Norma Legal Oficial del día 09 de Enero del año 2003 (09/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de enero de 2003

los documentos que obran en el expediente, se advierte que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, venia cumpliendo funciones de seguridad en la modalidad de 24 x 48 horas, en el Establecimiento Penitenciario del Callao, quien incurrio en abandono laboral por no haber asistido a su centro de labores por mas de tres dias consecutivos en un periodo de treinta (30) dias calendario a partir del 4 de enero hasta el 11 de febrero del 2002; asimismo del estudio y analisis del Informe Tecnico Nº 120-2002-INPE/OGAUryD de fecha 2 de agosto de 2002 y de los documentos que obran en el expediente, se advierte que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, venia cumpliendo funciones de seguridad en la modalidad de 24 x 48 horas, en el Establecimiento Penitenciario de Aucallama - Huaral, habiendosele otorgado licencia por motivos particulares sin goce de haberes por noventa dias desde el 7 de marzo al 4 de junio del 2002, siendo que el referido servidor no registra asistencia desde el primer dia habil para su incorporacion es decir desde el dia 5 de junio hasta la actualidad, incurriendo en abandono laboral; Que, de igual modo del estudio y analisis del Informe Tecnico Nº 122-2002-INPE/OGA-UryD de fecha 2 de agosto de 2002 y de los documentos que obran en el expediente, se advierte que el servidor MORDAZA MORDAZA PURACA MORDAZA, venia cumpliendo funciones de seguridad en la modalidad de 24 x 48 horas en el Establecimiento Penitenciario Anexo - Iquitos de la Direccion Regional Nor Oriente San MORDAZA, quien incurrio en abandono laboral por ausencias injustificadas a su centro de labores por mas de tres dias consecutivos a partir del 1 de MORDAZA hasta el 7 de MORDAZA del 2002; Que el referido servidor presento con fecha 24 de MORDAZA del 2002, una solicitud justificando sus inasistencias con el respaldo de dos certificados medicos de incapacidad laboral, extendidos por el Centro de Salud de MORDAZA, pero al no estar visados por EsSALUD, fueron devueltos al citado servidor, conforme lo senala el Oficio Nº 0348-2002INPE/23-05/RR.HH. de fecha 22 de agosto del 2002; finalmente del estudio y analisis del Informe Tecnico Nº 1212002-INPE/OGA-UryD de fecha 2 de agosto de 2002 y de los documentos que obran en el expediente, se advierte que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABELLOS, venia cumpliendo funciones de Jefe del Area de Trabajo en el Establecimiento Penitenciario de Chimbote, y de acuerdo a la informacion reportada en su record laboral, registra 18 dias de inasistencias durante los meses de diciembre de 2001 a MORDAZA del 2002; ademas para tener en consideracion su conducta laboral se observa que en el Informe de Escalafon esta anotado como demeritos: 9 llamadas de atencion por haber incurrido en inasistencias injustificadas a su centro de labores y 2 suspensiones tambien por los mismos motivos, encontrandose en abandono laboral por no haber justificado dichas inasistencias en su debida oportunidad; Que, se ha evidenciado que existen suficientes elementos de juicio para determinar que los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAAVEDRA; MORDAZA MORDAZA MORDAZA VARGAS; MORDAZA MORDAZA PURACA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABELLOS; han incurrido en abandono laboral por ausencias injustificadas a su centro de labores, infringiendo lo previsto en los articulos 10º y 39º (inciso b) del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia para los Trabajadores del INPE, y lo previsto en los incisos a) y c) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, incurriendo en las faltas administrativas de caracter disciplinario previstas en los incisos a) y k) del articulo 28º del acotado dispositivo legal; Estando a lo Informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Administracion; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien venia cumpliendo funciones de seguridad como Especialista de Tratamiento de Inconductas Sociales en el Establecimiento Penitenciario del Callao, de la Direccion Regional MORDAZA, nivel remunerativo SPF; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien venia cumpliendo funciones de seguridad como Agente Penitenciario en el Establecimien-

to Penitenciario de Aucallama - Huaral, de la Direccion Regional MORDAZA, de nivel remunerativo STE; MORDAZA MORDAZA PURACA MORDAZA, quien venia cumpliendo funciones de seguridad como Especialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, en el Establecimiento Penitenciario Anexo - Iquitos, de la Direccion Regional Nor Oriente San MORDAZA, nivel remunerativo STE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABELLOS, venia cumpliendo funciones de Jefe del Area de Trabajo como agente penitenciario en el Establecimiento Penitenciario de Chimbote, de la Direccion Regional MORDAZA, nivel remunerativo STE, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, a efecto de que los servidores procesados presenten sus descargos ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en el termino de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 00298

Imponen sanciones de cese temporal y destitucion a ex funcionario y servidor del INPE
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 1002-2002-INPE/P
MORDAZA, 23 de diciembre de 2002 VISTO, el Informe Nº 031-2002-INPE-CEPAD del 11 de octubre del 2002, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 676-2002INPE/P del 21 de agosto del 2002, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al ex funcionario Nivel F-1 MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director del Establecimiento Penitenciario MORDAZA - Chachapoyas de la Direccion Regional Nor Oriente San MORDAZA, en merito al Informe Nº 0182002-INPE/CEPAD, elaborado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, que tuvo como sustento el Informe de Auditoria Nº 015-2001-INPE/05, acerca de la investigacion efectuada por el "Fallecimiento de interno en el Establecimiento Penitenciario MORDAZA Chachapoyas", el mismo que se puso en conocimiento de la Presidencia del INPE el 24 de setiembre del 2002, habiendose por lo tanto iniciado el MORDAZA administrativo disciplinario MORDAZA del ano en que el Presidente del INPE, tomo conocimiento de la comision de la falta disciplinaria de conformidad con lo establecido en el articulo 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se da por notificado el dia 3 de setiembre del 2002, presentando el 4 y 12 de setiembre del 2002 sus descargos por escrito, por habersele prorrogado el plazo para presentar sus descargos, en aplicacion de lo establecido en los articulos 169º y 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa; asimismo, el referido ex funcionario ha hecho uso de sus derechos a traves del informe oral efectuado personalmente el dia 26 de setiembre del 2002, de conformidad con lo establecido en los articulos 169º y 171º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa, dejando en MORDAZA que de acuerdo a lo establecido en el articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, los servidores publicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico, sin perjuicio de las sanciones de caracter disciplinario por las faltas que cometan; Que, de igual modo, el referido ex funcionario al ser debidamente notificado con la Resolucion Presidencial de apertura de MORDAZA administrativo, el dia 3 de setiembre del 2002, conforme consta de los cargos de notificacion que obran en el expediente, esta Comision Especial de Procesos Administrativos despues de revisados los des-

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