Norma Legal Oficial del día 10 de Abril del año 2003 (10/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, mediante dicho recurso administrativo LABORATORIOS AC FARMA S.A. aduce que el Comite Especial considero en la evaluacion tecnica que el blister de su muestra con especificaciones de PVC incoloro, le correspondia cuatro puntos de los cinco posibles; Que, la empresa recurrente tambien cuestiona la aplicacion del puntaje otorgado durante la evaluacion tecnica a favor de la empresa ganadora de la Buena Pro en razon que dicha entidad no cuenta, en cuanto se refiere al item en mencion, con el certificado de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) para medicamentos Cefalosporinicos, por lo que solicita se desestime los SIETE (07) puntos otorgados por el Comite Especial a favor de la Empresa ganadora, con lo que se deberia declarar la nulidad de la Buena Pro del item 35 otorgandosele al recurrente; Que, del analisis de lo actuado, se desprende que resulta atendible el pedido de la recurrente, mas aun si se tiene en cuenta que el Certificado de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) otorgada por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) que debio presentar la entidad ganadora de la Buena Pro corresponde para medicamentos Cefalosporinicos y no para medicamentos no-Penicilinicos, lo cual invalida el puntaje de siete puntos otorgados a la empresa ganadora; Que, del mismo modo existe una Absolucion de Consulta que forma parte de las Bases Administrativas Integradas que permite que el material del blister sea PVC MORDAZA incoloro, por lo que es atendible el pedido formulado; Que, el Articulo 170º inciso (1) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, de fecha 12 febrero 2001, concordante con el Articulo 171º, ultimo parrafo, que regula el contenido de la resolucion de la Entidad, dispone que es de aplicacion lo dispuesto en el Articulo 180º en lo que sea pertinente; por lo que dicho Articulo en su inciso (b), MORDAZA parrafo, senala que si los actos impugnados estan directamente vinculados al otorgamiento de la Buena Pro, el Tribunal ademas efectuara el analisis pertinente sobre el fondo del MORDAZA y otorgara la Buena Pro a quien corresponda, siendo improcedente cualquier impugnacion administrativa a dicho otorgamiento, accion facultada en este caso al Titular de la Entidad; Que, de conformidad a lo dispuesto en la normatividad senalada en el considerando precedente y en concordancia con los Articulos 26º y 171º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, de fecha 12 febrero 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el Recurso de Apelacion interpuesto por LABORATORIOS AC FARMA S.A., en lo que respecta al item 35 por la adquisicion de CEFALEXINA 500 mg o CEFRADINA 500 mg, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Otorgar la Buena Pro del item 35 de la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003 DISAMAR-MGP a que se refiere el Acta de fecha 10 marzo 2003, a LABORATORIOS AC FARMA S.A, conforme al anexo, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar al Comite Especial notifique la presente Resolucion a LABORATORIOS AC FARMA S.A. y a la empresa MEDIFARMA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 06880

Visto el Oficio Nº 057/PER/AD/SE de fecha 4 de marzo de 2003 del Agregado de Defensa de la Embajada de MORDAZA en el Peru, Oficio II-55-DOEN-Nº 0486 de fecha 12 de marzo de 2003 del Comandante de Operaciones y papeleta de tramite Nº 1259-SGFA del 21 de marzo de 2003 del Secretario General de la FAP; referentes al nombramiento en el extranjero del Mayor FAP TRYON CARBONE MORDAZA MORDAZA y del Capitan FAP MORDAZA FALCKENHEINER MORDAZA Eduardo; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales nombrar en Mision de Estudios a la Republica Francesa, del 20 de MORDAZA 2 de MORDAZA de 2003, al Mayor FAP TRYON CARBONE MORDAZA MORDAZA y al Capitan FAP MORDAZA FALCKENHEINER MORDAZA MORDAZA, con la finalidad que sigan el Curso STAGE Q1 ABETC (Curso de Entrenamiento Elemental de MORDAZA Aerea) a desarrollarse en la Base Aerea de Taverny en las instalaciones del Centro de Analisis y de Simulacion para la Preparacion en el MORDAZA de las Operaciones Aereas (CASPOA); Que, los pasajes de ida y retorno asi como los trasportes hacia la Base Aerea MORDAZA indicada y los gastos por concepto de alimentacion seran cubiertos por la institucion anfitriona, no incluyendo los gastos por movilidad interna, viaticos ni alojamiento; Que, la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987 y el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG de fecha 21 de junio de 2001, regulan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas que viajan al exterior en Mision de Estudios o como Instructor; y, Estando a lo recomendado por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Mision de Estudios a la Republica Francesa, del 20 de MORDAZA al 2 de MORDAZA de 2003, al Mayor FAP TRYON CARBONE MORDAZA MORDAZA y al Capitan FAP MORDAZA FALCKENHEINER MORDAZA MORDAZA, con la finalidad que sigan el Curso STAGE Q1 ABETC (Curso de Entrenamiento Elemental de MORDAZA Aerea) a desarrollarse en la Base Aerea de Taverny en las instalaciones del Centro de Analisis y de Simulacion para la Preparacion en el MORDAZA de las Operaciones Aereas (CASPOA). Articulo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea queda facultado para variar la fecha de inicio y termino, asi como efectuar el reemplazo del nombramiento a que se refiere el articulo anterior dentro del plazo senalado. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa-Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan a cargo del presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003, de acuerdo a disposiciones vigentes: Remuneracion de viaje US$ 3,400.00/30: 113.33 US$ 113.33 x 13 dias x 1 Oficial US$ 2,800.00/30: 93.33 US$ 93.33 x 13 dias x 1 Oficial Impuesto de Aeropuerto US$ 28.00 x 2 Oficiales Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 06882

Autorizan viaje de oficiales FAP para participar en curso de entrenamiento elemental de MORDAZA aerea que se realizara en MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 595-DE/FAP-CP
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2003

Autorizan viaje de personal FAP que realizara vuelo en mision oficial trasladando al Presidente de la Republica al Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 626-DE/FAP-CP
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003

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