Norma Legal Oficial del día 22 de Noviembre del año 2002 (22/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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VISTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de noviembre de 2002

El Informe Nº 001-2002-CCPM-MDB, de fecha 12 de noviembre del 2002, elaborado por la Comision de Concurso Publico de Meritos para el nombramiento del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Brena; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1282-2002-DAMDB de fecha 9 de setiembre del 2002 se designa la Comision de Concurso Publico de Meritos Nº 001-2002-MDB, para el nombramiento del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Brena, la cual esta conformada por el Director Municipal, quien la presidira; por el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos quien actuara como miembro y por el Jefe de la Unidad de Personal quien se desempenara como Secretario; Que, a traves de la Resolucion de Alcaldia Nº 16022002-DA-MDB, de fecha 14 de noviembre del 2002 se aprueba el Cuadro de Orden de Meritos del Concurso Publico para el nombramiento del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Brena, segun el informe remitido por la Comision de Concurso Publico; habiendo obtenido el primer puesto el abogado don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA con 88 puntos; Que, en tal sentido resulta necesario que mediante acto resolutivo de alcaldia se nombre a la persona que resulto ganador del Concurso Publico de Meritos para el nombramiento de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Brena, por lo expuesto en el considerando que antecede; Que, por otro lado es pertinente senalar que el Cuadro de Meritos aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1602-2002-DA-MDB, de fecha 14 de noviembre del 2002, tiene una vigencia de 6 meses de acuerdo a lo previsto en el articulo 33º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a fin de aplicarse en los casos previstos por ley; De conformidad con la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, Ley Nº 27204 que precisa que el cargo de Ejecutor Coactivo no es cargo de confianza, con el Decreto Legislativo Nº 276 -Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico- y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el articulo 47º inciso 6to. Y 13avo. de la - Ley Nº 23853; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- NOMBRAR a partir de la fecha, al abogado MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Brena, Plaza Vacante Nº 34 del Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), vigente, ganador del Concurso Publico para el nombramiento de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Brena. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Administracion la notificacion de la presente resolucion al interesado, asi como la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- DISPONER, que la Unidad de Personal le abone sus remuneraciones conforme al nivel establecido en el Presupuesto Analitico de Personal de la Municipalidad. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20577

Visto el expediente de la referencia Nº 4568-2001, seguidos por la COOPERATIVA DE VIVIENDA MORDAZA PATRON LTDA. Nº 367 con el que solicita la recepcion de obras en forma progresiva para uso de vivienda de la habilitacion MORDAZA para uso residencial del terreno de 175,451.60 m2 que formo parte del fundo MORDAZA denominado Chosica, ubicado en el distrito de Lurigancho Chosica, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 3485 de fecha 14 de setiembre de 1983, expedida por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, se aprobo los Estudios Preliminares de Habilitacion MORDAZA para uso de vivienda, sujetandose a la calificacion otorgada por la comision calificadora de uso y subdivision de tierras como MORDAZA C-3 del terreno de Ciento Setenticinco Mil Setecientos Veinticuatro metros cuadrados (175,724.00 m2), con un area habilitable de ciento cincuenta y cuatro mil quinientos veinticuatro metros cuadrados (154,524.00 m2); Que, la comision tecnica calificadora de habilitacion y subdivision de tierras de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana en acuerdo Nº 05 tomado en la sesion Nº 06-88 de fecha 9 de marzo de 1988, acordo aprobar el MORDAZA de habilitacion MORDAZA en vias de regularizacion para uso residencial, habiendo senalado la calificacion electrica correspondiente; Que, por Resolucion de Alcaldia MLM/AM-SMDU Nº 521 de fecha 6 de junio de 1988, expedida por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana se aprobo en via de regularizacion el MORDAZA de habilitacion MORDAZA para Uso Residencial en la Etapa de Estudios Preliminares del terreno de CIENTO SETENTICINCO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (175,724.00 m2) con un area habilitable de OCHENTIUN MIL CIENTO SIETE METROS CUADRADOS (81,107.00) ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima; Que los aportes reglamentarios correspondientes a Recreacion Publica en un area de 11,622.20 m2, Ministerio de Educacion en un area de 2,159,00 y del servicio de parques, seran redimidos en dinero, ubicandosele para los efectos de su tasacion con frente a la autopista "Lima MORDAZA Palma"; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 802/95-MDL de fecha 26 de MORDAZA de 1995, expedida por la Municipalidad de Lurigancho - Chosica, se resuelve recepcionar en via de regularizacion las obras de agua y desague de la Cooperativa de Vivienda MORDAZA Patron Ltda. Nº 367 - Chosica para fines de habilitacion MORDAZA en virtud a lo expuesto en la parte correspondiente; Que, los recurrentes presentan Certificado Vial de Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por el que se sustenta la seccion y eje vial de la autopista MORDAZA Priale, la misma que se puede apreciar en plano de lotizacion firmada por recurrente y profesional; Que, la recurrente mediante documento de fecha 23 de octubre del 2002 ha cumplido con prestar garantia suficiente para el pago de la liquidacion del derecho de tramite de la recepcion de obra, garantizando dicho pago con los lotes Nº 07, 08, 09 de la Mz. Q de la habilitacion urbana: Que, dentro del MORDAZA de la Legislacion Especial vigente que debe regir para el caso materia de autos la Oficina de Asesoria Legal informa que estando a las instrumentales obrantes la Administracion Distrital debe hacer suya, en puridad de una debida aplicacion de las normas juridicas contenidas en la Ley Nº 26878 y el D.S. Nº 01198-MTC (Ley General de Habilitaciones Urbanas y su Reglamento respectivamente) lo manifestado por la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana mediante oficio s/n de fojas 198 en el que se expresa que no es de aplicacion el silencio administrativo positivo para el caso materia de autos por tratarse de un procedimiento de recepcion de obras; Que, el referido organo expresa que el Art. 4º de la Ley Nº 26878 prescribe sobre la calidad de "simplificado" que posee el procedimiento de recepcion de obras, en tal sentido debe de ordenarse las disposiciones del Art. 17º del D.S. Nº 011-98-MTC en cuanto a los requisitos que deben cumplir las solicitudes y el "Principio de Presuncion de Veracidad" que establece la Ley Nº 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General), ademas, se agrega que conteniendo dentro del area habilitada de la solicitante la via MORDAZA Priale tengase en cuenta el informe de INVERMET para mejor resolver el petitorio de la solicitante; Que, por otro lado debe atenderse lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal en cuanto a lo dispuesto por el

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA
Declaran procedente recepcion de obras de MORDAZA progresivo para uso de vivienda de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1883/2002.MDLCH
Ref. Exp. Nº 4568-2001 Cooperativa de Vivienda MORDAZA Patron Chosica, 12 de noviembre de 2002

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