Norma Legal Oficial del día 28 de Febrero del año 2003 (28/02/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 239904

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de febrero de 2003

Reiteran solicitud a Colegios de Notarios para que convoquen a Concurso Publico de Meritos para cubrir plazas notariales vacantes
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 004-2003-JUS/CN
MORDAZA, 11 de febrero del 2003 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Resolucion del Consejo del Notariado Nº 035-2002-JUS/CN, se solicito a los veintidos Colegios de Notarios del Peru, la convocatoria a Concurso Publico de Meritos para cubrir las plazas notariales no cubiertas y vacantes existentes en su jurisdiccion; Que, a la fecha algunos Colegios de Notarios aun no han realizado la convocatoria a Concurso Publico de Meritos, y existen aun plazas notariales vacantes en distintos Distritos Notariales, resultando necesario reiterar la solicitud formulada, precisandose que debera convocarse, por Concurso Publico, cerrado o abierto, a todas aquellas plazas notariales que se encuentren vacantes a la fecha, por cese, cancelacion, o fallecimiento, de las plazas notariales determinadas por la Resolucion Suprema Nº 225-97-JUS; Que, ademas se han producido vacantes que deben ser cubiertas, conforme lo dispone la Ley del Notariado, aprobada por Decreto Ley Nº 26002; De conformidad a lo dispuesto por el Reglamento del Consejo del Notariado, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-94-JUS, el Reglamento del Concurso Publico de Meritos para el Ingreso a la Funcion Notarial, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 398-2001-JUS, el Consejo del Notariado acuerda, en su sesion del 11 de febrero de 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reiterar la solicitud a los Colegios de Notarios, para que se convoque a Concurso Publico de Meritos a fin que se cubran las plazas notariales vacantes existentes, en los Distritos Notariales correspondientes a su jurisdiccion, mediante Concurso Publico abierto o cerrado. Articulo 2º.- Precisese que debera entenderse por plaza notarial vacante, aquella que no ha sido cubierta por Concurso Publico anterior, o habiendo sido cubierta por Concurso Publico u otra modalidad, se halle en vacancia por motivos de cese, cancelacion o fallecimiento. Articulo 3º.- Solicitar a los Colegios de Notarios donde hubieran plazas vacantes que realicen las convocatorias respectivas para que estas MORDAZA cubiertas. Articulo 4º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion a los veintidos Colegios de Notarios del Peru, para su conocimiento y fines. Articulo 5º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion al senor Ministro de Justicia, para su conocimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Presidente del Consejo del Notariado MORDAZA MORDAZA RIVAROLA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA ERAUSQUIN Consejero 03716

que declaro improcedente la queja interpuesta contra el Notario Publico de MORDAZA, senor MORDAZA Paino Scarpati; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 31 de MORDAZA del 2002, el senor MORDAZA Canepa MORDAZA denuncia la comision de una infraccion por parte del notario quejado, al efectuar sus descargos en el tramite de una queja anteriormente interpuesta por el quejoso contra el mismo notario, queja cuyo tramite finalizo al emitirse la Resolucion del Colegio de Notarios de MORDAZA Nº 351-2001-CNL/D, del 4 de diciembre del 2001; Que, segun el quejoso, el notario quejado declaro falsamente en los descargos que dieron lugar a la Resolucion del Colegio de Notarios de MORDAZA Nº 351-2001CNL/D, lo cual habria sido aceptado por el propio notario en el MORDAZA parrafo del escrito que consta a fojas diecinueve del expediente administrativo; Que, con fecha 17 de junio del ano 2002, el senor MORDAZA Canepa MORDAZA precisa que su queja incluye al Colegio de Notarios de MORDAZA, por no denunciar ante el Ministerio Publico los actos irregulares atribuidos por el quejoso al senor MORDAZA Paino Scarpati; Que, mediante Resolucion Nº 344-2002-CNL/D, el Colegio de Notarios de MORDAZA declara improcedente la queja del 31 de MORDAZA del 2002, considerando que del analisis de los descargos referidos por el quejoso, no se aprecia la aceptacion a que hace referencia el MORDAZA considerando de la presente resolucion, dado que en todos sus informes el notario quejado se ratifica en lo manifestado inicialmente; Que, se aprecia de la queja del 31 de MORDAZA del 2002 y del escrito de fecha 17 de junio del 2002, que el quejoso no aporta prueba alguna que demuestre la comision de la nueva infraccion atribuida al notario quejado; Que, se advierte de la queja del 31 de MORDAZA del 2002, que es pretension del quejoso una nueva revision de los hechos que dieron lugar a la Resolucion del Colegio de Notarios de MORDAZA Nº 351-2001-CNL/D, del 4 de diciembre del 2001, siendo improcedente articularla nuevamente al constituir esta un acto firme, conforme a lo dispuesto por el articulo 212º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Ley Nº 27444; Que, por otra parte, no procede exigir al Colegio de Notarios de MORDAZA denunciar ante el Ministerio Publico al notario quejado, toda vez que de los actuados no se advierte la existencia de delito alguno, lo cual no limita el derecho del quejoso de recurrir a la via judicial si lo considerare pertinente; De conformidad a lo previsto en el articulo 212º de la Ley General del Procedimiento Administrativo, y a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesion de fecha 11 de febrero del 2003, en aplicacion de lo dispuesto por el articulo 142º, inciso e) del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Confirmar la Resolucion del Colegio de Notarios de MORDAZA Nº 344-2002-CNL-D, que declaro improcedente la queja interpuesta contra el Notario Publico de MORDAZA, senor MORDAZA Paino Scarpati, por los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de MORDAZA y a los interesados, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA Consejero MORDAZA MORDAZA ERAUSQUIN Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 03717

Confirman resolucion que declaro improcedente queja interpuesta contra Notario Publico de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 005-2003-JUS/CN
MORDAZA, 11 de febrero del 2003 VISTO, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Canepa MORDAZA contra la Resolucion Nº 344-2002-CNL-D,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.