Norma Legal Oficial del día 24 de Octubre del año 2002 (24/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 24 de octubre de 2002 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18848 RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2002-MINCETUR MORDAZA, 23 de octubre de 2002 Visto el Oficio Nº 188-2002-DN, de fecha 13 de agosto de 2002 del Director Nacional del Centro Formacion en Turismo - CENFOTUR; CONSIDERANDO:

Articulo Unico.- Designar a los siguientes funcionarios como titulares responsables de brindar la informacion a que se refiere el articulo 3º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Ley Nº 27806: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Ministerio de Energia y Minas, quien actuara como funcionario responsable de brindar la informacion producida por la Alta Direccion del Ministerio de Energia y Minas (Despacho Ministerial, Despacho del Viceministro de Energia, Despacho de Viceministro de Minas, Secretaria General). Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Oficina General de Sistemas del Ministerio de Energia y Minas, quien actuara como funcionario responsable de brindar la informacion producida por todas las demas dependencias del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 18713

MINCETUR
Exceptuan publicaciones y material impreso requeridos por PROMPERU, CENFOTUR y el Comite de Administracion de la ZOTAC de disposiciones del D.U. Nº 030-2002
RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2002-MINCETUR MORDAZA, 23 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se aprobaron medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el ano fiscal 2002; Que, el Decreto de Urgencia Nº 033-2002 ha establecido disposiciones para la aprobacion de excepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto publico a las que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; Que, la Comision de Promocion del Peru - PromPeru, creada por Decreto Supremo Nº 010-93-PCM, elevada a rango de Ley por el Decreto Legislativo Nº 833, es una entidad publica encargada de la difusion de la imagen y la realidad del Peru en el exterior, asi como de la promocion del turismo receptivo e interno; Que, la Comision de Promocion del Peru, en el desarrollo de sus funciones realiza actividades de promocion a nivel nacional e internacional, desarrollando ferias, workshops, exposiciones y capacitaciones, destinadas a difundir la imagen del Peru y promover el turismo hacia y en el Peru, requiriendo para tal efecto editar publicaciones y diverso material impreso para difundir la imagen del Peru y promoverlo como destino turistico; Que, para la realizacion de tales funciones, PromPeru requiere realizar ediciones y publicaciones de libros, revistas, boletines, calendarios, afiches, videos y demas material grafico impreso o en imagenes, a fin de cumplir con sus objetivos promocionales de turismo para la cual ha sido creada; Que, por tal razon, es necesario exceptuar a PromPeru del cumplimiento de la MORDAZA contenida en el numeral 3.4 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779, Ley Nº 27790 y Decreto de Urgencia Nº 033-2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exceptuar a la Comision de Promocion del Peru - PromPeru, del cumplimiento de la MORDAZA de austeridad contenida en el numeral 3.4 del Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, dando cuenta detallada al Directorio de los gastos efectuados en publicaciones.

Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se han dictado medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el Ano Fiscal 2002, reglamentadas por Resolucion Ministerial Nº 264-2002-EF/ 10; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 033-2002 las excepciones para la aplicacion de las normas contenidas en el citado Decreto de Urgencia Nº 030-2002, seran aprobados mediante Resolucion Suprema; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 22155, el Centro de Formacion en Turismo - CENFOTUR, tiene como finalidad planificar y ejecutar en el MORDAZA la politica de formacion, capacitacion y perfeccionamiento del personal en los diferentes niveles ocupacionales de la actividad turistica, sobre la base de los lineamientos de la politica nacional y sectorial, en concordancia con la Ley General de Educacion; Que, para el cumplimiento de sus fines el CENFOTUR realiza programas de difusion de las actividades educativas que desarrolla, para lo cual debe contratar la edicion de publicaciones y servicios de publicidad; por cuya razon es pertinente exceptuarla del cumplimiento de la MORDAZA contenida en el acapite 3.4 del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779 y Decreto de Urgencia Nº 033-2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exceptuase al Centro de Formacion en Turismo - CENFOTUR, del cumplimiento de la MORDAZA de austeridad comprendida en el acapite 3.4 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, para las publicaciones dirigidas a la difusion de las actividades educativas que desarrolla, previa aprobacion en cada caso del Viceministro de Turismo. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18849 RESOLUCION SUPREMA Nº 013-2002-MINCETUR MORDAZA, 23 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se dictaron medidas complementarias de austeridad y racio-

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