Norma Legal Oficial del día 02 de Febrero del año 2003 (02/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 2 de febrero de 2003
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, se creo el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural -PROVIAS RURAL-, con autonomia tecnica, administrativa y financiera, encargado de las actividades de preparacion, gestion, administracion y ejecucion de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Rural, asi como de la planificacion, gestion y control de actividades y recursos economicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de los caminos y puentes de la Red Vial Rural; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural -PROVIAS RURAL-, asumio los derechos y obligaciones del Programa de Caminos Rurales del Proyecto Especial Rehabilitacion Infraestructura de Transportes; Que, mediante Nota de Elevacion Nº 004-2003-MTC/21, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural -PROVIAS RURAL-, solicita se apruebe el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 009-Pro Vias Rural; Que, mediante Memorandum Nº 116-2003-MTC/09.03, la Oficina General de Presupuesto y Planificacion ha senalado que los bienes, servicios, obras, estudios y supervisiones, comprendidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural -PROVIAS RURAL-, se encuentran financiados en el presupuesto aprobado para el ano 2003; Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, que prevea los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, de acuerdo al articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa segun corresponda, dentro de los treinta dias naturales siguientes de aprobado el presupuesto institucional en concordancia con el monto asignado conforme a las leyes presupuestales de la Republica para el ejercicio anual a ejecutarse, debiendo publicarse la resolucion que aprueba el referido Plan dentro de los diez dias habiles siguientes de su expedicion en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 826-2002-MTC/ 09 de fecha 31 de diciembre de 2002, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos correspondiente al Ano Fiscal 2003 del Pliego 036-Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/ PRE, se aprueba la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE, la misma que regula el procedimiento de elaboracion e informacion que debe contener el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Publico sujetas a la normativa sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la remision de dicha informacion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE-; Que, de acuerdo al numeral 5 de la referida Directiva, el Plan Anual en su integridad debera ser remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE-, dentro de los diez dias habiles siguientes a su aprobacion y del mismo modo en igual plazo, MORDAZA de dicho Plan debera remitirse a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa -PROMPYME- por el medio de comunicacion mas rapido; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 009-Pro Vias Rural del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente al ejercicio presupuestal 2003; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 009-Pro Vias Rural del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente al ejercicio presupuestal del ano 2003, cuyos anexos forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 009-Pro Vias Rural ponga en conocimiento

del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE- y de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa -PROMPYME- el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 009-Pro Vias Rural. Articulo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003 de la Unidad Ejecutora 009Pro Vias Rural, se encuentra a disposicion del publico en la pagina WEB del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural: www.proviasrural.gob.pe y en la Gerencia de Administracion del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural, ubicado en Av. Garcilaso de la MORDAZA Nº 1351 (3er. piso) Centro Civico y Comercial de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 02001

VIVIENDA
Aprueban el Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional - BFH - Postulacion individual
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 031-2003-VIVIENDA MORDAZA, 30 de enero del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se declaro de interes nacional la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y bajo la administracion del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda- Fondo MIVIVIENDA; Que, mediante Ley Nº 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, otorgado por una sola vez a los beneficiarios, con criterio de utilidad publica, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-VIVIENDA, se aprobo el Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional- BFH, el cual dispone que mediante Resolucion Ministerial de Vivienda, Construccion y Saneamiento se estableceran las demas disposiciones que fueren necesarias para la aplicacion del mismo; Que, asimismo por Resolucion Ministerial Nº 098-2002VIVIENDA se aprobo el Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional (BFH)- Postulacion Individual que dispone las modalidades de aplicacion al MORDAZA Familiar Habitacional, asi como otras disposiciones referidas a la postulacion, asignacion y pago del BFH; Que, es necesario efectuar modificaciones al Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional (BFH)- Postulacion Individual aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 098-2002-VIVIENDA, a fin de optimizarlo en base a la experiencia obtenida durante la ejecucion del Programa Piloto Techo Piloto; Conforme a lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Apruebase el "Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional-BFH - Postulacion Individual", que consta de siete (7) capitulos, cuarenta y nueve (49) articulos y una (1) Disposicion Transitoria y Final, el mismo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 098-2002-VIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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