Norma Legal Oficial del día 22 de Noviembre del año 2002 (22/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 22 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de Viceministro a Colombia para participar en MORDAZA sobre seguridad y salud en el trabajo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 323-2002-TR
MORDAZA, 18 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 8 de agosto de 2002, la Coordinadora General de la Embajada de Espana en Peru, invita al ingeniero MORDAZA Villaran de la MORDAZA, Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, para participar en el "SEMINARIO LA ACCION NACIONAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN EL MORDAZA DE LA INTEGRACION ANDINA", organizado por la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional (AECI) y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales - Espana, que se llevara a cabo del 18 al 22 de noviembre de 2002 en el Centro Iberoamericano de Formacion de Cartagena de Indias, Colombia; Que, dicho MORDAZA tiene por objetivos facilitar el conocimiento mutuo y sistematizado de la situacion y acciones de los paises andinos, aproximar los criterios que orientan la accion nacional, buscar y/o incrementar los interlocutores y cauces de colaboracion entre los diferentes paises andinos y/o con la cooperacion espanola y reforzar el papel de la cooperacion horizontal entre los paises andinos y de la cooperacion bilateral entre estos y Espana en materia de seguridad y salud en el trabajo; Que, dada la relevancia del mencionado evento, asi como la naturaleza de la tematica a desarrollarse, es necesario designar a una persona para que en representacion del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo participe en el mismo; Que, el doctor MORDAZA Echeandia MORDAZA, Viceministro de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, es la persona indicada para participar en dicho evento, cuyos gastos de pasajes y viaticos seran cubiertos por la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional (AECI), siendo de cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las tarifas aeroportuarias; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y, el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA ECHEANDIA MORDAZA, Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a la MORDAZA de Cartagena de Indias, Colombia, del 18 al 22 de noviembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion con respecto a los pasajes y viaticos, seran cubiertos por los organizadores del MORDAZA, en tanto que los gastos por concepto de las tarifas aeroportuarias seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa CORPAC US$ Impuesto Colombiano US$ 25.00 30.00

Aprueban Reglamento de eleccion y designacion de representantes de creditos laborales ante la Junta de Acreedores de deudores sometidos a procedimiento concursal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 324-2002-TR
MORDAZA, 19 de noviembre del 2002 CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposicion Complementaria y Final de la Ley General del Sistema Concursal, Ley Nº 27809, establece que conforme lo previsto en el articulo 47.2 de la Ley, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, mediante Resolucion Ministerial determinara el procedimiento para elegir y designar al representante de los creditos de remuneraciones y beneficios sociales ante la Junta de Acreedores; Que, conforme a lo senalado, es pertinente dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 148-99-TR, a fin de establecer un MORDAZA procedimiento de eleccion del representante de los creditos de remuneraciones y beneficios sociales conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal, asi como incorporar las modificaciones que deban efectuarse en el citado procedimiento de designacion; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Eleccion y Designacion de los Representantes de los Creditos Laborales ante la Junta de Acreedores de los Deudores Sometidos a Procedimiento Concursal, que consta de diecisiete (17) articulos y cuatro (4) Disposiciones Transitorias y Finales, el mismo que forma parte de la presente Resolucion Articulo 2º.- El Reglamento sera aplicable a todos los procedimientos concursales establecidos en la Ley General del Sistema Concursal, o MORDAZA que haga sus veces. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 148-99-TR y las demas normas que se opongan a la presente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo REGLAMENTO DE ELECCION Y DESIGNACION DE LOS REPRESENTANTES DE CREDITOS LABORALES ANTE LA JUNTA DE ACREEDORES DE LOS DEUDORES SOMETIDOS A PROCEDIMIENTO CONCURSAL I.- ANTECEDENTES Articulo 1º.- Glosario En la aplicacion del presente Reglamento se tendran en cuenta las siguientes definiciones: - AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE TRABAJO: Se refiere a la Subdireccion de Registros Generales del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo o Autoridad Administrativa que haga sus veces. - COMISION: La Comision de Procedimientos Concursales del INDECOPI y las Comisiones que se instalen en virtud de convenios. - EMPRESA : Es la persona natural o juridica sujeta a un procedimiento concursal que cuenta con acreedores laborales. - REPRESENTANTE: El trabajador o ex trabajador elegido segun lo determina la presente norma. - JUNTA: Junta de Acreedores.

Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuesto o derechos aduaneros, cualesquiera fuesen su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 20559

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