Norma Legal Oficial del día 20 de Junio del año 2003 (20/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de junio de 2003

Cooperacion Popular - COOPOP, el Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, el Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia PAR y el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, que tendra la calidad de entidad incorporante; Que, la fusion establecida se sustenta en la reforma gradual del aparato estatal que preve la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y las Bases para la Estrategia de Superacion de la Pobreza, aprobadas por Decreto Supremo Nº 002-2003-PCM, teniendo por objeto optimizar el uso de los recursos humanos, materiales y financieros que tiene asignados el Sector, mejorar la calidad de la inversion social y cobertura de los servicios, y facilitar el MORDAZA de transferencia ordenada de los programas sociales a las municipalidades; Que, el articulo 2º del citado Decreto Supremo, dispone que el MIMDES constituira una Comision de Transferencia encargada de coordinar y ejecutar el MORDAZA de fusion y transferencia de los recursos, activos, acervo documentario y personal correspondientes de las entidades fusionadas, el mismo que debera culminar indefectiblemente el 31 de diciembre del presente ano; Que, en consecuencia es necesario constituir la Comision de Transferencia y las Comisiones Operativas, que llevaran a cabo el MORDAZA de fusion MORDAZA senalado, con las funciones y atribuciones necesarias para tal efecto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Decreto Supremo Nº 008-2002MIMDES que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 060-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la Comision de Transferencia encargada de coordinar y ejecutar el MORDAZA de fusion por absorcion dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0602003-PCM, la misma que estara conformada por seis (6) Miembros de la siguiente manera: - Tres (3) representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, uno de los cuales lo presidira; - Un (1) representante del Ministerio de Economia y Finanzas; - Un (1) representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, - Un (1) representante de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 2º.- Designar como representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ante la Comision de Transferencia constituida por el articulo precedente, a las personas siguientes: - MORDAZA MORDAZA Antonioli, quien la presidira; - MORDAZA MORDAZA Orbegozo; y, - MORDAZA Rubio Uriarte. Articulo 3º.- La Comision de Transferencia contara con el apoyo de Comisiones Operativas que funcionaran en la sede de cada una de las entidades objeto de fusion, con las facultades necesarias para garantizar la adecuada ejecucion del MORDAZA y la marcha administrativa de dichas entidades. Las mencionadas Comisiones Operativas estaran conformadas por tres (3) Miembros designados por Resolucion Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 11658

SALUD
Imponen a la empresa Pluspetrol Peru Corporation S.A. multa por sus vertimientos industriales y domesticos, por no contar con la respectiva autorizacion sanitaria de vertimientos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0680/2003/DIGESA/SA MORDAZA, 12 de junio del 2003 Vistos el Informe de Visita Nº 944-2003/DEEPA, el Informe Nº 1219-2003/DEEPA asi como la informacion presentada por la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas mediante Oficio Nº 1084-2003-EM/DGH sobre las empresas del Sector Hidrocarburos y sus vertimientos de efluentes liquidos, en los que se indica que la empresa PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A. viene realizando vertimientos de aguas residuales domesticas e industriales en 18 campamentos ubicados en el lote 1AB asi como en 1 campamento en el Lote 8, en el departamento de Loreto. CONSIDERANDO: Que, en el Informe de Visita Nº 944-2003/DEEPA de fecha 6 de MORDAZA de 2003, se senala que en cumplimiento de las acciones de la DIGESA como autoridad ambiental y en atencion a la denuncia de la Comunidad de Trompeteros, en el departamento de MORDAZA, sobre la contaminacion del rio Corrientes, la Direccion de Proteccion de Recursos Hidricos se constituyo en la MORDAZA de Trompeteros los dias 27, 28 y 29 de MORDAZA y 1 de MORDAZA para la toma de muestras de todos los puntos contaminados y los sistemas de tratamientos de aguas residuales y domesticas. Se comprobo que la estacion PLUSPETROL, frente a la MORDAZA de Trompeteros, tiene vertimientos en la quebrada Aeropuerto, en la quebrada Trompeterillo, en la salida de aguas de MORDAZA frente a la MORDAZA de Trompeteros y aguas de desague cuyas cargas contaminantes contienen sustancias altamente perjudiciales para la salud; Que, en el Informe Nº 1219-2003/DEEPA de fecha 6 de junio de 2003 de la Direccion Ejecutiva de Ecologia y Proteccion del Medio Ambiente, sobre la evaluacion de la infraccion y el dano generado o que pudiera generarse y que sustenta la multa a imponer, se concluye que la empresa PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A. cuenta con 38 vertimientos en el Lote 1AB, entre industriales y domesticos, que descargan a las aguas de los MORDAZA Tigre, Capahuari, Pastaza, Corrientes, Macusari y Maranon y tambien 04 vertimientos (3 industriales y 1 domestico) en el Lote 8, en la localidad de Trompeteros, sobre la quebrada Aeropuerto y el rio Corrientes, todos en el departamento de MORDAZA, y que estos cuerpos receptores definidos como clase VI (agua de consumo sin tratamiento y de preservacion de fauna acuatica y pesca recreativa) soportan descargas que no cuentan con la autorizacion sanitaria de vertimientos vigente; Que, habiendose solicitado a traves de Oficio 3722003-DIGESA/DG de fecha 23 de enero de 2003 la renovacion de las Autorizaciones de Vertimientos correspondientes al Lote 1AB y, estando a lo informado por la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas a traves del Oficio Nº 1084-2003-EM/ DG de fecha 25 de MORDAZA de 2003 sobre el MORDAZA de explotacion del Lote 8, la empresa PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A. no ha iniciado el tramite respectivo; Que, el Decreto Ley Nº 17752, Ley General de Aguas y sus Reglamentos, en concordancia con la Ley General de Salud, Ley Nº 26482, establece la prohibicion de verter residuos solidos, liquidos o gaseosos en las aguas maritimas o terrestres del MORDAZA, sin previa Autorizacion Sanitaria de Vertimientos otorgada por la Direccion General de Salud Ambiental; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 22º del Decreto Ley Nº 17752, Ley General de Aguas y los articulos 57º, 58º y 61 de su Reglamento, Decreto Supremo Nº 261-69-AP; el articulo 173º del Decreto Supremo

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