Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2003 (06/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2003

c) Preparar y proponer ante el Directorio Central, la aprobacion de los Estados Financieros Anuales, dentro de los 90 dias naturales del cierre del ejercicio contable anterior. d) Informar en forma trimestral al Directorio Central sobre los diversos aspectos de la gestion Institucional. e) Evaluar la ejecucion del Presupuesto Anual, adjuntando las recomendaciones del caso. f) Sustentar los Informes Financieros ante el Directorio Central y la Asamblea Nacional de Delegados del SESDIS, sea este Ordinario o Extraordinario. g) Supervisar en forma conjunta con el Presidente del Directorio Central y el Director Financiero, el movimiento de ingresos y egresos de los fondos institucionales. h) Responsable de administrar en forma optima las operaciones de la Institucion. i) Supervisar y evaluar la labor del personal a su cargo. j) Contratar al personal tecnico y administrativo, conforme a los requerimientos institucionales y del presupuesto, previo concurso de merito y aptitudes personales, en coordinacion con el Presidente del Directorio Central. k) Informar a las Juntas Promotoras en forma mensual, la relacion de morosos para que gestionen la regularizacion de las cobranzas del caso. l) Formular y presentar al Directorio Central para su aprobacion, el Plan Anual de Inversiones y el Plan de Desarrollo Institucional, asi como su posterior evaluacion. ll) Formular y presentar, el Presupuesto Anual del ano siguiente, al Directorio Central, con una anticipacion de dos meses al cierre del ejercicio economico anual. m) Analizar y opinar sobre los informes economicos y financieros del SESDIS. n) Hacer conocer oportunamente al Directorio Central, la correspondencia e informes recibidos. o) Firmar con el Presidente o Director Financiero, los cheques que emita el SESDIS. p) Asistir a las sesiones del Directorio Central previa convocatoria, con derecho a voz. q) Implementar las estrategias para la captacion de socios que el Directorio Central disponga. r) Proponer e implementar estrategias para la recuperacion de los prestamos y aportaciones. s) Responsabilizarse en forma mancomunada con el Directorio Central, Consejo de Vigilancia y Auditor Interno, de velar por la integridad de la Reserva Tecnica. t) Cumplir con los requerimientos y/o documentos exigidos por las entidades reguladoras en los plazos previstos. CAPITULO VI DEL CONSEJO DE VIGILANCIA Articulo 51º.- El Consejo de Vigilancia es el Organo encargado de supervisar todas las actividades del SESDIS y de fiscalizar los actos del Directorio Central; asi como de sus servidores rentados y asociados. Articulo 52º.- Los miembros del Consejo de Vigilancia son elegidos en la Asamblea Nacional de Delegados, y son solidariamente responsables de los actos que ejecuten, estando sujetos a la responsabilidad administrativa, civil o penal a que hubiera lugar. Articulo 53º.- El mandato del Consejo de Vigilancia dura tres (3) anos, pudiendo ser reelegidos por una sola vez en forma consecutiva en el mismo cargo. Articulo 54º.- Son funciones del Consejo de Vigilancia: a) Fiscalizar los aspectos relativos a la marcha economica, administrativa y financiera de la Institucion, de acuerdo con las normas legales establecidas. b) Fiscalizar los aspectos laborales de sus servidores rentados, de conformidad con las normas legales vigentes para el Sector privado. c) Formular al Directorio Central las recomendaciones, observaciones de caracter tecnico administrativo, economico, financiero y legal, que permita la buena marcha de la Institucion. d) Emitir opinion ante el Directorio Central sobre los proyectos de inversion, licitacion y contratos del SESDIS.

e) Emitir opinion sobre el proyecto del presupuesto de la Institucion. f) Atender las reclamaciones de los asociados, de acuerdo a las normas que rigen a la Institucion. g) Realizar examenes especiales y auditorias a la gestion economica, financiera y administrativa del SESDIS. h) Formular su Plan de Trabajo, dentro de los 60 dias de instalados como Consejo de Vigilancia y para los siguientes anos con dos meses de anticipacion al cierre del ejercicio anual. i) Velar por el cumplimiento del presente Reglamento y demas normas internas del SESDIS. j) Proponer ante la Asamblea Nacional de Delegados, la separacion o expulsion de socios o dirigentes, cuyos actos MORDAZA lesivos a los intereses de la Institucion previo MORDAZA administrativo. k) Presentar a la Asamblea Nacional de Delegados, un informe de las operaciones y servicios realizados durante el ejercicio fenecido, tomando como base el Plan de Desarrollo Institucional, Presupuesto, Estados Financieros, Informes de Auditorias, Inventarios, Reglamentos y otros documentos referidos al SESDIS. l) El Consejo de Vigilancia, a solicitud del Directorio Central, aperturara Procesos Administrativos a los asociados y dirigentes de la Institucion, cuando las circunstancias lo requieran, previa denuncia. ll) El Consejo de Vigilancia es responsable del cumplimiento de su Plan de Trabajo. m) Supervisar el otorgamiento y volumen de Prestamos, Derramas y MORDAZA Economico por Fallecimiento AEFA, de conformidad a los fondos presupuestados. n) Responsabilizarse en forma mancomunada con el Directorio Central, Gerente General y Auditor Interno, de velar por la integridad de la Reserva Tecnica. Articulo 55º.- El Consejo de Vigilancia esta conformado por tres (3) miembros: - Presidente. - Secretario. - Vocal. Articulo 56º.- Son funciones del Presidente del Consejo de Vigilancia: a) Representar al Consejo de Vigilancia. b) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo de Vigilancia. c) Firmar con el Secretario los documentos oficiales d) Coordinar las acciones institucionales con el Presidente del Directorio Central. e) Supervisar el cumplimiento de las funciones de los miembros del Directorio Central. f) Presentar informes anuales y Memoria al termino de su gestion. g) Participar en los Comites Economico-Financiero y el Comite de Patrimonio Inmobiliario y Construccion. Articulo 57º.- Son funciones del Secretario del Consejo de Vigilancia: a) Llevar al dia el Libro de Actas. b) Redactar las comunicaciones oficiales y firmar conjuntamente con el Presidente. c) Tramitar los oficios y otras comunicaciones, asi como hacer el seguimiento correspondiente. d) Organizar y tener al dia el archivo del Consejo de Vigilancia. e) Elaborar informes para su difusion. f) Participar en los Comites de Educacion y Promocion de Nuevos Socios y el Comite de Organizacion, Personal y Asuntos Legales. Articulo 58º.- Son funciones del Vocal del Consejo de Vigilancia: a) Apoyar las acciones del Presidente y Secretario. b) Formular propuestas en bien de la Institucion. c) Realizar tareas relacionadas con las comisiones que le asigne el Consejo de Vigilancia. d) Participar en el Comite de Beneficios y Servicios.

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