente y Recursos Naturales aprobado por Decreto Legislativo Nº 613, e inciso 1) del Articulo 66º de la Ley Organica de Municipalidades aprobado por Ley Nº 23853, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores del Concejo Municipal, se aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL CONTROL DE LA CONTAMINACION ATMOSFERICA PRODUCIDA POR EL MORDAZA AUTOMOTOR EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Articulo Primero.- LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES Establecer en el ambito de toda la Provincia Constitucional del Callao los limites maximos permisibles (LMPs) de emisiones contaminantes producidas por vehiculos automotores contenidos en el Anexo Nº 1 del Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC en lo que sea de competencia de los gobiernos locales.

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados.

LA DIRECCION

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