Norma Legal Oficial del día 22 de Noviembre del año 2002 (22/11/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 22 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 233723

d) Implementar y evaluar planes, programas y proyectos de intervenciones de promocion de la salud, en el ambito nacional y regional. e) Proponer e implementar normas y procedimientos para la promocion de la salud. f) Crear espacios de concertacion con instituciones y organismos sociales y concertar alianzas estrategicas para el desarrollo de la promocion de la salud. g) Coordinar y desarrollar estudios de investigacion y evaluacion del impacto de las acciones de promocion de la salud y difundir los resultados. Articulo 65º.- DIRECCION EJECUTIVA DE PARTICIPACION COMUNITARIA EN SALUD La Direccion Ejecutiva de Participacion Comunitaria en Salud esta a cargo de los siguientes objetivos funcionales especificos: a) Identificar los objetivos y proponer e implementar las politicas para la promocion y ejercicio de derechos y deberes en salud, en la persona, la familia y la comunidad. b) Conducir, implementar y evaluar estrategias de participacion comunitaria para la construccion de la cultura de la salud, con enfasis en el desarrollo y ejercicio de los valores de salud. c) Desarrollar normas y procedimientos para intervenciones de promocion de la salud con participacion comunitaria y cautelar su cumplimiento. d) Concertar alianzas estrategicas con instituciones y organismos sociales para la promocion de la salud y la participacion comunitaria en salud. e) Coordinar con Institutos Especializados, Organismos Publicos Descentralizados y Organos Desconcentrados del Sector Salud y la comunidad cientifica nacional e internacional, el MORDAZA tecnico - normativo para la promocion de la salud. f) Lograr la elaboracion, ejecucion y evaluacion de planes, programas y proyectos para la promocion de la participacion comunitaria en salud, en el ambito sectorial e intersectorial. g) Coordinar y participar en el desarrollo de estudios de investigacion y evaluacion del impacto de la participacion comunitaria en la promocion de la salud y difundir sus resultados. Articulo 66º.- DIRECCION EJECUTIVA DE EDUCACION PARA LA SALUD La Direccion Ejecutiva de Educacion para la Salud esta a cargo de los siguientes objetivos funcionales especificos: a) Proponer politicas y participar en su implementacion para contribuir al desarrollo de intervenciones educativas y de comunicacion para la promocion de la salud, de aplicacion en el ambito nacional, regional y local. b) Identificar los objetivos nacionales y regionales, proponer, implementar y evaluar estrategias y metodologias de intervenciones de educacion y comunicacion para la promocion de la salud. c) Conducir la elaboracion, implementacion y evaluacion de contenidos, medios, materiales e instrumentos educativo - comunicacionales, para las intervenciones en promocion de la salud, con enfasis en el fortalecimiento de valores y la construccion de la cultura de la salud. d) Coordinar con el Ministerio de Educacion la incorporacion en la curricula escolar de contenidos educativos para la promocion de la salud. e) Programar, formular, ejecutar y evaluar planes, programas y proyectos para desarrollar intervenciones de educacion y comunicacion para la salud. f) Desarrollar normas y procedimientos para intervenciones de educacion y comunicacion de promocion de la salud y vigilar su cumplimiento. g) Participar en el desarrollo de alianzas estrategicas para el desarrollo y evaluacion de intervenciones de educacion y comunicacion para la promocion de la salud. h) Desarrollar estudios de investigacion y evaluacion del impacto de las intervenciones de educacion y comunicacion para la salud y difundir los resultados. Articulo 67º.- DIRECCION EJECUTIVA DE PROMOCION DE MORDAZA MORDAZA La Direccion Ejecutiva de Promocion de MORDAZA MORDAZA esta a cargo de los siguientes objetivos funcionales especificos:

a) Lograr que las personas asuman la salud fisica y mental como atributo fundamental para su MORDAZA y desarrollo, asi como para la construccion de entornos saludables. b) Lograr la promocion de la salud en la familia como unidad basica de salud, para el beneficio de la persona, la comunidad y su entorno. c) Promover el desarrollo de valores de salud y contribuir a su ejercicio para lograr una MORDAZA MORDAZA, con comportamientos saludables, salud mental y construccion de entornos saludables. d) Proponer politicas y participar en su implementacion para contribuir al desarrollo fisico, mental y social de la persona y la construccion de entornos saludables, con aplicacion en el ambito nacional, regional y local. e) Identificar los objetivos nacionales y regionales y desarrollar estrategias y proyectos para la promocion de una MORDAZA MORDAZA en la persona, familia y comunidad. f) Desarrollar normas y procedimientos de promocion y vigilancia de una MORDAZA MORDAZA en la persona, desde su MORDAZA hasta su termino natural. g) Participar en el desarrollo de alianzas estrategicas para la promocion de una MORDAZA MORDAZA en la persona, familia y comunidad. h) Desarrollar estudios de investigacion y evaluacion del impacto de las acciones de promocion para una MORDAZA sana. i) Participar, en coordinacion con el Ministerio de Educacion, en la ejecucion de contenidos educativos para la promocion de MORDAZA MORDAZA en la persona y en su entorno social. TITULO III RELACIONES DEL MINISTERIO DE SALUD Articulo 68º.- RELACIONES NACIONALES, SECTORIALES E INSTITUCIONALES El Ministerio de Salud como organo rector mantiene relaciones de coordinacion e informacion, con todas las entidades y organizaciones publicas y privadas del Sector Salud asi como con todos los Poderes e Instituciones del Estado para el cumplimiento de la legislacion de salud y la informacion y apoyo que las entidades deban proveer para el logro de su mision, vision y objetivos estrategicos y funcionales. El Ministerio de Salud establece relaciones con asociaciones cuyos fines correspondan a los objetivos institucionales, asi como los de bienestar y desarrollo del personal. Articulo 69º.- RELACIONES INTERNACIONALES El Ministerio de Salud, mantiene relaciones de coordinacion para el desarrollo, cooperacion, financiamiento e informacion de salud con los gobiernos extranjeros y organismos e instituciones internacionales, en el MORDAZA de las politicas de estado, tratados y convenios internacionales; mantiene enlace para difundir la informacion de salud y su conocimiento cientifico y tecnologico con las diferentes organizaciones internacionales y supranacionales para la salud. Mantiene relaciones de coordinacion para lograr la cooperacion tecnica y financiera internacional. Estrecha relaciones internacionales para la implementacion de politicas comunes de salud, y la colaboracion en las acciones conjuntas de la lucha contra las epidemias y endemias asi como en la erradicacion de las enfermedades y flagelos a la salud. TITULO IV REGIMEN LABORAL Articulo 70º.- REGIMEN LABORAL El personal del Ministerio de Salud, esta sujeto al regimen laboral de remuneraciones y beneficios sociales establecidos para los trabajadores de la actividad publica en general y a las disposiciones legales del Sector Salud en particular. TITULO V DISPOSICION FINAL Unica.- Queda derogado el Decreto Supremo Nº 00292-SA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, y todas las normas que se opongan al presente Decreto Supremo.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.