Norma Legal Oficial del día 07 de Junio del año 2003 (07/06/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

Pag. 245600

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de junio de 2003

Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Corresponde exclusivamente al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil las funciones de planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones registrales de su competencia, entre los que se encuentran los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican el estado civil de las personas; Que, la normativa registral se complemento con el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del 23 de MORDAZA de 1998, MORDAZA que regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponiendo a su vez que el Sistema Registral esta integrado, entre otros organismos, por las Oficinas Registrales encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes, por ello, por Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, del 3 de MORDAZA de 1996, se delego las funciones registrales contenidas en el articulo 44 de la Ley Nº 26497 a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados Menores debidamente autorizadas; Que, atendiendo que la deficiencia mas aguda en el funcionamiento tecnico operativo de los Registros de Estado Civil tenia su causa y su consecuencia directa en la inestabilidad institucional para su funcionamiento en la que se encontraban las Oficinas de Registro de Estado Civil, esto es, la carencia de un organo rector que estableciera mecanismos basicos de capacitacion, orientacion, verificacion y control, bajo los cuales debiesen desarrollar sus actividades los Registradores de Estado Civil y al hecho concreto que el MORDAZA de integracion a que se referia complementariamente la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, requeria para su debida implementacion de la eliminacion de la informalidad registral civil existente en el MORDAZA, se establecio un MORDAZA de regularizacion de las Oficinas de Registro no autorizadas ubicadas en los Centros Poblados Menores de la Republica, el mismo que a la fecha ha permitido oficializar la inscripcion de los hechos vitales y actos modificatorios del estado civil en los lugares mas apartados del pais; Que, las Municipalidades de Centros Poblados Menores a que se refieren los informes de los vistos han formalizado expedientes de regularizacion de Oficina Registral en su localidad, los mismos que se encuentran debidamente complementados, por lo que ha sido aprobada la delegacion funcional a traves de las respectivas Resoluciones Jefaturales emitidas por la mas alta autoridad de la institucion y estableciendo la delegacion y vinculacion funcional que la MORDAZA dispone, las mismas que requieren la publicidad esencial para su vigencia; y, De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar en via de regularizacion la delegacion de las funciones registrales a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de Centros Poblados Menores de:
ITEM CENTRO POBLADO MENOR 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 CCOPAMAYA CHUCMAR HUANCAHUASI LA RAMADA MARISCAL MORDAZA NAPATI SAN MORDAZA SHOGUE TRES DE MORDAZA DE PAGSHAG YUNGASUYO DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO

dente quedan encargados de las funciones establecidas en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del 23 de MORDAZA de 1998, asi como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 10720

Declaran desierto item de adjudicacion directa selectiva destinada a la contratacion de servicio de seguridad y vigilancia de locales de MORDAZA y Callao
RESOLUCION JEFATURAL Nº 227-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 6 de junio de 2003 VISTOS: el expediente de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0007-2003-CE-RENIEC destinada a la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia de los locales institucionales de RENIEC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 179-2003-JEF/RENIEC de fecha 16 de MORDAZA de 2003, se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por el Consorcio JCB PROFESIONALES EN SEGURIDAD S.A.C y PROTECCION PATRIMONIAL INTEGRAL S.A. contra el otorgamiento de la buena pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0072003-RENIEC, destinada a la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia de los locales de MORDAZA y Callao, descalificando de oficio la propuesta del Consorcio apelante debido a que dicho postor presento documentacion no sujeta a la verdad en el referido MORDAZA, con la finalidad de obtener la MORDAZA puntuacion; Que, mediante Resolucion Nº 180-2003-JEF/RENIEC de fecha 16 de MORDAZA de 2003, se dispuso por otro lado, declarar fundado en parte el recurso de apelacion interpuesto por Consorcio JCB Profesionales en Seguridad S.A.C. y Proteccion Patrimonial Integral S.A. contra el item 2 de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0007-2003-RENIEC destinada a la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia de los locales institucionales de provincias a nivel nacional, variando la puntuacion total mas no asi el otorgamiento de la buena pro a favor del postor MORDAZA Security S.A.C- MAS SEGURIDAD S.R.L.; Que, con fecha 29 de MORDAZA de 2003, la empresa JCB Profesionales en Seguridad S.A.C. comunica a esta entidad que el Consorcio MORDAZA Segurity S.A.C- MAS SEGURIDAD S.R.L. quien obtuvo la buena pro en el item 2 de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0007-2003-RENIEC para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para los locales de provincias de RENIEC, se encuentra con suspension temporal para contratar con el Estado desde el 20 de MORDAZA del 2003, hasta el 20 de noviembre de 2003, mediante Resolucion Nº 443.2003.TC-S2 del CONSUCODE, encontrandose por tanto impedida de firmar contrato con entidad del Estado alguna, solicitando ocupar el lugar que le corresponde al haber quedado en MORDAZA lugar en la calificacion del referido MORDAZA de seleccion; Que, de la revision y reevaluacion de los antecedentes referidos al MORDAZA de seleccion mencionado se establece que el mismo, es un MORDAZA integral, lo cual se evidencia en el hecho de que las propuestas tecnicas presentadas por los postores participantes debian de ser presentadas en un sobre unico, distinguiendose unicamente por la MORDAZA de los montos de las propuestas economicas y por algunos requisitos de caracteristicas tecnicas (por ejemplo, para el caso de vigilancia de locales de MORDAZA se requeria la MORDAZA del curriculum de un supervisor general y dos supervisores residentes; mientras que para el caso provincias la MORDAZA del curriculum de cinco agentes) pero el MORDAZA en si corresponde a un MORDAZA

ACORA TACABAMBA PACHANGARA MORDAZA TINGO DE PONASA RIO NEGRO MORDAZA ULCUMAYO CHURUBAMBA LONYA GRANDE

MORDAZA CHOTA OYON MORDAZA PICOTA SATIPO TUMBES MORDAZA MORDAZA UTCUBAMBA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA TUMBES MORDAZA MORDAZA AMAZONAS

Articulo Segundo.- Los Jefes de las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de los Centros Poblados mencionados en el articulo prece-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.