Norma Legal Oficial del día 18 de Octubre del año 2002 (18/10/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 18 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 231565

MORDAZA indicada, para ser ejecutada en la adquisicion de una embarcacion pesquera con 170.12 m3 de capacidad de bodega, reservandose un saldo de 32 m3 de volumen de bodega y por el plazo que la Ley lo determina a favor de MORDAZA FERRADAS ARCE; Que mediante el escrito presentado con fecha 4 de octubre del 2002, MORDAZA DE ONS S.A., MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA FERRADAS MORDAZA, en virtud de la Cesion de Posesion Contractual, presentan un MORDAZA petitorio, en la que solicitan se consigne a MORDAZA DE ONS S.A., como MORDAZA titular de la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Directoral Nº 235-2002-PE/DNEPP, en razon a su condicion de asociante, segun la MORDAZA Clausula Adicional al Addendum Modificatorio al Contrato de Asociacion en Participacion suscrito. Asimismo ratifican la solicitud presentada, en el extremo de la modificacion de las caracteristicas de la embarcacion cuyo incremento de flota ha sido otorgado por la Resolucion Directoral MORDAZA indicada, para ser ejecutada en una embarcacion con 170.12 m3, reservando ademas el saldo de 32 m3 de capacidad de bodega, a favor del senor MORDAZA FERRADAS ARCE; Que en tal sentido, considerando que MORDAZA DE ONS S.A., cuenta con facultades concedidas en la MORDAZA Clausula Adicional al Addendum Modificatorio al Contrato de Asociacion en Participacion celebrado con los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA FERRADAS MORDAZA, para ejecutar la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 2352002-PE/DNEPP, mediante la adquisicion de una embarcacion pesquera de 170.12 m3 de capacidad de bodega, corresponde declarar procedente lo solicitado y como consecuencia de ello, modificar la resolucion autoritativa, condicionando que debera ejecutarse en el mismo plazo establecido en la Resolucion Directoral Nº 235-2002-PE/DNEPP, asi como que debe reservarse los 32 m3 de capacidad de bodega restantes a favor de MORDAZA MORDAZA FERRADAS ARCE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 004-2002PRODUCE/DNEPP-CHI y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad, con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; y, En uso de las facultades, conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 235-2002-PE/DNEPP, el mismo que tendra el siguiente texto: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA DE ONS S.A., en su condicion de asociante en el contrato de asociacion en participacion celebrado con MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ferradas MORDAZA, titular del derecho de sustitucion de la embarcacion MARANATHA con matricula Nº CE10409-PM y 202.12 m3 de volumen de bodega, autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de bodega de la mencionada embarcacion, para la adquisicion de una embarcacion pesquera de 170.12 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½" pulgada (13 mm.) y 1 ½" pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto. Articulo 2º.- Reservar el saldo de 32 m3 de capacidad de bodega, como resultado de la diferencia existente entre las capacidades de bodega establecida en la Resolucion Directoral Nº 235-2002-PE/DNEPP y la consignada en el articulo anterior para construir una nueva embarcacion, a favor del senor MORDAZA MORDAZA FERRADAS ARCE. Articulo 3º.- Precisese que el plazo de vigencia de la autorizacion de incremento de flota a que se refiere la pre-

sente resolucion es de dieciocho (18) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Resolucion Directoral Nº 235-2002-PE/DNEPP. Articulo 4º.- La utilizacion del saldo reservado a favor del senor MORDAZA MORDAZA FERRADAS MORDAZA, solo podra solicitarse dentro del plazo de noventa (90) dias calendario contado a partir de la publicacion de la presente resolucion. Vencido dicho plazo, el derecho de utilizacion del saldo caducara de pleno derecho. Articulo 5º.- Incluir la presente autorizacion de incremento de flota en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE; excluyendo de dicho anexo la autorizacion de incremento de flota otorgado por la Resolucion Directoral Nº 235-2002-PE/DNEPP. Articulo 6º.- La embarcacion pesquera MARANATHA de matricula Nº CE-10409-PM, mantendra vigente su permiso de pesca y podra operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion este en condiciones de efectuar faenas de pesca y obtenga su correspondiente permiso; ratificando de esta manera lo dispuesto en el articulo 5º de la Resolucion Directoral Nº 235-2002-PE/DNEPP. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 18421

Otorgan autorizacion de incremento de flota a Pesquera MORDAZA S.A. por contrato de asociacion en participacion celebrado con Los Halcones S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 080-2002-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 14 de octubre del 2002 Vistos los escritos de registro Nº CE-00922002 de fechas 22 y 28 de agosto y 16 de setiembre del 2002, presentados por la empresa pesquera LOS HALCONES S.A. CONSIDERANDO: Que el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria, en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos, y tratandose de embarcaciones pesqueras para consumo indirecto, solo se otorgara siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente; Que por Resolucion Ministerial Nº 251-97-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 081-98-PE se otorgo permiso de pesca a la empresa LOS HALCONES S.A. para operar la embarcacion pesquera CHINCHA 5 de matricula CE-0562-PM con 261.98 m3 de capacidad de bodega, para extraer los recursos anchoveta y sardina para el consumo humano indirecto; Que mediante la Resolucion Directoral Nº 377-2001PE/DNEPP de fecha 27 de diciembre del 2001 a solicitud del armador, se suspende por razones de caracter economico hasta el 31 de diciembre de 2002, el permiso de pesca a la empresa LOS HALCONES S.A. concedido por la Resolucion Ministerial Nº 251-97-PE modificada por la Resolucion Ministerial Nº 081-98-PE, para operar la embarcacion pesquera CHINCHA 5, para extraer los recur-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.