Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2002 (15/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de setiembre de 2002

razon a las facilidades otorgadas por la Institucion anfitriona y de conformidad con lo estipulado por el ultimo parrafo del articulo 5º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 5 de junio de 2002, y de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos: US$ 200.00 x 5 Oficiales x 4 dias x 25%. Impuesto de Aeropuerto: US$ 25.00 x 5 Oficiales. Articulo 4º.- El citado Personal FAP, debera cumplir con sustentar lo senalado en los Articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 16531

sur del Peru y a la comunidad del MORDAZA de MORDAZA e Irrigacion Majes. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 16610 RESOLUCION SUPREMA Nº 223-2002-EF MORDAZA, 10 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, Adventist Development and Relief Agency (ADRA) International de Estados Unidos de MORDAZA ha efectuado una donacion a favor de la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asistenciales/Obra Filantropica y Asistencia Social Adventista del Peru - ADRA/ OFASA DEL PERU consistente en ropa usada que sera destinada al Plan de Preposicionamiento de Respuesta a la Emergencia, que sera enviada a la MORDAZA Norte para emergencias; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por Adventist Development and Relief Agency (ADRA) International de Estados Unidos de MORDAZA, a favor de la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asistenciales/Obra Filantropica y Asistencia Social Adventista del Peru - ADRA/ OFASA DEL PERU consistente en ropa usada segun Carta de Donacion sin fecha. Dicha donacion sera destinada al Plan de Preposicionamiento de Respuesta a la Emergencia, que sera enviada a la MORDAZA Norte para emergencias. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan donaciones de alimentos, ropa, libros y otros bienes que seran destinados a damnificados por sismo, a MORDAZA de emergencias y menores de zonas marginales
RESOLUCION SUPREMA Nº 222-2002-EF MORDAZA, 10 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, Canadian Food for Children de Toronto, Ontario, Canada, ha efectuado una donacion a favor de la Asociacion Centro Asistencial Integral MORDAZA - MORDAZA, consistente en diversos bienes destinados a los damnificados del sismo del 23 de junio de 2001 ocurrido en el sur del Peru y a la comunidad del MORDAZA de MORDAZA e Irrigacion Majes; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por Canadian Food for Children de Toronto, Ontario, Canada, a favor de la Asociacion Centro Asistencial Integral MORDAZA - MORDAZA, consistente en sacos de arvejas, MORDAZA de cereales y otros bienes con un valor aproximado de CAN $ 3 494,00 (Tres Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro y 00/100 Dolares Canadienses) equivalentes a US$ 2 329,33 (Dos Mil Trescientos Veintinueve y 33/ 100 Dolares de Estados Unidos de America) segun Certificado de Donacion sin fecha y un peso aproximado de 9 679 kgs., segun Conocimiento de Embarque Nº 45B003794 de CSAV Compania Sud Americana de Vapores S.A. Dicha donacion ha sido destinada a los damnificados del sismo del 23 de junio de 2001 ocurrido en el

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