Norma Legal Oficial del día 07 de Junio del año 2003 (07/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 7 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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cion Gestion, Cia. Impresora Peruana, Empresa Peruana de Servicios Editoriales, Empresa Periodistica Nacional S.A.C., Liberacion S.A., Editora Sindesa S.A., Editora Periodistica Lideres S.A., Empresa Editora Multimedia S.A.C. y Apoyo Publicaciones S.A., procediendo las respectivas contrataciones mediante el procedimiento de Menor Cuantia; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Nº 26702, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento, Decreto Supremo Nº 041-2003PCM y demas normas complementarias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion de los procesos de seleccion correspondientes a la contratacion de la Empresa Editora El Comercio, Corporacion Gestion, Cia. Impresora Peruana, Empresa Peruana de Servicios Editoriales, Empresa Periodistica Nacional S.A.C., Liberacion S.A., Editora Sindesa S.A., Editora Periodistica Lideres S.A., Empresa Editora Multimedia S.A.C. y Apoyo Publicaciones S.A., para que presten el servicio de publicidad de avisos relacionados con lo que constituye las funciones de la Superintendencia de Banca y Seguros, bajo la causal de servicios personalisimos, por un periodo anual, a partir de la suscripcion de los respectivos contratos. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar a las empresas mencionadas en el articulo 1º, mediante procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, con cargo a los recursos propios de la Institucion. Articulo Tercero.- El valor referencial total, incluido todo concepto, gastos y tributos, para la contratacion de estas empresas se ha estimado en USD 331 000.00 (Trescientos treinta y un mil con 00/100 Dolares Americanos). Articulo Cuarto.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita a la Contraloria General de la Republica, MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico-Legal que sustenta esta exoneracion, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 10592

2003, estableciendose en el Numeral 4.1.1. que se autorizaran viajes al exterior unicamente para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales o multilaterales o misiones oficiales que comprometan la presencia indispensable de funcionarios de la Superintendencia, como es el presente caso; Que, por ser de interes nacional la suscripcion del Convenio de Seguridad Social senalado, se ha considerado conveniente designar al senor MORDAZA Cusman MORDAZA, Intendente del Departamento de Control de Prestaciones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que en representacion de esta Superintendencia integre la Delegacion Peruana que participara en las referidas reuniones; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC seran cubiertos por la Superintendencia de Banca y Seguros con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 - "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2003, Nº SBS-DIR-ADM-085-03; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Cusman MORDAZA, Intendente del Departamento de Control de Prestaciones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay del 7 al 11 de junio de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ Viaticos Tarifa CORPAC 562,10 800,00 28,00

Autorizan viaje de funcionario a Uruguay a fin de participar en reuniones para eventual suscripcion de Convenio de Seguridad Social
RESOLUCION SBS Nº 855-2003
MORDAZA, 5 de junio de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 616-2003-MTPE/SG de fecha 15 de MORDAZA de 2003, el Ministerio de Trabajo y Promocion Social hace de conocimiento de esta Superintendencia que se ha confirmado la realizacion de la primera ronda de negociaciones para la eventual suscripcion del Convenio de Seguridad Social entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay, la misma que se llevara a cabo del 9 al 11 de junio de 2003 en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros integra el grupo de trabajo multisectorial que tiene a su cargo la elaboracion de la contrapropuesta peruana a ser presentada ante las autoridades del gobierno de la Republica Oriental del Uruguay; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-03, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 10613

UNIVERSIDADES
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de bienes de capital para diversas dependencias academicas de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica
UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN MORDAZA GONZAGA" DE ICA RESOLUCION RECTORAL Nº 322-R-UNICA-2003
Ica, 28 de marzo del 2003

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