Norma Legal Oficial del día 22 de Enero del año 2003 (22/01/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 22 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 237765

Nº 1194/2001 (GTN-MON) del 09 de noviembre del 2001, corresponde en forma exclusiva al Titular del Pliego la facultad prevista en el articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la declaracion de nulidad de oficio de un MORDAZA es una atribucion de la autoridad administrativa en los casos contemplados en la Ley; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0224S08391 "Adquisicion de Formatos", y en consecuencia, sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro, debiendose retrotraer el MORDAZA a la Etapa de MORDAZA de Propuestas. 2. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (05) dias siguientes a su expedicion. 3. DISPONER que la Secretaria General notifique la presente Resolucion al Comite Especial de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0224S08391, la Gerencia Red Asistencial MORDAZA y a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 01128

to Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que determine la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad segun corresponda; Que, para no paralizar las actividades del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica y en tanto se ejecute el MORDAZA de seleccion respectivo, es imprescindible contar con los suministros indicados para el funcionamiento de las unidades de la Institucion, cuya ausencia impediria la continuidad del servicio de transporte de carga y pasajeros, configurando por tanto una situacion de urgencia; Con las atribuciones conferidas por el Articulo 9º, Capitulo II del Estatuto de la Institucion y con la opinion favorable del Gerente General y Asesor Legal Externo; SE RESUELVE: Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia por un plazo no mayor de 90 dias calendario la adquisicion de combustibles y lubricantes para el Ferrocarril Huancayo-Huancavelica. Segundo.- Exonerar del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional la adquisicion de combustibles y lubricantes para adquirirlos mediante procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia en forma mensual, los cuales se describen a continuacion: Descripcion Basica Valor Referencial Combustibles: Diesel Nº 01 Aditivado (48,000.00 Glns.) Diesel Nº 02 (1,260 Glns.) Gasolina de 84 octanos (840 Glns.) Lubricantes (Aceites y Grasas) S/. 319,363.20 9,062.55 6,879.60 US$ 7,121.12

FERROCARRIL HUANCAYOHUANCAVELICA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de combustibles y lubricantes para el Ferrocarril Huancayo Huancavelica
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 001-2003-CD/FHH
Huancayo, 7 de enero del 2003 VISTO: El Informe Ejecutivo Nº 001-GG-FHH/2003 del Gerente General y el Informe Legal Nº 001-ALE-2003 del Asesor Legal Externo del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 030-GG-FHH/ 02 del 31.12.02 se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica correspondiente al ejercicio presupuestal 2003 en el cual se tiene previsto la Licitacion Publica Nacional - Adquisicion de combustibles y lubricantes para el funcionamiento de las Unidades con los cuales se brinda el servicio de transporte de carga y pasajeros entre Huancayo-Huancavelica; Que, en el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concursos Publicos o Adjudicaciones Directas, las adquisiciones que se realicen en situacion de urgencia declarado de conformidad con la normatividad vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, de conformidad al numeral 2 del Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que la Situacion de Urgencia es una medida temporal ante un hecho de excepcion que conlleva a una accion rapida para adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse el supuesto senalado en el Articulo 19º del Tex-

Dicha adquisicion se ejecutara con la fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Tercero.- Autorizar la ejecucion de los Procesos de Seleccion por Adjudicacion de Menor Cuantia al Comite Especial, conformado por los Jefes de los Departamentos de Administracion y Mecanica y la Oficina de Abastecimiento para las adquisiciones senaladas en la MORDAZA parte resolutiva de la presente Resolucion. Cuarto.- Encargar a la Gerencia General hacer de conocimiento a los Entes correspondientes de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro del Consejo Directivo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro del Consejo Directivo 01200

INPE
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 029-2003-INPE/P
MORDAZA, 8 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, segun lo senalado en el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, cada Entidad debe elaborar el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, en el que se debe prever los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.