Norma Legal Oficial del día 01 de Febrero del año 2003 (01/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 1 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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012-2001-PCM, y estando a las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura y el articulo 8º del Decreto Supremo Nº 0172001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de los procesos de seleccion que correspondan para las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras, hasta por un monto de S/. 6´567,000.00 (Seis Millones, Quinientos Sesenta y Siete Mil y 00/100 Nuevos Soles), con el objeto de prevenir y mitigar los danos que pueda ocasionar el Fenomeno "El Nino", en estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 008-2003-PCM y la Resolucion Directoral Nº 008-2002-EF/68.01. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion u organo equivalente, segun corresponda, a realizar las adquisiciones y contrataciones indicadas en el articulo 1º de la presente resolucion, a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 02052 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0086-2003-AG MORDAZA, 27 de enero de 2003 VISTA: La situacion de emergencia declarada a traves del Decreto Supremo Nº 008-2003-PCM, el Oficio Nº 047-2003AG-PMAAP del Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada, el Oficio Nº 067-2003-AG-CL-UOPE/P del Presidente de la Comision Nacional de Liquidaciones y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales (UOPE),y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2003-PCM, de fecha 13 de enero del 2003, y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se declaro en estado de emergencia ante la inminencia del Fenomeno de "El Nino" y por el plazo de sesenta (60) dias naturales a los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, Amazonas, San MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, a efectos que, entre otras entidades, el Ministerio de Agricultura pueda ejecutar obras y acciones de prevencion y de emergencia previstas en el Plan Nacional de Contingencia para el Fenomeno de "El Nino" 2002 - 2003 aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2002-PCM, o de ser el caso, las que MORDAZA aprobadas por la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres creada por Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM; Que, la Direccion General de Aguas y Suelos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, ha destinado recursos economicos del Programa de Encauzamiento de MORDAZA y Proteccion de Estructuras de Captacion - PERPEC VI Etapa, cuyos desembolsos seran administrados por el Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada - PMAAP del Ministerio de Agricultura, para la repotenciacion de la maquinaria pesada del Ministerio de Agricultura; Que, mediante el Oficio Nº 047-2003-AG-PMAAP, el Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada senalo que resulta necesario adoptar acciones para la repotenciacion de la maquinaria

pesada Fenomeno "El Nino" 2003-PERPEC VI, con la finalidad de disponer de maquinaria operativa en el momento que se requiera, solicitando para ello, la exoneracion de los procesos de adquisicion de bienes y contratacion de servicios para maquinaria; Que, mediante el Oficio Nº 067-2003-AG-CL-UOPE/P, el Presidente de la Comision Nacional de Liquidaciones y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales (UOPE) solicito se sirva considerar y evaluar lo solicitado por el Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada; Que, de conformidad con lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, la exoneracion de procesos de seleccion por la causal de situacion de emergencia se aprueba de conformidad con el procedimiento dispuesto en el articulo 20º de la Ley; Que, el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, dispone que todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del articulo 19º se aprobaran mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, por lo expuesto corresponde exonerar al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de los procesos de seleccion que correspondan para la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios, con el objeto de repotenciar la maquinaria pesada Fenomeno "El Nino" 2003-PERPEC VI, dentro del MORDAZA de la emergencia declarada por el Decreto Supremo Nº 008-2003-PCM ; De conformidad con el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y estando a las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura y el articulo 8º del Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de los procesos de seleccion que correspondan para la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios, hasta por un monto de S/. 2'000,000.00 (Dos Millones y 00/100 Nuevos Soles), proveniente de la cadena Funcional Programatica 001 04 009 0050 2.00526 3.3010 (Rehabilitacion y Reconstruccion Obras VI Etapa - F. El Nino) con el objeto de repotenciar la maquinaria pesada Fenomeno "El Nino" 2003-PERPEC VI, en estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 008-2003-PCM. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion a realizar las adquisiciones y contrataciones que resulten necesarias. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 02053

Designan directores y asesores del INIA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0089-2003-AG MORDAZA, 31 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 269-2001-AG, publicada el 6 de diciembre de 2001, se designo al Soc. M.

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