Norma Legal Oficial del día 06 de Diciembre del año 2003 (06/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de diciembre de 2003

15.4 Las demas que le correspondan segun su naturaleza. Capitulo II SECRETARIA TECNICA Articulo 16º.- SECRETARIA TECNICA El Consejo Nacional de la Competitividad contara con una Secretaria Tecnica como su organo operativo, a cargo del Director Ejecutivo. Articulo 17º.- FUNCIONES La Secretaria Tecnica tendra las siguientes funciones: 17.1 Proponer al Consejo Directivo la Estrategia Nacional de Competitividad y el diseno de los planes de accion para la ejecucion del Plan Nacional de Competitividad, que de MORDAZA se derive; 17.2 Proponer las medidas normativas necesarias para alcanzar los objetivos, politicas y metas trazadas en el Plan Nacional de Competitividad por el Consejo Nacional de la Competitividad; 17.3 Representar al Consejo Directivo por delegacion de su Presidente, en el ambito de sus competencias; 17.4 Liderar la ejecucion del Plan Nacional de Competitividad en el MORDAZA de las politicas fijadas por el Consejo Directivo y en coordinacion con los agentes clave involucrados y las unidades ejecutoras de la Presidencia del Consejo de Ministros; 17.5 Elaborar los informes correspondientes al desarrollo e implementacion del Plan Nacional de Competitividad; 17.6 Monitorear las actividades establecidas en el Plan Nacional de Competitividad correspondientes a los organismos publicos involucrados en su ejecucion; 17.7 Promocionar el desarrollo del Plan Nacional de Competitividad; 17.8 Prestar apoyo tecnico, administrativo y legal al Consejo Directivo para el cumplimiento de sus objetivos; y, 17.9 Otras actividades que, dentro de su ambito de competencia, le encargue o solicite el Consejo Directivo. Articulo 18º.- ESTRUCTURA DE LA SECRETARIA TECNICA Para el cumplimiento de sus funciones la Secretaria Tecnica estara conformada por: 18.1 Director Ejecutivo; y, 18.2 Secretario Ejecutivo. Articulo 19º.- DIRECTOR EJECUTIVO El Director Ejecutivo sera propuesto por los demas miembros del Consejo Directivo y su designacion sera formalizada por el Presidente del Consejo de Ministros mediante Resolucion Ministerial. Compete al Director Ejecutivo lo siguiente: 19.1 Cumplir con las funciones asignadas a la Secretaria Tecnica; 19.2 Organizar el trabajo de la Secretaria Tecnica; 19.3 Ser el vocero oficial del Consejo Directivo; 19.4 Evaluar los resultados de la Estrategia Nacional de Competitividad; y, 19.5 Proponer las medidas necesarias para la optimizacion de la Secretaria Tecnica. Articulo 20º.- SECRETARIO EJECUTIVO El Secretario Ejecutivo sera designado por el Presidente del Consejo de Ministros mediante Resolucion Ministerial. Compete al Secretario Ejecutivo lo siguiente: 20.1 Apoyar y asesorar al Director Ejecutivo en el desempeno de sus funciones; 20.2 Coordinar y supervisar el trabajo del equipo de Especialistas y Analistas que se asigne, a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros o de Proyectos, en apoyo a la Secretaria Tecnica y al Consejo Nacional de la Competitividad. Este equipo brindara asistencia tecnica especializada en temas de interes relacionados con la puesta en marcha del Plan Nacional de la Competitividad y ejecutara las acciones de seguimiento, monitoreo y evaluacion de las actividades del Plan.

20.3 Coordinar las actividades de los Grupos Consultivos y Tecnicos que se constituyan por mandato del Consejo Directivo; y, 20.4 Llevar las Actas del Consejo, para lo cual asiste a las sesiones del Consejo Directivo con derecho a voz, mas no a voto. 22832

MINCETUR
Autorizan viaje de funcionario a EE.UU. para realizar coordinaciones con funcionarios estadounidenses previas al inicio de la aprobacion del Tratado de Libre Comercio con ese MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 453-2003-MINCETUR/DM MORDAZA, 3 de diciembre de 2003 Visto el Memorandum Nº 591-2003-MINCETUR/VMCE, del Viceministro de Turismo, encargado del Viceministerio de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los literales b) y c) del articulo 4º de la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, son funciones de este sector las de obtener las mejores condiciones de acceso y competencia para una adecuada insercion del MORDAZA en los mercados internacionales, y desarrollar las acciones que permitan la optima participacion del MORDAZA en las negociaciones comerciales internacionales; Que, el Peru ha sido formalmente notificado por el Representante Comercial de los Estados Unidos de MORDAZA sobre la intencion del Poder Ejecutivo de dicho MORDAZA de negociar un Tratado de Libre Comercio con el Peru y otros paises de la region MORDAZA, mediante anuncio del 18 de noviembre de 2003; Que, debe tenerse en cuenta que, de acuerdo a la Ley de Promocion de Comercio de los Estados Unidos de Norteamerica, a partir de dicha notificacion, el Congreso de los Estados Unidos de Norteamerica tiene un plazo de noventa (90) dias calendario para aprobar el inicio de negociaciones; Que, en consecuencia, es necesario acreditar a un funcionario del MINCETUR, a fin de que realice acciones de coordinacion ante diversas entidades del gobierno de dicho MORDAZA, previas al MORDAZA de aprobacion por el Congreso de los Estados Unidos de Norteamerica del inicio de las negociaciones de un tratado de libre comercio con el Peru; Que, con tal fin, debe autorizarse el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Bedregal, funcionario del Viceministerio de Comercio Exterior, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., del 7 al 12 de diciembre de 2003; Que, en cumplimiento del articulo 18º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2003, los viajes se autorizan por razones estrictamente indispensables, para cumplir las metas y objetivos del sector; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA BEDREGAL, funcionario del Viceministerio de Comercio Exterior, en calidad de representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de MORDAZA, D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 7 al 11 de diciembre de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

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