Norma Legal Oficial del día 31 de Diciembre del año 2003 (31/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2003

presentada por la citada Fiscal, debiendo comunicarse al Consejo Nacional de la Magistratura para la cancelacion del titulo respectivo; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Fiscal Provincial Titular de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, designada en la MORDAZA Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de MORDAZA MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 1693-2003-MP-FN, de fecha 10 de noviembre del 2003. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Nacional de la Magistratura, para la cancelacion del Titulo expedido por Resolucion Nº 5312003-CNM, de fecha 23 de octubre del 2003. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 24264

UNIVERSIDADES
Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion directa selectiva de la Universidad Nacional MORDAZA .austino MORDAZA MORDAZA para adquisicion de computadoras
UNIVERSIDAD NACIONAL "JOSE MORDAZA MORDAZA CARRION" RESOLUCION RECTORAL Nº 343-2003-UH
MORDAZA, 30 de diciembre del 2003 VISTOS: El Recurso de Apelacion presentado por la Empresa BRIGHT SYSTEMS DEL PERU y el OFICIO Nº 149-2003/ CEABRF del Comite Especial de Adjudicaciones con Recursos del FEDADOI, el Decreto del Rectorado Nº 23832003-R-UNJSC; y, CONSIDERANDO: Que, el 26 de noviembre del 2003, se efectuo la Convocatoria de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0122003-UNJFSC con el objeto de Seleccionar a la o las empresas que doten a la institucion de 50 computadoras para los Proyectos del FEDADOI; en base al articulo 14º ITEM 3 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S. Nº 012-2001PCM); Que, el 12 de diciembre del 2003 se realizo la MORDAZA de propuestas para Adjudicacion Directa Selectiva Nº 012-2003-UNJFSC; teniendo como postores a las empresas METALES Y QUIMICOS INDUSTRIALES S.A MEQUIN, WINCOM TECHNOLOGIES S.A.C., NORTEL DEL PERU S.R.L. y BRIGHT SYSTEMS DEL PERU S.A.C., ademas de las empresas OPTIMUS INTERNACIONAL S.R.L. y BELAUBE COMPUTER E.I.R.L. quienes fueron descalificadas por no cumplir con las exigencias de las bases del concurso; Que, el acto de Adjudicacion de la Buena Pro del citado MORDAZA de seleccion se realizo el 12 de diciembre a las 4 p.m. y los resultados fueron entregados por escrito, a las empresas postoras que los solicitaron al culminar el acto de buena pro, y comunicados a PROMPYME mediante correo electronico;

Que, la empresa NORTEL DEL PERU S.R.L. resulto beneficiada con la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 012-2003-UNJFSC; Que, mediante Escrito Nº 01 Expediente Nº 47328 la empresa BRIGHT SYSTEMS presenta Recurso de Apelacion al otorgamiento de la Buena Pro, fundamentando su pedido en una mala aplicacion de los calculos en la evaluacion de propuestas, asi como en el incumplimiento de las exigencias de las Bases para la empresa NORTEL DEL PERU S.R.L. al cual se le otorgo la buena pro con 97 puntos y detalla que su empresa quedo en 2do. lugar con un puntaje total de 91.26; relatando su inconformidad con la decision tomada por el Comite Especial respecto a la evaluacion realizada, pidiendo se declare dicho acto y, se reformule el mismo y se le otorgue la buena pro; Que, de acuerdo al informe de Vistos el Comite Especial de Seleccion comunica haber incurrido en error material involuntario en el procesamiento y aplicacion de la formula matematica para obtener las propuestas economicas de las empresas postoras en este MORDAZA de adjudicacion y que hubo errores de forma en la numeracion de folios y la no firma de algunos documentos en el expediente de la empresa NORTEL DEL PERU S.R.L.; Que, existen vicios en el desarrollo de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 012-2003-UNJFSC al haberse incurrido en error material involuntario y por consiguiente haber distorsionado el resultado de la evaluacion de las empresas METALES Y QUIMICOS INDUSTRIALES S.A. MEQUIN, WINCOM TECHNOLOGIES S.A.C., y BRIGHT SYSTEMS DEL PERU S.A.C., NORTEL DEL PERU S.R.L.; Que, el Comite Especial recomienda aceptar lo detallado en el recurso de apelacion de la empresa BRIGHT SYSTEMS DEL PERU S.A.C. para las observaciones hechas a la puntuacion otorgada al expediente de la empresa NORTEL DEL PERU S.R.L. y retrotraer el MORDAZA de seleccion para la adjudicacion directa selectiva Nº 012-2003-UNJFSC - Adquisicion de Computadoras a la etapa de entrega de Buena Pro y convocar una nueva fecha de otorgamiento de buena pro al termino de 24 horas despues de emitida la Resolucion Rectoral; Que, el articulo 166º del Reglamento faculta de manera indelegable al Titular del Pliego a pronunciarse sobre los recursos de apelacion; Que, estando a la naturaleza del reclamo y a la perentoriedad de los plazos, este despacho debe actuar en uso de prerrogativas de instancia revisora dotando al tramite de la MORDAZA dinamica posible de conformidad con los principios de tutela administrativa, debido MORDAZA y el irrestricto derecho a la defensa; En uso de las atribuciones que le confiere el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en su articulo 54º, el Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 013-2001-PCM en su articulo 166º, la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carrion. El articulo 4º incisos 1, 2, 5 del titulo preliminar de la Ley Nº 27444 en concordancia con el articulo 20º y articulo 139º de la Constitucion Politica del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR PROCEDENTE el Recurso de Apelacion presentado por la empresa BRIGTH SYSTEMS contra el acto de otorgamiento de Buena Pro en la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 012-2003-UNJFSC y declarar la nulidad del proceso. Articulo 2º.- ENCARGAR al Comite Especial de Adjudicaciones con Recursos del FEDADOI convocar a las empresas afectadas con el otorgamiento de la buena pro del dia 12 de diciembre del 2003; senalar una nueva fecha para el otorgamiento de la buena pro. Articulo 3º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco dias siguientes a su expedicion. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente a los interesados e instancias correspondientes de la Universidad, para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 24299

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