Norma Legal Oficial del día 03 de Enero del año 2003 (03/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 3 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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SUNAT designados por Resolucion de Superintendencia, uno de los cuales lo presidira y tendra MORDAZA dirimente. Articulo 4º.- Del Fondo de Empleados de la SUNAT Hasta el vencimiento del plazo establecido en el articulo anterior, el actual Fondo de Empleados de la SUNAT continuara desarrollando sus actividades y cumpliendo la finalidad que le otorga el inciso a) del articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 673, respecto a los trabajadores de la SUNAT distintos a aquellos a los que se refiere el articulo precedente. De conformidad con lo establecido en dicho articulo los recursos de este Fondo de Empleados provendran de aportaciones mensuales de los referidos trabajadores, equivalentes al uno por ciento (1%) de sus remuneraciones totales; de aportaciones de la SUNAT, equivalentes al dos por ciento (2%) de las remuneraciones mensuales totales de dichos trabajadores, y de transferencias y otros ingresos que pudiera percibir. Este Fondo de Empleados sera administrado por un Comite Especial, el mismo que estara integrado por dos representantes de los trabajadores, elegido por estos mediante votacion, y dos funcionarios de la SUNAT designados por Resolucion de Superintendencia, uno de los cuales lo presidira y tendra MORDAZA dirimente. Articulo 5º.- Del MORDAZA de integracion Los miembros de los Comites Especiales de ambos Fondos de Empleados se encargaran de conducir el MORDAZA de integracion de los mismos. Articulo 6º.- De las normas complementarias Mediante Resolucion de Superintendencia se aprobaran las normas que fueran necesarias para la correcta implementacion de lo dispuesto por el presente Decreto Supremo. Articulo 7º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de enero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 00073

Conforman Comision Multisectorial encargada de coordinar y conducir el MORDAZA de fusion de los proyectos para el alivio a la pobreza a que se refiere el D.S. Nº 036-2002-PCM
DECRETO SUPREMO Nº 004-2003-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2002-PCM se dispuso la fusion por absorcion en el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, de los proyectos "Manejo de Recursos Naturales para el Alivio a la Pobreza en la MORDAZA (I)" JBIC PE-P17, "Manejo de Recursos Naturales para el Alivio a la Pobreza en la MORDAZA (II)" JBIC PE-P23, y "Manejo de Recursos Naturales para el Alivio a la Pobreza en la MORDAZA (III)" JBIC PE-P27 que administraba el Programa Nacional de Manejo de Cuencas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, actuando FONCODES como entidad incorporante; Que, el numeral 1.4 del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 036-2002-PCM constituyo una comision de transferencia para realizar las acciones que correspondan para concretar la fusion mencionada en el considerando anterior, comision que estaria integrada por representantes del Ministerio de Agricultura y del Ministerio de la Presidencia, hoy extinguido; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, concordante con la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, establece que a partir del ejercicio fiscal 2003 se inicia la transferencia a los gobiernos regionales y locales, segun corresponda, de los programas sociales de lucha contra la pobreza; Que, en atencion a lo expuesto resulta necesario consolidar el MORDAZA de fusion de los programas sociales de lucha contra la pobreza MORDAZA referidos en vista de sus transferencias a favor de los gobiernos regionales y locales, segun corresponda, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Bases de la Descentralizacion y la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, a dichos efectos, resulta pertinente la conformacion de una nueva comision de caracter multisectorial con participacion de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, encargada de coordinar y conducir el MORDAZA de fusion de los proyectos para el alivio a la pobreza a que se refiere el Decreto Supremo Nº 036-2002-PCM; De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 modificado por Ley Nº 27779, la Ley Nº 27783,

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