Norma Legal Oficial del día 20 de Junio del año 2003 (20/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 20 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de representante de la Gerencia de Promocion, Organizacion y Gestion a Costa Rica para participar en el MORDAZA Regional "Juventud, Gobernabilidad y Democracia"
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 022-P/CNJ-CONAJU-2003 MORDAZA, 17 de junio del 2003 CONSIDERANDO

CONSUCODE
Acuerdan exigir el requerimiento de las firmas de los representantes de cada una de las partes consorciadas en los recursos de revision
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO ACUERDO N° 006/005 23 de MORDAZA de 2003

Que, la Agencia de Cooperacion Internacional de MORDAZA ha invitado a la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, a participar en el MORDAZA Regional "Juventud, Gobernabilidad y Democracia" a realizarse en la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, los dias 23,24 y 25 de junio del presente; Que, la participacion de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ en el citado evento permitira intercambiar experiencias con los demas paises de MORDAZA Latina y el Caribe en materias de juventud, democracia y gobernabilidad e identificar las debilidades, fallas y retos que se presentan en estos ambitos, asi como trabajar en la articulacion de politicas publicas de juventud mas afines con la realidad; Que, de conformidad con lo previsto por el articulo 27º del Reglamento de la Ley Nº 27802, la Gerencia de Promocion Organizacion y Gestion, cuenta entre sus funciones la promocion la elaboracion y conduccion de los lineamientos de politica orientados a la promocion de los deberes y derechos de los jovenes, asi como fortalecer los mecanismos de participacion de la juventud organizada; Que, en tal sentido resulta de interes institucional la participacion de un representante de la citada Gerencia de la Comision Nacional de la Juventud en el mencionado evento; Que, los gastos de estadia que irrogue el referido viaje seran sufragados por la Entidad que organiza el referido evento; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Gerencia de Promocion, Organizacion y Gestion de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, a la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, los dias 23,24 y 25 de junio del presente, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Presidencial, estaran a cargo del Pliego Presupuestal Nº 014 Comision Nacional de Juventud - CNJ, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$ Tarifa Corpac: US$ 650,00 28,00

El Tribunal, luego del analisis y debate correspondiente, por unanimidad; ACORDO: Que, en la MORDAZA de Recursos de Revision el requerimiento de la firma de cada una de las partes consorciadas sera exigida cuando no se MORDAZA designado o acreditado debidamente la representacion del apoderado o representante comun del Consorcio; cuando se MORDAZA designado a representantes por cada uno de los integrantes en el Consorcio, o cuando fluya de la promesa de consorcio o del poder correspondiente, una restriccion de las facultades de dicho representante comun, que no le permitan interponer recursos impugnatorios; de conformidad a lo prescrito en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE. Este acuerdo constituye criterio que sienta precedente de observancia obligatoria. SS.: MORDAZA MORDAZA BERAMENDI GALDOS CABIESES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA WENDORFF MORDAZA 11511

Acuerdan que el domicilio procesal senalado por el postor impugnante en los recursos de revision surte todos los efectos legales
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO EL DOMICILIO PROCESAL SENALADO POR EL POSTOR IMPUGNANTE EN LOS RECURSOS DE REVISION ACUERDO Nº 007/006

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida especialista debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VEGAS MORDAZA Presidenta 11577

5 de junio de 2003 El Tribunal, luego del analisis y debate correspondiente, por unanimidad, ACORDO: Que, las notificaciones practicadas por el Tribunal en el domicilio procesal en la MORDAZA de MORDAZA senalado por los administrados, en su Recurso de Revision, surten todos sus efectos legales, siendo responsabilidad de aquellos asegurarse de la certeza del mismo, presumiendose subsistente, mientras no se comunique expresamente su cambio, en aplicacion de lo dispuesto por el articulo 173º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-

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