Norma Legal Oficial del día 12 de Diciembre del año 2003 (12/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 12 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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La solicitud de licencia debe ser presentada conjuntamente con el pago por derecho de Licencia segun el TUPA. La solicitud de licencia es evaluada por la OTAN, la misma que debe resolver en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias sobre la procedencia o no del otorgamiento de la Licencia. Articulo 22º.- Licencia de operacion La licencia de operacion debe ser solicitada con treinta (30) dias de anticipacion, en el caso de instalaciones de categoria A y con quince (15) dias de anticipacion, en el caso del resto de instalaciones o practicas. El solicitante debe presentar una solicitud a la OTAN adjuntando informacion detallada y actualizada sobre las caracteristicas de la instalacion o practica, descripcion de las MORDAZA de radiacion a utilizarse o fabricarse, resultados de pruebas, calibraciones y control de calidad de equipos y MORDAZA asi como el programa de garantia de calidad que MORDAZA aplicables, medidas y sistemas de seguridad y proteccion radiologica existentes, medidas de seguridad fisica, si son aplicables, organizacion, procedimientos y plan de emergencia de la entidad, asi como la relacion de personal con Licencia Individual. La solicitud de licencia debe ser presentada conjuntamente con el pago por derecho de Licencia segun el TUPA. La solicitud de licencia es evaluada por la OTAN, la misma que debe resolver en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias sobre la procedencia o no del otorgamiento de la Licencia. Articulo 23º.- Licencia de Cierre La Licencia de Cierre se debe solicitar a la OTAN con treinta (30) dias de anticipacion al cese de sus operaciones. El solicitante debe presentar una solicitud a la OTAN adjuntando un plan de cierre en donde se considere la gestion de las MORDAZA radiactivas asi como de los desechos radiactivos producidos, la limpieza del area de trabajo y los procedimientos a aplicarse para estas tareas, asi como el informe final de dosis del personal. La solicitud de licencia debe ser presentada conjuntamente con el pago por derecho de Licencia segun el TUPA. La solicitud de licencia es evaluada por la OTAN, la misma que debe resolver en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias sobre la procedencia o no del otorgamiento de la Licencia. Una vez finalizado el MORDAZA de cierre de la instalacion, luego de haberse gestionado los desechos radiactivos y que la OTAN MORDAZA comprobado satisfactoriamente que se cumplieron todas las condiciones tecnicas, esta emitira una resolucion de cierre liberando al Titular de sus responsabilidades. Capitulo III Licencia de prestacion de servicios Articulo 24º.- Solicitud de la licencia La licencia debe ser solicitada con treinta (30) dias de anticipacion MORDAZA de iniciarse la actividad. En el caso de las entidades de servicios indicados en las Categorias E1, E2 y E3 del Anexo, la informacion adjunta a la solicitud debe incluir la descripcion del servicio a realizar, identificacion del solicitante, facilidades e instrumentacion disponible, dispositivos de medicion y proteccion, certificados vigentes de la calibracion del instrumental y dispositivos, procedimientos de trabajo y proteccion, protocolos a aplicar y plan de emergencia, segun sea el caso, asi como la relacion de personal calificado. Estos servicios deben contar con un sistema de calidad acreditados de acuerdo a los plazos establecidos por la OTAN. En el caso de los servicios clasificados en la Categoria E4, se debe remitir solicitud adjuntando informacion sobre las instalaciones, materiales y recursos disponibles, programas de capacitacion y entrenamiento, calificacion y experiencia del personal docente, gestion academica, medios y sistemas de evaluacion de participantes asi como procedimientos de control de calidad de la capacitacion o entrenamiento a desarrollar. La solicitud de licencia debe ser presentada conjuntamente con el pago por derecho de Licencia segun el TUPA. La solicitud de licencia es evaluada por la OTAN, la misma que debe resolver en un plazo MORDAZA de treinta (30)

dias sobre la procedencia o no del otorgamiento de la Licencia. Capitulo IV Modificacion de licencia Articulo 25º.- Condiciones y procedimiento Las modificaciones de las licencias son posibles solo en los siguientes casos: a) Cambio de titularidad b) Cambio de equipos de rayos X y MORDAZA radiactivas, siempre que MORDAZA de similar naturaleza y caracteristicas que los reemplazados. c) Incremento de equipos radiograficos o MORDAZA radiactivas, siempre que los medios provistos para la seguridad cumplan con las normas. d) Cambio o incremento de ambientes de rayos X, siempre que no signifique cambio de direccion y cumpla con las normas de seguridad. e) Cambio de direccion, solo para las entidades de servicios. Cualquier otra modificacion diferente de las especificadas, sera motivo de una nueva licencia. La modificacion de la licencia debe ser tramitada remitiendo una solicitud dirigida a la OTAN, adjuntando informe con las caracteristicas de la modificacion a realizar y la justificacion debida, asi como el pago por derechos de modificacion conforme lo establecido en el TUPA. La solicitud de modificacion sera resuelta en un plazo no mayor a diez (10) dias. Capitulo V Licencias individuales Articulo 26º.- Licencias a) Las personas que operen, manipulen, supervisen, realicen servicios a MORDAZA de radiacion ionizante o realicen tareas de proteccion radiologica deben contar con la correspondiente licencia individual. b) Las licencias individuales son intransferibles y especificas para cada caso. c) Las licencias de oficial de proteccion radiologica son obligatorias para aquellas practicas que la OTAN defina especificamente. d) Las licencias se otorgan hasta por un periodo de cuatro (4) anos, de acuerdo al MORDAZA de instalacion o practica. Articulo 27º.- Solicitud de la licencia La licencia individual debe ser solicitada presentando una solicitud escrita dirigida a la OTAN y adjuntando informacion relativa a su formacion basica, capacitacion en seguridad y proteccion radiologica para la practica y funcion en la cual solicita la licencia, certificado de aprobacion del examen aplicado por la OTAN, experiencia en el manejo de las MORDAZA de radiaciones, requisitos de aptitud medica para el trabajo con radiaciones, una fotografia, asi como los derechos de pago correspondientes, conforme las tasas vigentes del TUPA. Articulo 28º.- Renovacion de la licencia El tramite de renovacion debe iniciarse MORDAZA de su vencimiento presentando una solicitud escrita dirigida a la OTAN, adjuntando un certificado medico de aptitud, un analisis de sangre actualizado, registro dosimetrico del ultimo ano, certificado de actualizacion en seguridad y proteccion radiologica en la practica especifica, una fotografia asi como los derechos de pago correspondientes, conforme las tasas vigentes del TUPA. Articulo 29º.- Capacitacion y actualizacion en seguridad y proteccion La capacitacion o la actualizacion en seguridad y proteccion radiologica a que se hace referencia en los articulos 26º y 27º debe ser acreditada mediante certificado de un curso especifico administrado por el Instituto Peruano de Energia Nuclear o por una entidad autorizada o reconocida por la OTAN.

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