Norma Legal Oficial del día 27 de Junio del año 2003 (27/06/2003)


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NORMAS LEGALES
DECRETA:

MORDAZA, viernes 27 de junio de 2003

entre otros aspectos que la fundacion es una organizacion no lucrativa instituida mediante la afectacion de uno o mas bienes para la realizacion de objetivos de caracter religioso, asistencial, cultural u otros de interes social y que se constituye mediante escritura publica, por una o varias personas naturales o juridicas, indistintamente, o por testamento; Que, el articulo 5º del Decreto Ley Nº 25509 autoriza al entonces Instituto Nacional de Investigacion Agropecuaria y Agroindustrial, para que con base en las instalaciones de las respectivas estaciones experimentales, organice fundaciones con la participacion de productores agrarios y demas organizaciones y empresas que se dedican a la actividad agropecuaria y afines, facultando la celebracion, entre otros, de convenios de administracion sobre metas regionales y nacionales que debera cumplir la fundacion respecto a las estaciones experimentales a su cargo; Que, el articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902 crea al Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA como Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura, y el articulo 18º de la misma MORDAZA legal establece que el INIA reemplaza al Instituto Nacional de Investigacion Agropecuaria y Agroindustrial, en sus funciones, atribuciones y compromisos contraidos; Que, el Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA es una persona juridica de Derecho Publico Interno que requiere constituir, con la participacion de productores agrarios y demas organizaciones y empresas que se dedican a la actividad agropecuaria y afines, una fundacion cuya mision sera contribuir al desarrollo socioeconomico sostenido del medio rural y articular los logros en investigacion que obtienen las entidades publicas y privadas, nacionales o extranjeras, con los productores agrarios y agroindustriales a efectos que este trabajo sea efectivamente util y mejore de manera sostenida las condiciones de MORDAZA de los trabajadores del MORDAZA y la competitividad de los mismos; Que, los objetivos de la fundacion seran promover la investigacion y la transferencia de tecnologia agraria, la capacitacion tecnologica y empresarial del productor agrario y agroindustrial, asi como las actividades en el sector agrario que permitan innovar procesos tecnologicos para mejorar la competitividad de las empresas en los rubros de produccion y comercializacion agropecuaria y agroindustrial, fortaleciendo el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; Que, los objetivos de la fundacion referidos en el considerando precedente, se encuentran enmarcados en la Decimo MORDAZA Politica de Estado del Acuerdo Nacional suscrito el 22 de MORDAZA de 2002 por representantes de las organizaciones politicas, religiosas, de la sociedad civil y del Gobierno, constituyendo por tanto un objetivo de interes social en beneficio de la poblacion; Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales que tiene entre otras funciones registrar los bienes de propiedad estatal y autorizar, controlar y fiscalizar los actos de disposicion de la propiedad estatal, mediante Oficio Nº 8778-2002/SBN.GL del 11 de diciembre de 2002, ha emitido opinion favorable en el sentido que es procedente que el INIA constituya una fundacion y que los bienes que fueran materia de aporte patrimonial a la fundacion que se constituya, deben ser de estricta propiedad y de libre disponibilidad de este Instituto; Que, en este sentido, el articulo 886º del Codigo Civil establece que son bienes muebles, entre otros, las rentas de cualquier clase, por lo que es procedente efectuar el aporte con recursos financieros de libre disponibilidad del Instituto Nacional de Investigacion Agraria INIA; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y sus normas modificatorias, la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003 y el Decreto Ley Nº 25509; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

Articulo 1º.- Autorizacion Autorizar al Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA, a efectuar un unico aporte para constituir una fundacion para los fines establecidos en la parte considerativa del presente Decreto Supremo de Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 100,000.00), mediante la transferencia financiera en calidad de subvencion social, con cargo a los recursos directamente recaudados del Pliego 163: Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA. Dicho aporte constituira patrimonio de la fundacion. Articulo 2º.- Mision y Fines de la Fundacion La mision de la fundacion, a la que se refiere el a r t i c u l o a n t e r i o r, s e ra c o n t r i b u i r a l d e s a r r o l l o socioeconomico sostenido del medio rural y articular los logros en investigacion que obtienen las entidades publicas y privadas, nacionales o extranjeras, con los productores agrarios y agroindustriales a efectos de mejorar de manera sostenida las condiciones de MORDAZA de los trabajadores del MORDAZA y la competitividad de los mismos. La fundacion tendra como fines: a) Promover la generacion y canalizacion de recursos financieros para fortalecer la investigacion y transferencia de tecnologia agraria que permitan elevar cualitativa y cuantitativamente la produccion nacional de alimentos de manera sostenida y diversificada, aumentando la productividad, disponibilidad y acceso de la poblacion a alimentos suficientes y de calidad. b) Promover la capacitacion tecnologica y empresarial del productor agrario y agroindustrial. c) Promover las actividades en el sector agrario que permitan innovar procesos tecnologicos para mejorar la competitividad de las empresas en los rubros de produccion y comercializacion agropecuaria y agroindustrial, fortaleciendo el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Para el cumplimiento de sus fines, la Fundacion realizara sus actividades sobre la base de las Estaciones Experimentales del INIA a nivel nacional. Articulo 3º.- Caracteristicas y funciones asignadas a la Fundacion La Fundacion sera una organizacion sin fines de lucro cuyas principales caracteristicas y funciones asignadas seran las siguientes: a) Desarrollar, financiar, promover y/o ejecutar Proyectos Empresariales sobre la base de oportunidades de MORDAZA, ventajas comparativas nacionales y tecnologicas. b) Valorizar la tecnologia que genere el Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA y sus Estaciones Experimentales, asi como ponerla a disposicion de las personas naturales y juridicas, publicas y/o privadas que la requieran. c) Comercializar y asesorar en el manejo productivo de los predios de las Estaciones Experimentales y sus Anexos. Articulo 4º.- Junta de Administracion La Junta de Administracion estara conformada tanto por un representante del Ministerio de Agricultura, un representante del INIA y cinco (5) representantes del Sector Privado que seran elegidos de entre los productores agrarios y demas organizaciones y empresas que se dedican a la actividad agropecuaria y afines. Articulo 5º.- Convenios de Administracion El Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA, queda facultado a celebrar con la fundacion que se constituya, convenios de administracion, o similares, observando las formalidades establecidas en las leyes y normas reglamentarias de la materia. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Agricultura, y de Economia y Finanzas.

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