Norma Legal Oficial del día 29 de Mayo del año 2002 (29/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, miercoles 29 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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se en procesos de seleccion y a contratar con el Estado, medida que entrara en vigencia al dia siguiente de notificada al infractor. 2º. Poner la presente resolucion de conocimiento de la Gerencia de Registros de CONSUCODE, para las correspondientes anotaciones de ley. 3º. Poner en conocimiento de la Presidencia de CONSUCODE los documentos respectivos a fin de que, en uso de sus atribuciones, adopte las medidas pertinentes. 4º. Devolver a la Entidad Contratante los antecedentes administrativos remitidos, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABIESES MORDAZA 9330

Sancionan a empresa SERVICE J.J.I.H. con suspension para contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 357/2002.TC-S2 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2002 Visto, en sesion de la MORDAZA Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de fecha 21.5.2002, el Expediente Nº 745/2001.TC sobre aplicacion de sancion administrativa a la empresa SERVICE J.J.I.H. S.R.Ltda., por no suscripcion de contrato habiendo resultado ganadora de la Buena Pro de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 008-2001-CORPAC S.A. - "Obra Rehabilitacion de la Subestacion Electrica del Aeropuerto de Cusco", convocado por CORPAC S.A., Aeropuerto "Velasco Astete" - Cusco; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 27.9.2001, con documento, mediante el Acta de la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 008-2001CORPAC S.A., el Comite Especial otorga la Buena Pro a la empresa R.H. INGENIEROS CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS GENERALES, por haber obtenido el mayor puntaje, de 100.00 puntos, con el monto propuesto de S/ . 31,161.23 (treinta y un mil ciento sesenta y uno con 23/ 100 nuevos soles) con plazo de ejecucion de treinta y cinco (35) dias calendario. 2. El 28.9.2001, con Carta Nº TCC/CORPAC S.A. CUS462-2001-C, el Jefe de Aeropuerto - MORDAZA de la Entidad, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comunica a la empresa R.H. INGENIEROS CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS GENERALES, que el Comite resolvio otorgarle la Buena Pro. En tal sentido, agradeceremos se apersonen a nuestras oficinas para la elaboracion del contrato y realizar las coordinaciones pertinentes. 3. El 15.10.2001, con carta sin numero, la empresa R.H. INGENIEROS CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS GENERALES, comunica a la Entidad, que con la finalidad de manifestarle nuestra imposibilidad de poder suscribir el contrato de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 008201, en vista que las gestiones realizadas para obtener la Carta Fianza, ante las instituciones financieras; demandan un tiempo excesivamente largo, fuera del plazo establecido para la suscripcion del contrato. Razon por la cual nos vemos en la necesidad imperiosa de comunicarles nuestra renuncia a la suscripcion del contrato. 4. El 17.10.2001, con Carta Nº TCC/CORPAC S.A. CUS-489-2001-C, la Entidad notifica a la empresa SERVICE J.J.I.H. para comunicarle, como es de su conocimiento en la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 008-2001-CORPAC S.A. - "Obra Rehabilitacion de la Subestacion Electrica del Aeropuerto de Cusco", efectuado el 27 de setiembre de 2001, el Comite resolvio otorgar la Buena Pro a la empresa R.H. Ingenieros Construcciones

