Norma Legal Oficial del día 28 de Febrero del año 2003 (28/02/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, viernes 28 de febrero de 2003
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 239953

Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 000004 publicado el 7/2/03, se dispuso la prorroga del beneficio del pago anticipado de los Arbitrios Municipales del ano 2003, otorgado mediante la Ordenanza Nº 000004; Que, asimismo, el mencionado Decreto dispuso la prorroga para el vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales correspondientes al mes de enero, hasta el 14 de febrero de 2003; Que, a la fecha existe un gran numero de personas que por diversas razones no han podido realizar el pago oportunamente y/o acogerse al beneficio otorgado, por lo que a fin de brindar facilidades a los contribuyentes, que coadyuven al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, se hace necesario prorrogar la vigencia de los plazos previstos en el Decreto citado; Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 000004, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto, prorrogue el vencimiento de los plazos que la MORDAZA acotada preve; Estando a lo dispuesto y en ejercicio de las facultades que confiere al MORDAZA el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar el vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales del mes de enero del 2003 hasta el 28 de febrero del 2003. Articulo Segundo.- Prorrogar el vencimiento del plazo para acogerse al beneficio del descuento del Quince (15%) por ciento sobre el monto de la deuda insoluta de los Arbitrios Municipales 2003, por el pago adelantado de dichos tributos, hasta el 28 de febrero del 2003. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Publiquese y cumplase MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 03826

nes que acuerde el respectivo Concejo Municipal acorde a sus propias necesidades reales, determinandose los porcentajes de aplicacion para gasto corriente e inversion y los niveles de responsabilidad correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 194º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, y con las facultades y atribuciones de que esta investido el Despacho de Alcaldia; ACUERDO: Articulo 1º.- ESTABLECER que a partir del ejercicio presupuestal del ano 2003, los recursos del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) que perciba la Municipalidad Provincial de Chanchamayo seran utilizados acorde a sus propias necesidades reales, determinandose los porcentajes de su aplicacion de la siguiente manera: - 70% para gasto corriente. - 30% para inversiones. Articulo 2º.- NOTIFICAR la presente Resolucion de Concejo a la Direccion Municipal y Unidad de Planificacion y Presupuesto. Articulo 3º.- Derogar toda MORDAZA municipal que se oponga a la presente Resolucion de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03766

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORROPON - CHULUCANAS
Declaran en situacion de urgencia el Programa del Vaso de Leche de la municipalidad
RESOLUCION MUNICIPAL Nº 015-2003-MPM-CH
Chulucanas, 14 de febrero de 2003 VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 036-2003-MPM-CH-SG, adoptado en Sesion Ordinaria Nº 003-2003-MPM-CH de fecha 13 de febrero del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, senala que las Municipalidades promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, la Ley que establece Normas Complementarias para la ejecucion del Programa del Vaso de Leche Nº 27470, senala que las municipalidades se constituyen como responsables de la ejecucion del Programa del Vaso de Leche, organizando Programas, coordinando y ejecutando la implementacion de dicho programa en sus fases de seleccion de beneficiarios, programacion, distribucion, supervision y evaluacion; Que, resulta necesario implementar los mecanismos que conllevan a la adquisicion de los productos e insumos necesarios para la optimizacion y cumplimiento de los objetivos la Division de Administracion del Vaso de Leche - Programa del Vaso de Leche; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, senala textualmente que se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria o imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo;

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Establecen porcentajes en que se aplicaran recursos del FONCOMUN que perciba la municipalidad
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 005-2003-MPCH
La MORDAZA, 24 de enero de 2003 Visto el Acuerdo de Concejo Nº 002-2003-MPCH; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo estipulado en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la Municipalidad Provincial de Chanchamayo como Organo de Gobierno Local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a lo dispuesto por la Fe de Erratas de la Ley Nº 27630, el mismo que modifica el Art. 89º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, los recursos del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) que reciban las Municipalidades de la Republica, seran utilizados sustentado a las propias necesidades reales en que se encuentra el Gobierno Local; Que, el Articulo 47º de la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, dispone expresamente que a partir del ejercicio presupuestal del ano 2003, los recursos del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) que perciban las Municipalidades seran utilizados para los fi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.