Norma Legal Oficial del día 01 de Febrero del año 2003 (01/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, sabado 1 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES
ANO/MES 2003 ENERO NUMERO INDICE BASE 1994 154,161062

Pag. 238367
VARIACION PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA -0,16 -0,16

Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicacion de la Variacion Mensual del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, correspondiente al mes de enero del 2003 y la Variacion Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre del 2002, asi como aprobar la publicacion del Boletin Mensual que contiene la informacion oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la publicacion de la Variacion Porcentual Mensual y Acumulada del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, (Base: Diciembre 2001 = 100,00 correspondiente al mes de enero del 2003: ANO 2003 MES ENERO NUMERO INDICE 101,75 VARIACION MENSUAL 0,23 PORCENTUAL ACUMULADA 0,23

Articulo 2º.- Aprobar la publicacion del Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, que contiene la informacion Oficial del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de enero del 2003. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe 02071

Articulo 2º.- Aprobar la publicacion del Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, correspondiente al mes de enero del 2003, documento que contiene la Informacion Oficial del Indice de Precios al Consumidor. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe 02070

Autorizan contratacion de servicios de seguros personales y no personales mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 028-2003-INEI MORDAZA, 31 de enero del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica suscribio un contrato con la Compania LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para la prestacion del servicio de seguros personales y no personales, cuyo plazo de vigencia vence el 31 de enero del 2003; Que, a traves del Informe Nº 007-2003-INEI/OTA/ OEAS, la Direccion Tecnica de Administracion informa, que siendo necesario contar con la prestacion del servicio de seguros, solicito a la citada Compania aseguradora una ampliacion contractual conforme al articulo 141º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la misma que no se concreto por cuanto la compania, de acuerdo a la situacion del MORDAZA asegurador peruano ha incrementado sustancialmente el costo de las primas de seguros. Asimismo, indica que se ha iniciado el MORDAZA de seleccion correspondiente, el mismo que concluira a fines del mes de marzo del presente ano; Que, la situacion descrita en el considerando precedente ha derivado en una situacion extraordinaria no prevista, para la contratacion del servicio de seguros, y que el no contar con dicho servicio se compromete sustancialmente la continuidad de los servicios o de las operaciones esenciales que realiza el INEI, ya que se pondria en riesgo la cobertura de los bienes patrimoniales y la salud de los trabajadores, configurandose lo establecido en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia, y se aprobara mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, el numeral 2 del articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que la situacion de urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion definitiva; Que, mediante Informe Nº 001-2003-INEI/OTAJ, la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica ha emitido su informe conforme a lo establecido en el articulo 113º del Regla-

Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al mes de enero de 2003
RESOLUCION JEFATURAL Nº 027-2003-INEI MORDAZA, 31 de enero del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Normas de Ajuste por inflacion del Balance General con Incidencia Tributaria, usando para tal caso de correccion, el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, la Resolucion Ministerial Nº 041-91-EF/93, dispone que el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) publique mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, el INEI elabora el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como periodo Base: Ano 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es conveniente disponer la publicacion de la Variacion Mensual y Acumulada del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de enero del 2003, y del Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, que contiene la informacion oficial del Indice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la publicacion, del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional que contiene la Base: Ano 1994 = 100,00 correspondiente al mes de enero del 2003, asi como la publicacion de la variacion mensual y acumulada del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional.

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