Norma Legal Oficial del día 28 de Febrero del año 2003 (28/02/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

Pag. 239948
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de febrero de 2003

CONSIDERANDO: Que, el poder tributario municipal para crear derechos de emision se encuentra establecido, en los articulos 74º y 194º de la Constitucion Politica del Peru, asi como en el articulo 94º de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 23853, y senalada en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, la Cuarta Disposicion Final de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes; incluida su distribucion a domicilio, pueden cobrar por dichos servicios no mas de 0.4 % de la UIT, vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, para el presente ejercicio se ha establecido, mediante Decreto Supremo Nº 191-2002-EF, que el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), sera de Tres Mil Cien Nuevos Soles (S/. 3,100); Que, es necesario proceder a determinar los montos a cobrar por los derechos de emision mecanizada, determinacion, distribucion de la Declaracion Jurada, Liquidacion y recibo de pago del Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Arbitrios Municipales, Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos; Multa Tributaria, y Resolucion de Perdida de Fraccionamiento; En uso de las facultades establecidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo por mayoria aprobo la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Fijese en S/. 8.40 (Ocho y 40/ 100 Nuevos Soles), el monto anual que deberan pagar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada, determinacion del Impuesto Predial y distribucion de la Declaracion Jurada y Liquidacion del Ejercicio 2003, hasta por dos (2) predios. Por cada predio adicional debera abonar S/. 4.00 (Cuatro 00/100 Nuevos Soles). Articulo Segundo.- Fijese en 1.50 (Un 50/100 MORDAZA Sol) el monto trimestral que deberan pagar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada, determinacion del tributo, incluida la distribucion de la liquidacion por cada uno de los arbitrios y por cada una de las Multas Tributarias, para el ejercicio 2003. Articulo Tercero.- Fijese en S/. 2.00 (Dos 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de emision y distribucion de Orden de Pago, Resolucion de Determinacion, Resolucion de Multa Tributaria, Resolucion de Perdida de Fraccionamiento, por la Liquidacion y recibos de pago del Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos y al Impuesto de Alcabala. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03773

Que, el articulo 27º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF, establece que la obligacion tributaria se extingue, entre otros medios, por Resolucion de la Administracion Tributaria que declara las deudas tributarias como de cobranza dudosa o de recuperacion onerosa, siempre que consten en las respectivas Resoluciones de Determinacion u Ordenes de Pago; Que, el articulo 43º del citado cuerpo normativo, dispone que la accion de la Administracion Tributaria para exigir el pago de la deuda tributaria prescribe a los cuatro (4) anos y a los seis (6) anos para quienes no hubieren presentado la declaracion respectiva; Que, habiendo transcurrido el plazo de prescripcion, la Administracion Tributaria se encuentra impedida de ejercer cualquier accion de cobranza, con lo que se entiende agotadas las acciones de recuperacion, deviniendo las deudas en unas de recuperacion dudosa, conforme a lo dispuesto por el D.S. Nº 0222000-EF; Que, el actual Sistema de Administracion Tributaria (Sistema Informatico y Archivos Fisicos), no permiten determinar el cumplimiento de la MORDAZA de las declaraciones juradas y por tanto determinar el plazo de prescripcion, por lo que atendiendo a que las acciones de la administracion deben basarse sobre hechos probados, la administracion debera proceder a determinar las deudas tributarias de los contribuyentes a partir del ano 1999; En uso de las facultades establecidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con dispensa del tramite de lectura y Aprobacion del Acta, el Concejo por mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Extingase las deudas tributarias anteriores al ano 1999, respecto de las cuales MORDAZA transcurrido el plazo de prescripcion correspondiente, el cual se encuentra previsto en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, por considerarse estas deudas de cobranza dudosa, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 022-2000-EF. Articulo Segundo.- A fin de determinar las deudas a prescribir, debera considerarse que estas, comprenden tambien a aquellas deudas tributarias que habiendo sido notificadas, no cuentan en la actualidad, con los valores fisicos de estos actos. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03772

Fijan monto a pagar por concepto de emision mecanizada, determinacion del Impuesto Predial y distribucion de la Declaracion Jurada y Liquidacion del Ejercicio 2003
ORDENANZA Nº 038-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 17 de febrero de 2003 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES; POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, en Sesion Ordinaria de fecha 17 de febrero del 2003;

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian plazo de pago del Impuesto Predial del ano 2003
DECRETO DE ALCALDIA Nº 04-2003-MDSM
San MORDAZA, 27 de febrero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, Informe Nº 035-2003-OR/MDSM de la Oficina de Rentas, en el cual solicita la Ampliacion del Plazo para el Pago al Contado o de la Primera Cuota del Impuesto Predial correspondiente al ano 2003;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.