Norma Legal Oficial del día 12 de Diciembre del año 2003 (12/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de diciembre de 2003

penales recaeran en el secretario general de la institucion o quien haga sus veces; Que, el articulo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM senala que la designacion del funcionario o funcionarios responsables de entregar la informacion y del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocara MORDAZA de la Resolucion de designacion en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, en consecuencia, de conformidad con la normativa expuesta resulta necesario que la designacion de los funcionarios responsables de brindar la informacion, y de elaborar y actualizar el MORDAZA de Transparencia sea efectuado por el titular de INICTEL, entidad que de conformidad con establecido en la Ley Nº 27991, es un organismo publico descentralizado del Sector Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27991; encontrandose por ende, dentro de los alcances de los articulos 2º y 8 del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y 4º de su Reglamento; Que, en tal sentido, corresponde dejar sin efecto la designacion efectuada mediante la Resolucion Ministerial Nº 061-2003-MTC/03, siendo competencia del Presidente Ejecutivo del INICTEL como MORDAZA autoridad de este organismo, de conformidad con lo establecido en el articulo 24º de su Estatuto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-MTC y modificado por Decreto Supremo Nº 0422001-MTC, expedir la resolucion de designacion correspondiente, de conformidad con la normativa expuesta precedentemente; De conformidad con las Leyes Nºs. 27791 y 27444 y los Decretos Supremos Nºs. 041-2002-MTC, 043-2003PCM y 072-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la designacion de los funcionarios responsables de brindar la informacion requerida por los ciudadanos en aplicacion de la Ley Nº 27806, y del diseno e ingreso de la informacion en el MORDAZA del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, efectuada mediante Resolucion Ministerial Nº 061-2003-MTC/03, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 22967

Autorizan viaje de Inspectora de la Direccion General de Aeronautica Civil a Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1044-2003-MTC/02 MORDAZA, 9 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejer-

cida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares internacionales aeronauticos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la condicion de aeronavegabilidad de las aeronaves, que es requisito indispensable para garantizar la seguridad de las operaciones aereas, se evalua, entre otras formas, a traves de las inspecciones tecnicas a las mismas, las que se realizan en los talleres de mantenimiento autorizados, ubicados en el extranjero; Que, con Carta DMT-03/276, del 26 de noviembre del 2003, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 11 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Aeronaves), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002MTC, la empresa Cielos del Peru S.A. solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar la inspeccion tecnica por renovacion de certificado de aeronavegabilidad a la aeronave DC-10 de matricula OB1749, en las instalaciones de Varig, en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotacion Nº 5744, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago esta destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspeccion, el cual es integramente financiado por la empresa operadora, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectua a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1843-2003-MTC/12.04-SDA, designando a la senorita MORDAZA MORDAZA Faiad, Inspectora de la Direccion General de Aeronautica Civil, para realizar una inspeccion tecnica por renovacion de certificado de aeronavegabilidad a la aeronave DC-10 de matricula OB-1749, de la empresa Cielos del Peru S.A., en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil, durante los dias 13 al 16 de diciembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de la referida Inspectora de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contraen la Orden de Inspeccion Nº 1843-2003-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA Faiad, Inspectora de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica-

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