y Servicios Generales, sin embargo el 15 de octubre del ano en curso la empresa aludida presento su renuncia para suscribir el contrato. En consecuencia, el Comite otorga la Buena Pro a su representada por haber ocupado el MORDAZA lugar en orden de prelacion por el monto de S/. 34,128.01 (treinta y cuatro mil ciento veintiocho con 00/ 100 nuevos soles) con un plazo de ejecucion de cincuenta (50) dias calendario, en aplicacion al Articulo 118º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Agradeceremos se apersonen a efectos de presentar la documentacion requerida para la firma del Contrato, por ende formalizar coordinaciones puntuales. 5. El 27.12.2001. con Carta Nº TCC/CORPAC S.A. CUS633-2001-CC, la Entidad comunica al Presidente del Tribunal de CONSUCODE, para poner en su conocimiento que: i) El 27 de setiembre del 2001 se llevo a cabo el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 008-2001-CORPAC S.A., acto en el que el Comite otorgo la Buena Pro a la empresa R.H. INGENIEROS CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS GENERALES para la ejecucion de la obra Rehabilitacion de la Subestacion Electrica del Aeropuerto de Cusco. ii) El 15 de octubre del 2001 presenta una carta indicando expresamente la renuncia para la firma del Contrato. iii) Dentro del MORDAZA de Adjudicacion de acuerdo al orden de prelacion se le otorgo la Buena Pro a la empresa SERVICE J.J.I.H., que no cumplio con entregar la documentacion pertinente para la firma del contrato dentro del plazo senalado en el Articulo 118º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. iv) Circunstancias, que ocasionaron perjuicio a la Corporacion por cuanto la no firma del contrato conlleva la prolongacion del comienzo de los trabajos materia de la Adjudicacion siendo de MORDAZA relevancia para la operatividad del aeropuerto, con la consiguiente carga administrativa que implica convocar por MORDAZA vez y por ende el inicio de la obra se da en un mayor lapso de tiempo vulnerando lo programado para tales efectos. 6. El 3.1.2002, por Cedula de Notificacion Nº 0031/ 2002.TC, la Secretaria de este Tribunal determina que vista la Carta Nº TCC/CORPAC S.A. CUS-633-2001-CC, admitase la solicitud de aplicacion de sancion formulada contra la firma SERVICE J.J.I.H. S.R.Ltda. por no suscribir el contrato, y notifiquese al postor para que dentro del plazo de diez (10) dias cumpla con efectuar sus descargos, bajo apercibimiento de resolverse con la documentacion obrante en autos, debiendo senalar domicilio procesal en esta ciudad. El 14.1.2001, con documento, dicho cargo fue enviado a CONSUCODE. 7. El 16.1.2002, con Carta Nº 012-02, la empresa MORDAZA Courier MORDAZA Worldwide Services S.A., comunica a CONSUCODE, que con relacion a vuestra solicitud de informacion del estado de los documentos que detallamos a continuacion: codigo 0583 386, fecha 11.1.02, Entidad CORPAC - CUSCO. La entrega de los documentos ha sido confirmada por nuestros agentes en las mencionadas provincias. El cargo correspondiente al envio de MORDAZA se lo estaremos enviando en bien obren en nuestro poder. El 14.1.2002, con comprobante de vista Nº 227102, obra en autos el cargo correspondiente, que senala que, en el distrito de MORDAZA no existe esta direccion, indicar en que distrito de MORDAZA pertenece. 8. El 18.1.2002, con proveido, la Secretaria de este Tribunal determina que, luego de efectuada la busqueda de una nueva direccion en los antecedentes administrativos remitidos por la Entidad, se ha podido ubicar el siguiente domicilio del contratista: Av. Solar Nº 479 - Ofc. 201, Huaral - Lima; y a fin de que el contratista pueda ejercer su derecho de defensa, se considera que corresponde sobrecartar la cedula de notificacion Nº 558/2002.TC. al MORDAZA domicilio. MORDAZA senalado. Sobrecartese a la firma SERVICE J.J.I.H. S.R.Ltda. la cedula de notificacion Nº 0031/2002.TC, al domicilio sito en Av. Solar Nº 479 - Ofc. 201, Huaral - Lima; a fin de que cumpla con presentar sus descargos conforme al MORDAZA del CONSUCODE, aprobado por D.S. Nº 061-2001PCM, con conocimiento de las partes. El 22.1.2002, con comprobante de vista Nº 333089, la empresa MORDAZA Courier MORDAZA Worldwide Services S.A., senala que, en dicha direccion no hay Of. 201. Esta la MORDAZA Rural primera y hay stand que venden ropa, cabinas de Internet y una agencia de correo y los stands estan enumerados del 01-18. No dan razon. 9. El 28.1.2002, con proveido, la Secretaria de este Tribunal determina que no teniendo domicilio MORDAZA la firma SERVICE J.J.I.H. S.R.Ltda. y para asegurar el legitimo

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