Norma Legal Oficial del día 19 de Enero del año 2003 (19/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 19 de enero de 2003

las que se emitan sobre regulaciones y ordenamiento pesquero. Articulo 3º.- La vigencia de los permisos de pesca otorgados mediante la presente Resolucion estan supeditadas a la operatividad de las embarcaciones pesqueras artesanales, asi como al mantenimiento de su volumen de bodega. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 01022

Modifican articulo de la R.M. Nº 16096-PE en extremo referido a nombre de embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 137-2002-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 12 de diciembre del 2002 Visto el escrito de Registro Nº CE-00597003 de fecha 11 de setiembre del 2002, presentado por PESQUERA MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que por Resolucion Ministerial Nº 160-96-PE de fecha 13 de marzo de 1996, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA FOWKS, para operar la embarcacion pesquera denominada "MANTA 2", de matricula Nº CE-5835-PM, con 161.51 metros cubicos de capacidad de bodega, para ser destinada a la extraccion de los recursos hidrobiologicos para consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa, utilizando redes de cerco de ½" pulgada (13 mm.); Que a traves del escrito del visto, PESQUERA MORDAZA S.A., solicita cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 160-96-PE, al haber adquirido la propiedad de la embarcacion "MANTA 2", de matricula Nº CE-5835-PM, tal como consta en el respectivo Certificado Compendioso de Dominio; del mismo modo solicita la modificacion de la resolucion autoritativa por cambio de nombre de la embarcacion pesquera "MANTA 2" por "CALAMAR 2"; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 0552002-PE/DNEPP-Dap y, con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el numeral 1) del literal c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 152-2002-PE y 136-2002PE, los Procedimientos Nºs. 6 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 160-96-PE, en el extremo referido al nombre de la embarcacion pesquera "MANTA 2", cuya nueva denominacion en adelante sera "CALAMAR 2", manteniendose las demas caracteristicas tecnicas de la referida embarcacion. Articulo 2º.- Aprobar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial

Nº 160-96-PE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "MANTA 2" que en adelante se denominara "CALAMAR 2" con matricula Nº CE-5835-PM, a favor de PESQUERA MORDAZA S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 160-96-PE, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fowks para operar la embarcacion pesquera denominada "MANTA 2" con matricula Nº CE-5835-PM. Articulo 4º.- Excluir a MORDAZA MORDAZA MORDAZA FOWKS, y a la Resolucion Ministerial Nº 160-96-PE, del Anexo I literal A) de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002PE y del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 1362002-PE, respectivamente. Articulo 5º.- Incorporar a PESQUERA MORDAZA S.A., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera denominada "CALAMAR 2" con matricula Nº CE-5835-PM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I, literal A) de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE, respectivamente. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 01024

Otorgan autorizacion a Industrial Pesquera de Congelados S.A.C. para la instalacion de establecimiento industrial pesquero en la provincia de Paita, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 138-2002-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 12 de diciembre del 2002 Vistos los escritos con registro Nº CE-00762003 de fechas 3 y 16 de octubre del 2002, respectivamente, presentados por INDUSTRIAL PESQUERA DE CONGELADOS S.A.C. CONSIDERANDO: Que el numeral 4, inciso b), del articulo 43º y los articulos 44º y 46º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, la cual constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que mediante los escritos del visto, INDUSTRIAL PESQUERA DE CONGELADOS S.A.C. solicita autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de congelado y harina de pescado residual, con una capacidad de 25 t/dia y 5 t/ h respectivamente, a ubicarse en MORDAZA Industrial II, Manzana D, Lote Nº 5, MORDAZA Industrial, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que la Direccion Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de la Produccion, mediante Certificado Ambiental Nº 027-2002-PRODUCE/DINAMA, del 10 de setiembre del 2002, hace constar que el Estudio de Impacto Ambiental e informacion complementaria, para la instalacion de una planta de congelado y de harina de pescado residual en su establecimiento industrial pesquero a ubicarse en la MORDAZA Industrial II, Manzana D, Lote Nº 5, MORDAZA Industrial, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, ha merecido calificacion favorable; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 004-2002-

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