Norma Legal Oficial del día 13 de Abril del año 2003 (13/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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vencerse el plazo mencionado, se tendra por denegada la solicitud, operando el silencio administrativo negativo. Articulo Setimo.- Alcances de la autorizacion.- La Autorizacion Municipal para la instalacion de gibas solamente se otorgara en las vias locales de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. TITULO III: INSTALACION Y COSTOS Articulo Octavo.- Instalacion de gibas.- La instalacion de las gibas sera supervisada por la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, a traves de la Direccion de Servicios Publicos, Division de Transportes, de acuerdo a las especificaciones tecnicas respectivas senaladas en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza. Articulo Noveno.- Costos de gibas.- Los costos que demande la adquisicion de las gibas, seran sufragados por el recurrente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Unica Disposicion Complementaria.- Las personas naturales o juridicas podran solicitar la autorizacion e instalacion de gibas, en vias arteriales o colectoras, por escrito ante esta Municipalidad. Estas solicitudes se remitiran a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su estudio, evaluacion y aprobacion correspondiente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Direccion de Servicios Publicos el cumplimiento de la presente Ordenanza, sancionandose a quienes la transgredan, de acuerdo al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas (R.A.S.) y Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (C.U.I.S.) vigentes, en coordinacion con la Direccion de Desarrollo Urbano. Segunda.- Senalar un plazo de noventa (90) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza, para que las personas que hayan instalado gibas o tachones sin autorizacion se adecuen a las especificaciones tecnicas de la presente. Vencido el plazo, la Direccion de Servicios Publicos, en coordinacion con la Direccion de Desarrollo MORDAZA, procedera al retiro de las gibas y tachones que no cuenten con la debida Autorizacion Municipal y/o al reemplazo de las gibas que no cumplan con las especificaciones tecnicas respectivas pero que cuentan con la debida Autorizacion Municipal. Tercera.- La Policia Nacional del Peru prestara el MORDAZA de la fuerza publica cuando lo requiera la Entidad para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- Facultese al MORDAZA del distrito para que, mediante Decreto de Alcaldia, emita las disposiciones reglamentarias pertinentes. Quinta.- Deroguese, modifiquese o adecuese cualquier disposicion municipal contraria a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 07222

MORDAZA Ipenza MORDAZA, y con la asistencia de los senores Regidores: Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. Eudaldo Viches MORDAZA, Sr. MORDAZA Izarra MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Vara MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Escajadillo; se trato sobre Amnistia Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, modificado por la Ley Nº 27335, establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, conforme a la MORDAZA parte del articulo 41º del Codigo Tributario, se establece que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones respectivas de los tributos que administra; Que, existe el pedido de numerosos contribuyentes que desean beneficios tributarios que les permita regularizar sus adeudos tributarios de anos anteriores, lo que es atendible, como tambien expresar el reconocimiento del concejo a los contribuyentes que cumplen oportunamente con cancelar sus obligaciones tributarias; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 -Organica de Municipalidades; asi como Decreto Legislativo Nº 776- de Tributacion Municipal; con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA DE PRORROGA DE AMNISTIA TRIBUTARIA 2003 Articulo Unico.- PRORROGAR hasta el 30.ABRIL.2003, los alcances contenidos en la Ordenanza Nº 092 de fecha 15.FEBRERO.2003, en todos los extremos que contiene, modificandose solo el Art. 3º, Item B), letra d) en el sentido que la fecha de multas generadas es hasta el 31.MARZO.2003. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 07226

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Modifican el Reglamento Interno del Concejo Provincial
ACUERDO DE CONCEJO Nº 060-2003-AL/CPB
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 20 de marzo del 2003, en la estacion de Orden del dia el pedido del Regidor provincial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre Modificacion del Reglamento Interno del Concejo Provincial; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los organos de gobierno local que emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Prorrogan amnistia tributaria otorgada a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 098
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 29 de marzo del 2003 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 29 de marzo del 2003, bajo la presidencia del senor MORDAZA, Dr.

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