Norma Legal Oficial del día 26 de Mayo del año 2002 (26/05/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 223717

Que, con Informe Nº 014-92-UA-OA-MPS y Nº 01202-UA-OA-MPS, la Unidad de Abastecimientos indica que la exoneracion del MORDAZA de seleccion, resulta por su simplicidad mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA, precisando que PETROLEOS DEL PERU - PETROPERU oferta un precio (incluido IGV) de S/. 3.2568 x galon y REPSOL YPF DEL PERU un precio de S/. 3.2568 (incluido IGV) x galon, el liquido asfaltico y S/. 4.0356 x galon (Incluido IGV), recomendandose la compra por exoneracion del MORDAZA de seleccion a PETROLEOS DEL PERU PETROPERU; Que, el Art. 19º inciso a) del D.S. Nº 012-01-PCM textualiza: "Estan exonerados del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa; las Adquisiciones o Contrataciones que se realicen entre entidades del Sector Publico, de acuerdo a los criterios de economia segun el Reglamento"; El Art. 20º del citado texto normativo prescribe: "Las Adquisiciones o Contrataciones a que se refiere el Art. 19º se realiza mediante un procedimiento de menor cuantia y seran aprobados mediante Acuerdo de Concejo Municipal en el caso de gobiernos locales; Que, asimismo el Art. 106º del D.S. Nº 013-2001-PCM prescribe: "Que la exoneracion a que se refiere el Inc. a) del Art. 19º de la Ley, debe estar sustentada en un Informe Tecnico y Economico elaborado por la entidad, que detalle y demuestre cuanto menos: a) Que, la adquisicion o contratacion resulta mas favorable y ventajosa en comparacion en los precios del mercado. b) Que, en razon de costos de oportunidad, resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra entidad del Estado; y, c) Que, la adquisicion o contratacion resulta tecnicamente idonea y viable. Que, estando a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con el MORDAZA en MAYORIA de los senores Regidores; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion para la compra de 134,228 Glns. de Liquido Asfaltico RC-250 y 9,501.72 Glns. de Kerosene Industrial, para la culminacion de la Obra: Pavimentacion de la Carretera Cambio Puente; y por tratarse de dos entidades del Estado conforme a lo estipulado por el Art. 19º inciso a) del D.S. Nº 012-01-PCM y Arts. 105º, 106º, 114º, 115º y 116º del D.S. Nº 013-01-PCM, en consecuencia autoricese la compra a PETROLEOS DEL PERU - PETROPERU. Articulo Segundo.- Autoricese al Comite Especial nombrado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 020-02MPS, la adquisicion de 134,228 Glns. de Liquido Asfaltico y 9,501.72 Glns. de Kerosene Industrial por un valor referencial de S/. 3.7524 Nuevos Soles x galon y S/. 4.661 Nuevos Soles x galon, respectivamente, por un monto total de S/. 503,677.14 Nuevos Soles y S/. 44,287.516 Nuevos Soles, respectivamente; en consecuencia el procedimiento a observar se cenira a lo prescrito en el Art. 105º del D.S. Nº 013-2002-PCM. Articulo Tercero.- Remitase MORDAZA de los Informes Tecnicos y Legales a la Contraloria General de la Republica para su conocimiento y fines. Articulo Cuarto.- Dispongase la publicacion del Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, en el modo y forma de Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA C. MORDAZA FERRERO MORDAZA 9435

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO NEGRO
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de leche evaporada para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-02-CM/MDRN Rio Negro, 21 de MORDAZA del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO NEGRO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria Nº 012 de fecha 18 de MORDAZA del 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 071-2002A/MDRN de fecha 26 de febrero del 2002, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Rio Negro para el Ano Fiscal 2002, el mismo que considera la Adquisicion de los Alimentos del Programa de Vaso de Leche en dos etapas, por la Modalidad de Adjudicacion Directa Publica; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 095-02-A/ MDRN de fecha 26 de marzo del 2002, se aprueba las Bases Administrativas de Referencia, para el MORDAZA de seleccion y adquisicion de alimentos del Programa del Vaso de Leche correspondiente al Primer Semestre del Ano 2002 - Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002CE/MDRN; Que, el CONSUCODE mediante Oficio Nº 874-2002(GTN/MON)-CONSUCODE, efectua la Observacion al MORDAZA de Seleccion, dando cuenta al Comite el incumplimiento de los Articulos 85º y 86º del D.S. Nº 013-2001PCM. Por lo que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0106-2002-A/MDRN se Declara Nulo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Nº 001-2002-CE/MDRN; Que, teniendo en cuenta las consideraciones observadas por el CONSUCODE, el Comite realiza la Reprogramacion del Calendario del MORDAZA de Seleccion, y conforme a la normatividad efectua la MORDAZA Convocatoria del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0012002-CE/MDRN; Que, mediante Informe Nº 015-2002-CE/MDRN de fecha 6 de MORDAZA del 2002, el Comite Especial del programa del Vaso de Leche, da cuenta sobre el resultado del MORDAZA de seleccion llevado acabo por MORDAZA vez, siendo el detalle de la siguiente forma: - Item I (Leche Evaporada Tarro Mediano): Se Declara Desierto por MORDAZA de un (1) solo postor. - Item II (Habas Entera): Se Otorga la Buena Pro a la Empresa Proveedora Peruana de Inversiones. Que, mediante Oficio Nº 001-02-PVL, las delegadas beneficiarias del Comite de Administracion del Vaso de Leche, muestran su preocupacion por la demora de la Adquisicion de los alimentos del Programa el mismo que viene ocasionando malestar y perjuicio a los beneficiarios de este programa social, exigiendo su adquisicion y distribucion en el plazo mas breve, puesto que los Comites vienen siendo desatendidos desde el mes de enero del 2002; Que, conforme lo establecen los Arts. 19º, 20º y 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de licitacion o concurso publico, aquellas adquisiciones que se realicen en Situacion de Urgencia, cuando la ausencia imprevisible de determinado bien, comprometa en forma e inminente la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.