Norma Legal Oficial del día 18 de Octubre del año 2002 (18/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 18 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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Economia y Finanzas a traves de la Oficina de Inversiones es la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica. Dicta las normas tecnicas, metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica; Que, el Articulo 9º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Oficina de Inversiones califica la viabilidad de los proyectos que se encuentren en la fase de Preinversion, pudiendo delegar a los sectores esta atribucion total o parcialmente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 158-2001-EF15 se modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, como consecuencia de la reestructuracion organizativa institucional, aprobada por Decreto Supremo Nº 071-2001-EF; disponiendose que la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico desarrolle las funciones de la Oficina de Inversiones que le fueran asignadas en el MORDAZA de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, el Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, que aprueba el MORDAZA Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica dispone en su primera disposicion complementaria que el Ministerio de Economia y Finanzas aprobara, en un plazo no mayor de 15 dias calendario de entrada en vigencia de la presente MORDAZA, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, mediante Resolucion Ministerial, la delegacion de facultades para la declaracion de viabilidad de los Proyectos de Inversion Publica. En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y la Ley Nº 27293 y el Decreto Supremo 1572002-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion de Facultades a las Oficinas de Programacion e Inversiones de los Sectores y a los Gobiernos Regionales
MORDAZA DE PROYECTO

1.1. Delegar, a las Oficinas de Programacion e Inversiones de todos los Sectores y a los Titulares de Pliego de los Gobiernos Regionales, la facultad, que la Ley Nº 27293 confiere a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversion Publica que cumplan con todos los siguientes requisitos: a. Se traten de Proyectos de Inversion Publica que se enmarquen en los tipos senalados en el listado contenido en la presente norma. b. Se traten de Proyectos que se enmarquen en los Lineamientos de Politica expresados en el Plan Estrategico de caracter Multianual del Sector y en el Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Region. Articulo 2º.- Tipologia de Proyectos 2.1. En el caso de la delegacion a favor de las Oficinas de Programacion e Inversiones de los Sectores, se aplicara a los Proyectos de Inversion Publica cuya evaluacion corresponda a dicho Sector, de acuerdo al Clasificador de Responsabilidad Funcional del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, que, como anexo, forma parte de la presente norma. 2.2. En todos los casos, la delegacion solo podra ser utilizada para la declaracion de viabilidad de aquellos Proyectos de Inversion Publica enmarcados en los tipos senalados en el siguiente listado, que cumplan con los requisitos enunciados en el articulo precedente y se enmarquen en los montos maximos establecidos para Sectores (delegacion hecha a las Oficinas de Programacion e Inversiones de cada Sector) o para Gobiernos Regionales (delegacion hecha a los Titulares de Pliego):
LA DELEGACION SE ENTENDERA HECHA A FAVOR DE SECTOR GOBIERNO SIEMPRE QUE EL REGIONAL
MONTO TOTAL NO SUPERE LOS S /. SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL NO SUPERE LOS S /.

REHABILITACION O MEJORAMIENTO DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN AREA MORDAZA REHABILITACION O MEJORAMIENTO DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL O DE PEQUENAS CIUDADES DRENAJE PLUVIAL MORDAZA REHABILITACION O MEJORAMIENTO DE CAMINOS RURALES REHABILITA CION O MEJORAMIENTO DE CAMINOS DE HERRADURA CONSTRUCCION, REHABILITACION O MEJORAMIENTO DE PUENTES DE LA RED VIAL VECINAL REHABILITACION O MEJORAMIENTO DE PISTAS Y VEREDAS EN AREAS URBANAS CREACION, AMPLIACION, REHABILITACION O MODERNIZACION DE LOS SERVICIOS ELECTRICOS AMPLIACION, RECUPERACION O MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD EXISTENTES AMPLIACION, RECUPERACION O MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION EXISTENTES AMPLIACION, RECUPERACION O MEJORAMIENTO DE SERVICIOS DE EDUCACION UNIVERSITARIA EXISTENTES AMPLIACION, RECUPERACION O MEJORAMIENTO DE SERVICIOS DE PROMOCION DEL EMPLEO EXISTENTES AMPLIACION, RECUPERACION O MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA EXISTENTES AMPLIACION, RECUPERACION O MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE READAPTACION SOCIAL EXISTENTES AMPLIACION, RECUPERACION O MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA EXISTENTES AMPLIACION, RECUPERACION O MEJORAMIENTO DE SERVICIOS DE ATENCION AL MENOR Y LAS POBLACIONES EN DESVENTAJA EXISTENTES AMPLIACION, RECUPERACION O MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS Y EMERGENCIAS MENORES EXISTENTES AMPLIACION, RECUPERACION O MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS VINCULADOS AL MORDAZA LEGISLATIVO PUESTA EN VALOR DE ATRACTIVOS PERTENECIENTES A CIRCUITOS TURISTICOS REHABILITACION O MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PESQUERA ARTESANAL PROYECTOS DE RIEGO Y DRENAJE E INFRAESTRUCTURA DE RIEGO PROYECTOS DE MANEJO Y CONSERVACION DE SUELOS PROYECTOS DE FORESTA CION Y REFORESTACION AMPLIACION, RECUPERACION, MEJORAMIENTO O MODERNIZACION DE UNIDADES E INFRAESTRUCTURA MILITAR, SISTEMAS DE MORDAZA Y ARMAMENTO

2 000 000.00 1 000 000.00 3 000 000.00 5 000 000.00 2 000 000.00 2 000 000.00
SIN LIMITE

300 000.00 300 000.00 300 000.00 1 000 000.00 500 000.00 1 000 000.00 1 000 000.00 300 000.00 300 000.00 300 000.00
NO APLICA

1 000 000.00 1 000 000.00 1 000 000.00 2 000 000.00 1 000 000.00 1 000 000.00 1 000 000.00 1 000 000.00 1 500 000.00 1 000 000.00 1 000 000.00 1 000 000.00 1 000 000.00 3 000 000.00 3 000 000.00 3 000 000.00
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500 000.00 300 000.00 300 000.00 300 000.00 300 000.00
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