Norma Legal Oficial del día 20 de Junio del año 2003 (20/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de junio de 2003

Articulo 4º.- Disponer que la presente Resolucion Rectoral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo que se remita MORDAZA de la presente Resolucion Rectoral y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector (e) 11575 FE DE ERRATAS UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. Nº 5637-2003-UNFV Fe de Erratas de la Resolucion R. Nº 5637-2003UNFV, publicada en nuestra edicion del dia 19 de junio de 2003, en la pagina 246243. DICE: Articulo Segundo.- EXONERAR a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico para la contratacion de los servicios que se refiere el articulo precedente, hasta por el valor referencial ascendente a S/. 160,606.16 (Ciento sesenta mil seiscientos seis y 15/100 Nuevos Soles), afectandose a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. DEBE DECIR: Articulo Segundo.- EXONERAR a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de seleccion de concurso publico para la contratacion de los servicios que se refiere el articulo precedente, hasta por el valor referencial ascendente a S/. 160,606.15 (ciento sesenta mil seiscientos seis y 15/100 nuevos soles), afectandose a la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados. 11631

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL DE LA JUVENTUD
Autorizan adquisicion de equipos de informatica mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 020-P/CNJ-CONAJU-2003 MORDAZA, 17 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 010-P2003-CNJ de fecha 23 de MORDAZA del 2003, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comision Nacional de la Juventud, el cual contempla entre otros bienes la adquisicion de equipos de informatica; Que, la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, requiere contar con equipos de procesamiento automatico de datos, complemento determinante para cumplir con sus actividades, tareas, funciones y labores;

Que, a solicitud de la Comision Nacional de la Juventud, recien mediante Oficio Nº 511-2003-EF/76.14, de fecha 3 de junio del 2003, la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas opina favorablemente respecto de la modificacion presupuestaria del Grupo Generico 3: Bienes y Servicios al Grupo Generico 7: Otros Gastos de Capital, por el importe de S/. 80 000,00; toda vez, que el Presupuesto Institucional de apertura de la CNJ, solo consideraba el Grupo Generico 3; Que, segun los Informes Nºs. 004-2003-CNJ/OA y 006-2003/CNJ-OAJ de las Oficinas de Administracion y Asesoria Juridica, la Comision Nacional de la Juventud, se encuentra actualmente en implementacion administrativa, requiriendo en forma inmediata adquirir equipos de informatica, cuyo valor referencial asciende a setenta y tres mil nuevos soles (S/. 73 000,00), para el desarrollo de sus actividades, considerando dicha necesidad como inmediata, por lo que segun lo estipulado en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se produce una situacion de urgencia; Que, el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 079-2001PCM, dispone que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, en consecuencia, al producirse una situacion enmarcada en los terminos del inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, es procedente autorizar la adquisicion de equipos de informatica para el funcionamiento de la Comision Nacional de la Juventud, mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo a lo previsto en el articulo 20º de la misma MORDAZA, y segun el procedimiento que determinan los articulos 105º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, hasta la suma de setenta y tres mil nuevos soles (S/. 73 000,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, la Resolucion Suprema Nº 072-2003-PCM, contando con los informes tecnico y legal que dispone la Ley y, en uso de sus facultades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de equipos de informatica para la Comision Nacional de la Juventud, por situacion de urgencia. Articulo 2º.- Autorizar la contratacion a que se refiere el articulo precedente, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia hasta por la suma de setenta y tres mil nuevos soles (S/. 73 000,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VEGAS MORDAZA Presidenta 11576

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