Norma Legal Oficial del día 29 de Mayo del año 2002 (29/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 29 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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a un ex Presidente de la Republica que, a traves del reconocimiento del Estado, encarne aquellos altos valores distinguiendolo de todos los demas con una condecoracion susceptible de ser otorgada por una sola vez; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Crease la condecoracion "Gran Collar de la Democracia" que solo podra ser otorgada a un ex Presidente Constitucional de la Republica que cumpla concurrentemente los siguientes requisitos: a) Que cuente con una trayectoria probada en la defensa de la democracia y de los derechos humanos; b) Que, en el ejercicio de su cargo, MORDAZA contribuido decididamente al fortalecimiento de la identidad nacional y a la integracion y desarrollo nacional;

c) Que, durante su mandato, hubiere destacado por actos de defensa del territorio patrio y de los mas altos valores eticos y nacionales; y; d) Que su conducta pueda servir de ejemplo de honestidad y moralidad para todos los peruanos. La condecoracion solo podra ser otorgada por un gobierno constitucional y se concedera mediante Resolucion Suprema rubricada por el Presidente Constitucional de la Republica, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia, previo acuerdo del Consejo de Ministros. Articulo 2º.- La condecoracion materia del presente Decreto Supremo sera concedida por la Republica por una sola vez y no conllevara derecho a pension alguna adicional. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia.

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