Norma Legal Oficial del día 20 de Junio del año 2003 (20/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 20 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Otorgan amnistia tributaria a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 132-MDMM MORDAZA MORDAZA, 17 de junio del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha con dispensa del tramite de aprobacion de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala y los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, son tributos administrados por las Municipalidades Distritales conforme a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 776 y el articulo 52º del Codigo Tributario cuyo Texto Unico Ordenado fuera aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, gran numero de contribuyentes no cuentan con los recursos suficientes para afrontar sus obligaciones tributarias, por lo que se ha visto por conveniente otorgar una amnistia tributaria; Que, la amnistia tributaria beneficiara a los contribuyentes morosos, a los que se encuentran en MORDAZA de fiscalizacion, cobranza coactiva y a quienes hayan cometido infracciones tributarias relativas a la determinacion de la obligacion tributaria, segun los criterios establecidos en la presente Ordenanza; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal con MORDAZA MAYORITARIO ha dado la siguiente: ORDENANZA AMNISTIA TRIBUTARIA EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo 1º.- CONDONASE total o parcialmente la tasa de interes moratorio y las multas tributarias cuyas infracciones se encuentran tipificadas en las disposiciones del Codigo Tributario correspondientes a los anos de 1994 al 2002, respecto de los impuestos y tasas administradas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, para lo cual debera cumplirse los requisitos y condiciones establecidas en los siguientes articulos. Articulo 2º.- Otorguese los siguientes beneficios tributarios a los contribuyentes morosos y omisos: - Condonacion del 100% de la tasa de interes moratorio. - Condonacion del 100% de las multas tributarias. - Fraccionamiento de la deuda tributaria sin la aplicacion de multas tributarias y la condonacion del 80% de la tasa de intereses, hasta en tres cuotas mensuales conforme a las disposiciones del Reglamento de Fraccionamiento de la Municipalidad. Articulo 3º.- Tratandose de contribuyentes cuyas deudas se encuentren en MORDAZA de Ejecucion Coactiva se les condonara el 100% de las multas tributarias, el 90% de la tasa de interes moratorio contenida en las Resoluciones de Determinacion u Ordenes de Pago, y el 100% de los gastos y costas procesales siempre que cancelen su deuda al contado. En caso el contribuyente solicite fraccionar su deuda tributaria en tres cuotas mensuales, solo se le condona-

ra el 100% de las multas tributarias, debiendo cancelar el 50% de la tasa de interes moratorio contenida en las Resoluciones de Determinacion u Ordenes de Pago correspondientes. Articulo 4º.- Los procedimientos de ejecucion coactiva se archivaran en caso el contribuyente se acoja a la presente amnistia y cancele su deuda al contado. En caso el contribuyente fraccione su deuda tributaria se suspendera el procedimiento de ejecucion coactiva mientras cancela las cuotas del convenio de fraccionamiento. Si durante el procedimiento de ejecucion coactiva se han trabado medidas cautelares garantizando la deuda tributaria materia de ejecucion, el contribuyente no podra acogerse a la presente Amnistia Tributaria. Articulo 5º.- Para acogerse a los beneficios otorgados por la presente Ordenanza sera suficiente presentar las declaraciones juradas rectificatorias y/o cancelar la deuda tributaria, segun se trate de un contribuyente que regularice voluntariamente su obligacion tributaria o reconozca la deuda tributaria producto de un MORDAZA de fiscalizacion. Tratandose de deudores que tengan recursos de reclamacion o apelacion en tramite, podran acogerse a la presente Amnistia siempre que se desistan de la impugnacion formulada. Tratandose de contribuyentes morosos sera suficiente la cancelacion de la deuda o el fraccionamiento de la misma dentro del plazo de vigencia de la presente amnistia, segun las condiciones establecidas por la presente Ordenanza. Articulo 6º.- Los contribuyentes que hayan suscrito convenios de fraccionamiento que se encuentren vigentes podran acogerse a la presente Amnistia pagando al contado solo los insolutos pendientes. Articulo 7º.- El beneficio otorgado por la presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 8º.- El beneficio otorgado por la presente Ordenanza se encontrara vigente hasta el 1 de MORDAZA del 2003. Articulo 9º.- Facultese al MORDAZA para que prorrogue el plazo de vigencia de la presente Ordenanza hasta por un MORDAZA de 40 dias calendario. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 11642

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Convocan a concurso publico de meritos para la designacion de ejecutores coactivos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 039 San MORDAZA de Lurigancho, 14 de junio de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO; POR CUANTO; El Concejo Municipal de San MORDAZA de Lurigancho, en Sesion Ordinaria de la fecha y en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 9º numeral 32) de la Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion de actas, con el MORDAZA aprobatorio del numero legal de miembros del Concejo; ACORDO: Articulo Primero.- Convocar a Concurso Publico de Meritos para la designacion de dos (2) Ejecutores Co-

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