Norma Legal Oficial del día 06 de Diciembre del año 2003 (06/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de diciembre de 2003

como el control de salidas de la cantidad utilizada de la operacion Swap, segun Anexo 3. Cuando la DUA contenga varias operaciones Swap correspondera presentar un Cuadro Insumo-Producto por cada operacion. 6. La mercancia resultante de una operacion Swap puede ser embarcada en varios envios, con distintas DUAs, dentro del plazo de vigencia que establece el numeral 1 anterior. Los mismos que para efectos de control deben realizarse por una misma Intendencia de Aduana. 7. Una DUA puede contener varias operaciones Swap, las mismas que tienen que estar identificadas por el numero de la MORDAZA de Ejecucion del Swap en cada serie. 8. La Intendencia de Aduana llevara un archivo de los MORDAZA de Insumo-Producto por MORDAZA de Ejecucion del Swap. En forma quincenal se remitiran a la Gerencia de Programacion y Gestion de Fiscalizacion de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario los MORDAZA de Insumo-Producto recepcionados en dicho periodo. 9. Por causal de fuerza mayor contemplada en el Codigo Civil debidamente acreditada, el exportador del producto terminado puede solicitar ante la SUNAT la prorroga del plazo senalado en el numeral 1 precedente para exportar el producto terminado, MORDAZA del vencimiento del plazo inicialmente establecido, por el periodo que dure la fuerza mayor; para tal efecto, el interesado debe presentar una solicitud sustentada documentariamente ante la Intendencia de Aduana en donde se realizan las exportaciones, la que previa evaluacion emite la resolucion respectiva. Dicho plazo puede ser MORDAZA hasta por sesenta (60) dias adicionales. B5) EXPORTACION BAJO CONTRATOS DE COLABORACION EMPRESARIAL 1. En las sociedades irregulares; comunidad de bienes; joint ventures, consorcios y demas contratos de colaboracion empresarial que no llevan contabilidad en forma independiente, la exportacion la realiza el operador, el mismo que se constituye en el exportador y efectua los despachos de exportacion con una sola O/E. 2. El despachador de aduana transmite en el MORDAZA CENDOIMP del archivo de transferencia de datos generales (ADUAHDR1) de la base de datos de la DUA, el codigo 02 que debe estar consignado en el casillero MORDAZA de despacho de la DUA. Asimismo, transmite la informacion del Anexo 4, Relacion Consolidada del Porcentaje de Participacion (Contratos de Colaboracion Empresarial). 3. La informacion referida en el Anexo 4 debe contener los datos: RUC, razon social y porcentaje de participacion segun el contrato de colaboracion empresarial, asi como el monto del valor FOB correspondiente. 4. En la MORDAZA documentaria, el despachador de aduana presenta la relacion consolidada del porcentaje de participacion conjuntamente con la MORDAZA del contrato de colaboracion empresarial respectivo. VIII. FLUJOGRAMA Ver pagina IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS 1. Son sancionables con multa las siguientes infracciones: 1.1. A los declarantes o los despachadores de aduana por:
a) No proporcionar dentro del plazo otorgado por la autoridad aduanera la informacion requerida. Articulo 103º, inciso d) numeral 1) del Decreto Legislativo Nº 809. b) Asignar una partida arancelaria incorrecta a la mercancia declarada. Articulo 103º, inciso d ) numeral 10) del Decreto Legislativo Nº 809. 0,25 UIT inicial, mas 0,025 UIT por dia, hasta el dia de la entrega.

1.2. Al exportador y al despachador de aduana como responsable solidario por:
a) Incumplir el plazo para regularizar la Declaracion de Exportacion. Articulo 103º , inciso e) del Decreto Legislativo Nº 809. 0,1 UIT inicial, mas 0,025 UIT por dia, hasta la regularizacion.

1.3. A los responsables de los almacenes aduaneros por:
a) Entregar las mercancias sin haber sido concedido el levante por la autoridad aduanera. Articulo 103º inciso c) numeral 4) del Decreto Legislativo Nº 809. 1 UIT.

En caso la infraccion se subsane, esta se encuentra dentro de los alcances del regimen de incentivos para el pago de la multa contemplado en los articulos 112º y 113º del Decreto Legislativo Nº 809, modificado por Ley Nº 27296. 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en los numerales precedentes, en los casos que existan indicios que MORDAZA presumir la comision de ilicitos tipificados en la Ley Nº 28008 "Ley de los Delitos Aduaneros", la SUNAT debe formular la respectiva denuncia penal ante la autoridad competente. X. REGISTROS - Ordenes de Embarque numeradas. - Ordenes de Embarque seleccionadas a reconocimiento fisico. - Ordenes de Embarque seleccionadas a MORDAZA naranja. - Ordenes de Embarque seleccionadas a reconocimiento fisico con incidencia por Despachador de Aduana. - Ordenes de Embarque no regularizadas. - Ordenes de Embarque que han sido solicitadas para su anulacion, indicando los motivos y el MORDAZA de seleccion. - Declaraciones Unicas de Aduanas (Exportacion) numeradas. - Declaraciones Unicas de Aduanas rechazadas en la revision documentaria (identificar rubros de la DUA). - Declaraciones Unicas de Aduanas que se acogen al SWAP. - Declaraciones Unicas de Aduanas pendientes de visado. - Relacion de Ordenes de Embarque reconocidas fisicamente en el local del exportador o en los designados por este. - Relacion detallada de Ordenes de Embarque embarcadas fuera de plazo. XI. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS DUA.- Declaracion Unica de Aduanas O/E.- Orden de Embarque SWAP DE ORO.- Operacion de canje de oro local por oro extranjero equivalente, mediante la cual un Banco del Sistema Financiero Nacional recibe oro en custodia para transferirlo posteriormente (mediante una operacion swap) a un fabricante nacional de joyerias, el cual realiza una transformacion del producto para su posterior exportacion. TERMINO DEL ULTIMO EMBARQUE.- Se entiende para efectos del control aduanero como el ultimo dia en el que se termina de cargar el vehiculo transportador. ANEXOS

0,10 UIT.

1. Solicitud / Autorizacion de Reconocimiento Fisico en el Local del Exportador. 2. Relacion consolidada de productores. 3. Cuadro de Insumo-Producto Swap. 4. Relacion consolidada del porcentaje de participacion (Contratos de Colaboracion Empresarial).

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