Norma Legal Oficial del día 28 de Febrero del año 2003 (28/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 28 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la designacion de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ambito de FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empresa, debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Que, habiendose dado por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castanon, al cargo de miembro del Directorio de la empresa ELECTRONOROESTE S.A. y agradecidos los servicios prestados a dicha Empresa, se comunica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 012-2003/003-FONAFE, de fecha 26 de febrero de 2003, se designo al senor MORDAZA Butron MORDAZA como miembro del Directorio de la referida empresa. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva 03839

FONCODES
Autorizan contratacion mediante adjudicacion de menor cuantia de persona natural como Secretario Ejecutivo de la Comision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional del FONCODES
FONDO NACIONAL DE COMPENSACION Y DESARROLLO SOCIAL RESOLUCION DE LA DIRECCION EJECUTIVA Nº 033-2003-FONCODES/DE
MORDAZA, 24 de febrero de 2003 VISTOS: El Memorando Nº 004-2003-FONCODES/DE de fecha 18 de febrero de 2003, el Informe Nº 001-2003FONCODES/GG de fecha 19 de febrero de 2003, el Memorando Nº 037-2003-FONCODES/GAF de fecha 20 de febrero de 2003, el Informe Nº 25-2003-FONCODES/GPyS de fecha 20 de febrero de 2003, y el Informe Legal MORDAZA Nº 010-2003-FONCODES/GAL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 008-2002-FONCODES/DE de fecha 17 de enero de 2002, modificada por las Resoluciones de la Direccion Ejecutiva Nºs. 029 y 216-2002-FONCODES/DE de fechas 7 de febrero y 21 de octubre de 2002, se crea la Comision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional; Que, mediante Acuerdo Nº 066-2002 adoptado en la Sesion de Directorio Nº 148 de fecha 21 de noviembre de 2002, se aprueba la nueva conformacion de la Comision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional, encargandose a la Direccion Ejecutiva adoptar las acciones administrativas necesarias para su debida implementacion, y delegandose a la citada Comision la facultad de aprobar su Reglamento de Funcionamiento y otros instrumentos normativos de gestion; Que, mediante Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 004-2003-FONCODES/DE de fecha 10 de enero de 2003, entre otros, se precisa la nueva conformacion de la Comision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional, segun lo aprobado por el Directorio de la Entidad mediante Acuerdo referido en el considerando precedente, asi como que con arreglo al citado Acuerdo de Directorio la Comision aprobara su Reglamento de Funcionamiento y otros instrumentos normativos de gestion, con cargo a dar cuenta al Directorio en su proxima sesion luego de aprobados los mismos, y que contara con una Secretaria Ejecutiva que tendra a su cargo un Equipo Tecnico Profesional; Que, en la Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 013-2003-FONCODES/DE de fecha 27 de enero de 2003, se declara que en virtud a lo aprobado por la Co-

mision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional mediante Acuerdo Nº 002-01-CTI-2003 de su Sesion Nº 001-2003 de fecha 14 de enero de 2003, el ejercicio del cargo de Secretario Ejecutivo de la Comision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional de FONCODES, durante el presente ano, ha recaido en el Dr. MORDAZA MORDAZA Ambia Camargo; Que, de conformidad con lo previsto por el literal h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios personalisimos que correspondan a Licitaciones Publicias, Concursos Publicos o Adjudicaciones Directas se encuentran exoneradas de los indicados procesos de seleccion, procediendo su contratacion, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 20º de la precitada MORDAZA, mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las condiciones que deben reunir la contratacion para poder acceder a la causal de exoneracion por servicios personalisimos, senalando que esta esta referida a los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, estableciendo que la evaluacion de las caracteristicas o habilidades del locador debera ser objetiva y se efectuara en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo, la misma que no puede ser materia de subcontratacion; Que, los Articulos 34º, 105º, 113º y 116º del referido Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion MORDAZA aludidos, precisando que una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion, siendo que dicha resolucion requiere obligatoriamente un informe tecnico-legal previo emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la Entidad, que justifique la contratacion y la necesidad de la exoneracion, contemplando criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad, y determinando en cada caso la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, mediante Memorando Nº 004-2003-FONCODES/DE del Vistos, el Director Ejecutivo de FONCODES, Titular del Pliego de la Entidad, autoriza la contratacion de los servicios personalisimos del Secretario Ejecutivo de la Comision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional de FONCODES, recaida en el Dr. MORDAZA MORDAZA Ambia MORDAZA, ello en cumplimiento a lo establecido en el numeral 13.2 del Articulo 13º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, Ley Nº 27879; Que, mediante Informe Nº 001-2003-FONCODES/ GG del Vistos, la Gerencia General justifica tecnicamente la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA Ambia MORDAZA bajo la causal de exoneracion por servicios personalisimos, a efectos que brinde sus servicios como Secretario Ejecutivo de la Comision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional de FONCODES, por contar con estudios y especializacion en gestion y direccion general, Derecho Constitucional Comparado, asi como experiencia profesional en la actividad privada y publica, ello aunado a su demostrada y comprobada capacidad en la gestion como Presidente de dicha Comision en el periodo de junio a diciembre de 2002; Que, mediante Memorando Nº 037-2003-FONCODES/GAF del Vistos, la Gerencia de Administracion y Finanzas manifiesta que la contratacion para el servicio personalisimo senalado en el considerando anterior, implicara en todo caso la realizacion de labores estrictamente ajenas y distintas a las funciones previstas en el Manual de Organizacion y Funciones - MOF de la entidad; y, que las calificaciones necesarias del locatario, la naturaleza del servicio, el tiempo de duracion del contrato y el monto de los honorarios, estan precisados en el

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