Norma Legal Oficial del día 06 de Diciembre del año 2003 (06/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de diciembre de 2003

Articulo 1º.- Apruebanse los procedimientos adecuados al Sistema de Calidad de la SUNAT que se indican a continuacion, cuyos textos forman parte integrante de la presente Resolucion: INTA-PG.02 INTA-PE.02.01 INTA-PE.02.02 Exportacion Definitiva (version 4). Despacho Simplificado de Exportacion (version 2). Retorno de Mercancias (version 2).

Ar ticulo 2º.- Deroganse el procedimiento de Exportacion Definitiva (version 3) aprobado por Resolucion de Intendencia Nacional Nº 000 ADT/2000001829 publicada el 3.7.2000 y los procedimientos de Despacho Simplificado de Exportacion (version 1) y de Retorno de Mercancias INTA-PE.02.02 (version 1) aprobados por Resolucion de Intendencia Nacional Nº 000984 publicada el 12.9.1999. Articulo 3º.- Dejense sin efecto la Circular Nº INTACR.149 publicada el 26.12.2000, Circular Nº INTACR.08.2001 publicada el 27.1.2001, Circular Nº 001-2003/ SUNAT/A publicada el 12.2.2003 y Circular Nº 005-2003/ SUNAT/A publicada el 1.8.2003. Articulo 4º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al tercer dia habil desde el dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas EXPORTACION DEFINITIVA CODIGO : INTA-PG.02 VERSION : 4 VIGENCIA : / 11 /2003 I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para el despacho aduanero de mercancias bajo el regimen de Exportacion Definitiva, con la finalidad de lograr el correcto cumplimiento de los requisitos y normas que lo regulan. II. ALCANCE Dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y a los operadores de comercio exterior que intervienen en el Regimen de Exportacion Definitiva. III. RESPONSABILIDAD La aplicacion, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente Procedimiento es de responsabilidad de las Intendencias de Aduana de la Republica, de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion, de la Intendencia de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera y de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. IV. VIGENCIA A partir del /11/2003.

2000-EF publicado el 24.5.2000 y Decreto Supremo Nº 0302001-EF publicado el 23.2.2001. - Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008 publicada el 19.6.2003 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF publicado el 27.8.2003. - Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF publicado el 19.8.1999 y sus modificatorias. - Texto Unico de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF publicado el 15.4.1999 y sus normas modificatorias. - Decreto Supremo Nº 105-2002-EF publicado el 26.6.2002, que establece caracteristicas de la MORDAZA de ejecucion swap a que se refiere el numeral 2 del articulo 33º del TUO de la Ley del IGV e ISC. - Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT publicada el 24.1.1999 y sus normas modificatorias. - Medidas que garantizan la MORDAZA de Comercio Exterior e Interior, aprobada por Decreto Legislativo Nº 668 publicado el 14.9.1991. - Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, Ley Nº 27688 publicada el 28.3.2002 y sus normas modificatorias. - Decreto Supremo Nº 011-2002-MINCETUR publicado el 17.12.2002, que aprueba el Reglamento de la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna. - Texto Unico Ordenado de normas con rango de Ley emitidas en relacion a los CETICOS, aprobado por Decreto Supremo Nº 112-97-EF publicado el 3.9.1997. - Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM publicado el 12.7.2002, que dispuso la fusion de la Superintendencia Nacional de Aduanas con la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. - Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM publicado el 28.10.2002, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444 publicada el 11.4.2001. - Resolucion de Intendencia Nacional Nº 000 ADT/2000000750 publicada el 22.3.2000, que aprueba los formatos e instructivos de la Declaracion Unica de Aduanas (DUA) y la Orden de Embarque. VI. NORMAS GENERALES 1. La exportacion es el regimen aduanero aplicable a las mercancias en libre circulacion que salen del territorio aduanero para su uso o consumo definitivo en el exterior. 2. La exportacion de mercancias no esta afecta a pago de tributo alguno. Solo para fines estadisticos la SUNAT aplica una tasa ficta del 0%. 3. Toda mercancia que sera embarcada en cualquier puerto, aeropuerto o terminal terrestre, debe ser presentada y puesta a disposicion de la Intendencia de Aduana que corresponda, quedando sometida a su potestad, hasta que la autoridad respectiva autorice la salida del medio de transporte. 4. Se puede exportar todo MORDAZA de mercancias, con excepcion de aquellas que se encuentran prohibidas, cuya relacion esta en el MORDAZA de la SUNAT en Internet en la direccion electronica (www.sunat.gob.pe)/ Infoaduanas/ Clasificacion Arancelaria: Relacion de productos de Exportacion Prohibida. 5. La exportacion de mercancias restringidas esta sujeta a la MORDAZA de autorizaciones, certificaciones, licencias y permisos; su despacho se efectua teniendo en cuenta el procedimiento INTA-PE.00.06. La relacion de mercancias se encuentra en el MORDAZA de la SUNAT en Internet (www.sunat.gob.pe)/ Infoaduanas/ Clasificacion Arancelaria: Relacion de productos de Exportacion Restringida. 6. Para el despacho de exportacion se utilizan los siguientes formatos, segun corresponda: a) Orden de Embarque - O/E Es el documento mediante el cual el despachador de aduana solicita la exportacion ante la Autoridad Aduanera

V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809 publicado el 19.4.1996 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-96-EF publicado el 24.12.1996, y sus normas modificatorias. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo Nº 122-96-EF publicado el 24.12.1996 y sus modificatorias aprobadas por Decreto Supremo Nº 0272000-EF publicado el 27.3.2000, Decreto Supremo Nº 050-

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