Norma Legal Oficial del día 22 de Noviembre del año 2002 (22/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 22 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Art. 20º, del TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, D.S. Nº 011-98-MTC; Que, el replanteo de planos debe adecuarse a lo planes de desarrollo MORDAZA adoptados por la Municipalidad Provincial, la misma que en el presente procedimiento debe aplicarse lo dispuesto en el acotado cuerpo normativo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar PROCEDENTE la solicitud de Recepcion de obras de MORDAZA progresivo para uso de vivienda, presentada por Cooperativa de Vivienda MORDAZA Patron Ltda. Nº 367, de conformidad con el plano signado con el Nº U-A1, P-A3 y TL-A-2, las Obras de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno de CIENTO SETENTICINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTIUNO Y 60 m2 (175,451.60 m2), constituidos por parte del fundo MORDAZA denominado Chosica, ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- PRECISAR que el area bruta total es de 175,451.60 m2 (ciento setenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y un metros cuadrados con sesenta decimetros cuadrados) de la cual corresponde a area util de vivienda 83,639,40 m2 (ochenta y tres mil seiscientos treinta y nueve metros cuadrados con cuarenta decimetros cuadrados), considerando como parte integrante de la presente resolucion la memoria descriptiva que se adjunta. Asimismo, de la diferencia de 91,812.20 m2 (noventa y un mil ochocientos metros cuadrados con veinte decimetros cuadrados), corresponde un area de recreacion publica 6,806.30 m2 (seis mil ochocientos seis metros cuadrados con treinta decimetros cuadrados), un area de vias 78,667.10 m2 (setenta y ocho mil seiscientos sesenta y siete mil metros cuadrados con diez decimetros cuadrados), area en posesion del A.H. Senor de los MORDAZA 4,809.10 m2 (cuatro mil ochocientos nueve metros cuadrados con diez decimetros cuadrados), y area de educacion 1,529.70 m2 (mil quinientos veintinueve metros cuadrados con setenta decimetros cuadrados). Articulo Tercero.- DECLARESE a la presente recepcion de obra como parte final de la habilitacion MORDAZA de MORDAZA progresivo, aprobada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Resolucion de Alcaldia Nº 3485, dejandose diferida las obras de pavimentacion de calzadas y aceras, ornamentacion y sembrios de parques, para ser ejecutadas por los adjudicatarios de los lotes en un plazo MORDAZA de diez (10) anos a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA a traves de la Division de Catastro y Licencias, incorporar la presente Habilitacion MORDAZA en el plan MORDAZA del distrito de Lurigancho - Chosica; asi mismo, que en coordinacion con la Secretaria General se proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 20º del D.S. Nº 011-98-MTC, TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20651

Que de conformidad con lo establecido en los Articulos 74º, 191º y 192º inciso 3) de la Constitucion, el Articulo 10º inciso 4) de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por la Ley Nº 23853, asi como el antepenultimo parrafo de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar y el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, entre los cuales esta la creacion, modificacion, supresion o exoneracion mediante Ordenanza de las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; En tal sentido es recomendable establecer un regimen de beneficio de regularizacion en cuanto a la aplicacion de los reajustes e intereses moratorios de las deudas tributarias; Estando a lo dispuesto en el Informe Nº 00792-01-SAT/ MML, el Informe Nº 124-2002-DR-MDMM de la Direccion de Rentas y el Articulo 109º y el inciso 4) del Articulo 134º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE REGULARIZACION SOBRE PAGO DE IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y MULTAS TRIBUTARIAS Articulo 1º.- Otorguese un Beneficio Tributario Especial a los contribuyentes de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, de la siguiente manera: - La rebaja del 100% de intereses moratorios, factor de ajuste o factor de actualizacion, para los contribuyentes que tengan deudas vencidas o pendientes de pago por concepto del Impuesto Predial de 1994 al 2002 y por Arbitrios Municipales del ano 2002. - La condonacion de Insolutos e intereses de Arbitrios Municipales para todos los contribuyentes sin distingo alguno, de acuerdo al siguiente cuadro: CUADRO DE BENEFICIOS DE CONDONACION POR ANOS CONCEPTO Limpieza Publica Parques y Jardines Serenazgo Intereses 1996-1998 100% 100% 100% 100% 1999 50% 50% 50% 100% 2000 30% 30% ----100% 2001 20% 20% 20% 100%

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Beneficio de Regularizacion para pago del Impuesto Predial, Arbitrios y Multas Tributarias
ORDENANZA Nº 123-MDMM MORDAZA MORDAZA, 20 de noviembre del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta; y,

Durante la vigencia de la presente Ordenanza, se dispondra la condonacion del 100% del insoluto e intereses de multas tributarias. Articulo 2º.- Los contribuyentes que no se acojan a los beneficios anteriores y tengan deudas mayores o iguales a S/. 310.00 (Trescientos Diez y 00/100 Nuevos Soles) podran fraccionarlas, sin intereses ni moras, en tres cuotas iguales de 33.33% cada una, los intereses que se generan por el fraccionamiento se condonaran al 100%. Los contribuyentes que se encuentren con convenios de fraccionamiento vigentes o en cobranza coactiva podran acogerse al presente beneficio, en la modalidad de Refinanciamiento de deuda, al cual podran acumular nuevas deudas y pagarlas en tres cuotas iguales de acuerdo al parrafo anterior. Articulo 3º.- Tratandose de contribuyentes que tengan pendiente recursos de reclamacion o de apelacion en tramite, podran acogerse al Regimen Especial establecido en la presente Ordenanza, presentando original o fotocopia autenticada del recurso de desistimiento de la impugnacion formulada y/o pagando las deudas tributarias reclamadas. Articulo 4º.- El plazo para acogerse al Regimen Especial de Regularizacion vence el 2 de diciembre del 2002. Articulo 5º.- Podran acogerse al presente beneficio todos los contribuyentes, cuyos valores se encuentren en cobranza coactiva pagando el total del insoluto mas S/. 1.00 (Un y 00/100 nuevos soles) de Gastos administrativos. Articulo 6º.- Para aquellos Contribuyentes que se hayan acogido a lo establecido en la Ordenanza Nº 057, Canje de Deudas en Especies, podran acogerse a la presente

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