Norma Legal Oficial del día 18 de Octubre del año 2002 (18/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de octubre de 2002

Articulo 3º.- Prohibicion de fraccionamiento Un Proyecto de Inversion Publica debe constituir la solucion integral a un problema especifico vinculado a la finalidad de la Entidad. En consecuencia, queda prohibido, bajo responsabilidad de la Unidad Formuladora, el fraccionamiento de un Proyecto de Inversion Publica con el objeto de aplicar la delegacion dispuesta en los articulos precedentes. Articulo 4º.- Acceso al Banco de Proyectos para evaluar y declarar la viabilidad 4.1. Al registrar el Proyecto de Inversion Publica, a nivel de perfil, el Banco de Proyectos habilita el acceso de la Oficina de Programacion e Inversiones o de la Unidad Formuladora, segun corresponda, para registrar la evaluacion y la declaracion de viabilidad del proyecto. 4.2. En el caso de los Proyectos de Inversion Publica, que se enmarcan en la tipologia descrita en el articulo 2º y que se hallen registrados en el Banco de Proyectos al momento de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, la Unidad Formuladora debera actualizar en la Ficha registrada la informacion referida al MORDAZA de proyecto, con el fin de habilitar el acceso que corresponda. En ningun caso debera registrarse nuevamente el mismo proyecto. 4.3. Si luego de registrado y evaluado el Proyecto de Inversion Publica, por efecto de las observaciones o estudios posteriores, el monto de inversion originalmente estimado disminuye hasta un nivel que pueda enmarcarse en la delegacion de facultades otorgadas por la presente MORDAZA a una instancia distinta de la que tenia la facultad para declarar la viabilidad al momento de registrar el perfil, la instancia original continuara ejerciendo dicha facultad. 4.4. Si por los mismos efectos, el monto de inversion originalmente estimado se incrementa hasta un nivel fuera del ambito de la delegacion de facultades otorgadas por la presente MORDAZA, el sistema operativo del Banco de Proyectos habilitara a la instancia que ostente dicha facultad. Articulo 5º.- Obligacion de informar 5.1. Las Oficinas de Programacion e Inversiones de cada Sector, o la que haga sus veces en el Gobierno Regional, remitiran MORDAZA del formato de declaracion de viabilidad, de los proyectos declarados viables en uso de la delegacion que se aprueba por la presente Resolucion, a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas (y cuando corresponda, a la Oficina de Programacion e Inversiones del Sector responsable de la Funcion) en el plazo MORDAZA de cinco dias utiles posterior a dicha declaracion. 5.2. En el caso de los proyectos que se enmarquen en la delegacion a que se refiere el articulo 2 y que a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA hayan sido observados por la Oficina de Programacion e Inversiones del Sector que tenia a su cargo la evaluacion, o por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, la Unidad Formuladora debera obligatoriamente considerar las observaciones y recomendaciones efectuadas. La remision del formato a que alude el numeral 5.1 debera ser acompanada del informe que evidencie el levantamiento de las observaciones. 5.3. La Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico solicitara toda la informacion que considere necesaria a fin de evaluar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente norma. Articulo 6º.- Cumplimiento de la fase de Preinversion 6.1. Precisese que los proyectos, cuya viabilidad sea declarada en uso de la delegacion autorizada por la presente MORDAZA, deberan observar todos los requisitos exigidos para la elaboracion y aprobacion de los estudios de preinversion, de acuerdo a los Contenidos Minimos y lo dispuesto por la normatividad vigente del Sistema Nacional de Inversion Publica. 6.2. La facultad delegada por la presente MORDAZA no puede ser utilizada, bajo responsabilidad, para declarar la viabilidad de proyectos, cuya ejecucion o la elaboracion de

los estudios definitivos o expediente tecnico se MORDAZA iniciado MORDAZA de la vigencia de la presente norma; ni para proyectos que hayan sido evaluados y rechazados por la Oficina de Programacion e Inversiones o la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico. Articulo 7º.- Evaluacion y modificaciones a la delegacion de facultades 7.1. La Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico evalua semestralmente una muestra de los Proyectos de Inversion Publica declarados viables en uso de la delegacion dispuesta por la presente norma. Dicha evaluacion se basara en los criterios tecnicos que sustentan la metodologia de evaluacion de Proyectos de Inversion Publica que deben ser observados por la Unidad Formuladora en la elaboracion de los estudios de preinversion, en los Contenidos Minimos y en la normatividad vigente del Sistema Nacional de Inversion Publica. 7.2. La Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, en funcion del resultado de dicha evaluacion, podra recomendar, mediante informe fundamentado: a) La modificacion del listado contenido en la presente norma; b) Se restrinja o suspenda, a una determinada Oficina de Programacion e Inversiones o la que haga sus veces en el Gobierno Regional, la delegacion a que hace referencia la presente MORDAZA, por incumplimiento de las disposiciones en esta contempladas (en cuyo caso se MORDAZA cuenta al organo de control respectivo); o, c) Se amplie el alcance de la delegacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Disposicion Transitoria En tanto no se conformen los Gobiernos Regionales, la alusion a estos, contenida en la presente MORDAZA, se entendera hecha a los Consejos Transitorios de Administracion Regional. En consecuencia la facultad para declarar la viabilidad se entendera delegada a favor de los Presidentes Ejecutivos de dichos Consejos. Segunda.- Vigencia La presente MORDAZA entra en vigencia el mismo dia de su publicacion. Tercera.- MORDAZA derogatoria Dejese sin efecto el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 182-2000-EF-10. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 18450

EDUCACION
Declaran en reestructuracion al Instituto Nacional de Cultura
DECRETO SUPREMO Nº 034-2002-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado ha declarado al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano;

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