Norma Legal Oficial del día 20 de Junio del año 2003 (20/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de junio de 2003

propietarios del predio involucrado, conforme consta en el testimonio de la Escritura Publica extendida el 08 de MORDAZA de 1998 ante el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso c) del articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas; y, el articulo 220º y siguientes de su Reglamento; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 097-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion en el bien de propiedad de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Piselli Balbi de MORDAZA y MORDAZA Piselli Gianelli, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica para Servicio Publico de Electricidad Nº 35192, ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 140, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, constituida por Escritura Publica extendida el 8 de MORDAZA de 1998, en los terminos y condiciones estipulados en la misma. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 11114 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 256-2003-EM/DM MORDAZA, 7 de junio de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31144403 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre la solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 35251; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica, en merito a la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, para la instalacion de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 35251, ubicada en la interseccion de la MORDAZA Buen Retiro y de la Av. MORDAZA XII, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la concesionaria ha acreditado que, en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular sobre un area de 7,60 metros cuadrados para una subestacion de distribucion, celebrada con la Compania "SAZ Asociados S.A.C.", propietaria del predio involucrado, conforme consta en el testimonio de la Escritura Publica extendida el 06 de setiembre de 2002 ante el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Su-

premo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso c) del articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas; y, el articulo 220º y siguientes de su Reglamento; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 098-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion del bien de propiedad de SAZ Asociados S.A.C., para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica para Servicio Publico de Electricidad Nº 35251, ubicada en la interseccion de la MORDAZA Buen Retiro y de la Av. MORDAZA XII, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida por Escritura Publica extendida el 6 de setiembre de 2002, en los terminos y condiciones estipulados en la misma. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 11119

INTERIOR
Autorizan a la Defensoria del Policia realizar el I MORDAZA - Taller Nacional "Derechos Humanos de la Mujer y Equidad de Genero en la Policia Nacional del Peru y el Sector Interior"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1022-2003-IN/DP MORDAZA, 17 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0026-2002IN/0101 de 11.ENE.2002, se constituyo la Comision Especial de la Mujer Policia encargada de formular el diagnostico situacional de la mujer policia; posteriormente por Resolucion Ministerial Nº 409-2002-IN de 11.MAR.2002, la Comision Consultiva de la Mujer Policia, encargada de asesorar, promover investigaciones y absolver consultas en relacion a los derechos humanos de las mujeres, la inequidad de genero y promocion de la igualdad de oportunidades de las mujeres que prestan servicio en el Sector Interior y en el MORDAZA de la revision y propuestas de modificacion de la normatividad referida a la mujer policia de la Comision de Alto Nivel para la Modernizacion de la PNP; Que, en este contexto, la Defensoria del Policia propone realizar el I MORDAZA - Taller Nacional "Derechos Humanos de la Mujer y Equidad de Genero dentro de la Policia Nacional del Peru y el Sector Interior" durante los dias 2, 3 y 4 de MORDAZA de 2003, con el proposito de sensibilizar al personal asistente en temas de Derechos Humanos de las Mujeres y Equidad de Genero, difundir,

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