Norma Legal Oficial del día 27 de Diciembre del año 2003 (27/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de diciembre de 2003

dad con lo previsto en el articulo 62º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP. Los Presidentes electos daran cuenta en el dia y por escrito a la Superintendencia Adjunta de la realizacion de los actos mencionados, y remitiran MORDAZA de las actas de instalacion y eleccion respectivas. En caso de ausencia o impedimento temporal, sin perjuicio de la aplicacion de las normas reglamentarias vigentes, asumira la Presidencia de manera interina el Vocal titular mas antiguo del Tribunal Registral que este integrando la Sala correspondiente, de lo que se dejara MORDAZA en un acta que para el efecto ha de extenderse. Articulo 4º.- La asignacion en el cargo de Vocales, en la condicion de encargados, de los senores abogados Helder MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, concluira el 31 de marzo de 2004. Articulo 5º.- Al termino de cada trimestre, se realizara una evaluacion de la productividad de las MORDAZA, en aras de la optimizacion del servicio y teniendo en cuenta las necesidades de la institucion. Articulo 6º.- Disponer que el apoyo que brindan los abogados asignados al Tribunal Registral en MORDAZA, sea por turnos rotativos, en cada Sala, por el periodo de 2 meses. Articulo 7º.- La conformacion de las MORDAZA citadas en el articulo 1º, su instalacion, asi como la designacion del Vocal Alterno, seran efectivas desde el lunes 12 de enero de 2004; entre tanto, seguira vigente la conformacion y designacion efectuadas mediante Resolucion Nº 004-2002SUNARP/SA. Registrese, comuniquese y publiquese. A. MORDAZA MORDAZA KRENZ Superintendente Adjunto 24005

Que, por Decreto de Alcaldia Nº 009 de fecha 30 de enero del 2001, se autorizo a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a otorgar autorizaciones provisionales para instalar elementos fijos de publicidad exterior en carreteras con vigencia hasta el 31 de agosto del 2001; Que, es conveniente celebrar Contratos de Cesion en Uso de espacios para publicidad exterior entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la Empresa Municipal Administradora del Peaje S.A. (EMAPE S.A.) y las empresas publicitarias propietarias de los elementos de publicidad exterior instalados en las carreteras y demas vias integrantes de la Red Vial Metropolitana; contratos destinado a regularizar la situacion legal de los mencionados elementos, reubicarlos en zonas que no impliquen riesgos para el MORDAZA peatonal y vehicular; Que, los referidos Contratos por su naturaleza son de caracter temporal, por lo que es necesario reajustar el monto a cancelar por concepto de usufructo del espacio publico, considerando ademas las inversiones realizadas por las empresas para reubicar sus elementos publicitarios; Que, es politica de la actual Administracion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el dialogo MORDAZA y el consenso con las partes involucradas en el desarrollo de las diversas actividades economicas de nuestra MORDAZA capital; Estando a las facultades otorgadas por la Constitucion Politica del Estado, a lo dispuesto por el numeral 23 del articulo 20º y el numeral 1.4.4 del articulo Nº 79 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, de la Ordenanza Nº 210, Reglamento que Regula la Publicidad exterior en la provincia de Lima. DECRETA: Articulo Primero.- Facultar y delegar a las Direcciones Municipales de Desarrollo MORDAZA y de Fiscalizacion y Control para que suscriban Contratos con personas naturales o juridicas dedicadas a las actividad de Publicidad Exterior, propietarias de los elementos de publicidad exterior instalados en carreteras o en otras vias integrantes de la Red Vial Metropolitana, a fin de regularizar su situacion legal; en los casos de carreteras la intervencion de la Empresa Administradora de Peaje S.A. se realizara en su calidad de administradora de la mencionada via. Articulo Segundo.- Los Contratos a que se refiere el articulo anterior, estaran circunscritos a la autorizacion de publicidad en las siguientes vias: 1) Carretera Panamericana Sur: Desde el Trebol de la Av. MORDAZA MORDAZA hasta el intercambio vial ubicado en el distrito de Pucusana. 2) Via de Evitamiento: Desde el Trebol ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA hasta el cruce con la Av. Caqueta (Trebol del MORDAZA del Ejercito). 3) Carretera Panamericana Norte: Desde el Trebol del MORDAZA del Ejercito hasta el ingreso al distrito de Ancon. 4) Autopista MORDAZA Priale: Desde la interseccion con la via de Evitamiento hasta las Av. Las MORDAZA (Huachipa). 5) Otras Vias integrantes de la Red Vial Metropolitana. Articulo Tercero.- El pago por el derecho de tramite sera el estipulado en el Texto Unico del Procedimiento Administrativo correspondiente. Articulo Cuarto.- La contraprestacion por el usufructo del espacio publico a cancelar a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA consistira en un pago mensual y adelantado dicho pago se abonara en la cuenta corriente de la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano. El monto se establecera en funcion de un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria vigente en relacion con el area de exhibicion del panel de acuerdo a la siguiente tarifa :

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Delegan facultades y dictan disposiciones para suscribir contratos sobre publicidad exterior en elementos instalados en vias integrantes de la Red Vial Metropolitana
DECRETO DE ALCALDIA Nº 190 MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ordenanza del Sistema Vial Metropolitano Nº 341 del 11 de noviembre del 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de diciembre del mismo ano, es responsabilidad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion, semaforizacion, ornato, autorizacion de instalacion de publicidad y mobiliario MORDAZA, en las vias expresas, arteriales y colectoras del sistema vial metropolitano, ademas de todas las vias del Cercado de Lima; Que, el Item a) del inciso MORDAZA del articulo noveno de la Ordenanza Nº 210 del 4 de marzo de 1999, establece que es competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA autorizar la instalacion de elementos fijos para publicidad exterior en las areas publicas de las carreteras urbanas; Que, el articulo cincuenta de la Ordenanza senalada en el considerando anterior, establece que se puede instalar elementos de publicidad exterior en carreteras por autorizacion o por concesion;

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