Norma Legal Oficial del día 01 de Febrero del año 2003 (01/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 1 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 036-GG-ESSALUD-2003 MORDAZA, 23 de enero del 2003 VISTA: La Carta Nº 0374-GCLI-ESSALUD-2003, mediante la cual la Gerencia Central de Logistica e Infraestructura solicita la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD ano 2003, y la Carta Nº 333-OCAJ-ESSALUD-2003 de la Oficina Central de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entro en vigencia el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, el articulo 6º del reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones contendra, por lo menos, la siguiente informacion: i) Las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas que se realizaran en el ano fiscal, ii) Las sintesis de las especificaciones tecnicas, iii) El valor estimado, iv) Los niveles de centralizacion y desconcentracion de la facultad de adquirir y contratar, v) Las fechas probables de la convocatoria; Que, para dar cumplimiento a lo senalado en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, la Gerencia Central de Logistica e Infraestructura elaboro el instructivo normativo para orientar, las actividades de los organos desconcentrados y AFESSALUD en la elaboracion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD, el mismo que fue difundido a traves de la Carta Circular Nº 000170-GCLI-ESSALUD-2002, emitida por el Gerente Central de Logistica e Infraestructura; Que, el Presupuesto Consolidado ha sido aprobado mediante Acuerdo del Consejo Directivo Nº 1-01-ESSALUD-2003 del 9 de enero de 2003; Que, el numeral 1) del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular de la Entidad o la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda, dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes de aprobado el presupuesto institucional, en concordancia con el monto asignado; Que, el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la MORDAZA autoridad administrativa tiene a su cargo la gestion tecnica, administrativa y financiera de los asuntos de la Entidad, en virtud de sus normas de organizacion interna, y en particular, la direccion y ejecucion de los asuntos relativos a los procesos de seleccion y contratacion; Que, el articulo 9º de la Ley Nº 27056, Ley de creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, establece que el Gerente General es el funcionario que ocupa el mas alto cargo administrativo de ESSALUD; En uso de las atribuciones conferidas;

1. APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente al ano 2003, que forma parte de la presente Resolucion. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Logistica e Infraestructura remita el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD ano 2003, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, por el medio de comunicacion mas rapido y en el plazo de diez (10) dias habiles contados desde su aprobacion. 3. DISPONER que la Secretaria General publique en el Diario Oficial El Peruano, la presente Resolucion, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD 2003. 4. El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD ano 2003 estara a disposicion de los interesados en la Gerencia Central de Logistica e Infraestructura y en la pagina web de ESSALUD: www.essalud.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LECAROS Gerente General 01963

INADE
Autorizan a la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha la prorroga de contrato de arrendamiento mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCION JEFATURAL Nº 015-2003-INADE-1100 MORDAZA, 24 de enero del 2003 VISTO: El Oficio Nº 038-2003-INADE-9001, del Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, economica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal de dicho Sector; Que, mediante el oficio del exordio, el Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para prorrogar el contrato de arrendamiento del inmueble en el cual funcionan las oficinas de dicha institucion; Que, el Articulo 19º, inciso g) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen, para prorrogar el plazo de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, el Articulo 20º de la misma MORDAZA legal, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, prescribe que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º de la Ley, se realizaran mediante el proce-

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